Cabildo de Fuerteventura

Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura

Becas de estudiosBecas de formación prácticaUniversitariosNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio10/04/2025 Fin25/04/2025
Finalizada

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Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura: solicitud y plazos

Descripción

El Cabildo de Fuerteventura es el organismo encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura.

Estas becas están orientadas al alumnado residente en la isla de Fuerteventura que reúne los requisitos indicados en la convocatoria entre los que se encuentran estar cursando estudios de Grado o Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior, entre otros.

Los candidatos que soliciten las becas propuestas deberán estar finalizando dichos estudios, así como estar interesados en realizar prácticas formativas en los centros y empresas que participen en la convocatoria, disfrutando así de una primera toma de contacto con el entorno laboral, a la vez que se adquieren nuevas competencias y habilidades.

Además de ello, los candidatos que resulten seleccionados y participen en las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura, recibirán una dotación económica que resultará de gran ayuda para afrontar algunos de sus gastos personales.

El Cabildo de Fuerteventura es una institución pública que cuenta con un alto grado de compromiso con la población de la isla, y que desarrolla numerosas becas de distinto carácter con el propósito de facilitar el desarrollo de estudios en distintos niveles académicos.

Si deseas consultar y conocer todos los detalles relacionados con las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura, te aconsejamos que no abandones esta web, ya que aquí te los contamos todos.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Grado
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Canarias
Provincia de origen
  • Las Palmas
Localidad
Fuerteventura
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos generales de las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura

  • No estar en posesión de un título académico de igual o superior rango o categoría al de los estudios para los que solicita beca o ayuda, siempre que se hubiese recibido beca del Cabildo de Fuerteventura para la obtención de aquel.
  • La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
  • Que la Renta de la unidad familiar y/o del solicitante (si se encuentra emancipado) no supere los límites o umbrales que se establecen en las bases reguladoras específicas de cada modalidad.
  • Los requisitos deben cumplirse al último día del mes de publicación de cada convocatoria, siempre que no se establezca de manera expresa un cómputo distinto en los requisitos específicos de cada modalidad.

Requisitos económicos

* Consultar los requisitos económicos en las bases de la convocatoria.

Requisitos académicos

* Consultar los requisitos académicos en las bases de la convocatoria.

Requisitos específicos

  • Realizar alguno de los siguientes estudios y encontrarse en la fase final de los mismos:
    • a. Universitarios presenciales, semipresenciales y a distancia adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.
    • b. Estudios de Formación Profesional en centros educativos de Fuerteventura y aquellos que deban realizarse fuera de la isla por no formar parte de la oferta educativa oficial en Fuerteventura o no haber obtenido plaza.
  • Ningún estudiante podrá beneficiarse de esta beca en más de una ocasión, aunque haya finalizado diferentes estudios.
  • Podrán ser beneficiarios de estas becas aquellas personas que, cumpliendo los requisitos y que hayan solicitado la beca el año inmediatamente anterior a la convocatoria, no hayan sido seleccionados. Para acceder a la beca no es necesario que se encuentren cursando ningún tipo de estudios en el momento de la convocatoria.
  • Esta beca se considera compatible con cualquier otra actividad económica o laboral,ello sujeto a lo establecido en la normativa en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y en el propio el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
  • No podrán solicitar la beca quienes habiendo sido beneficiarios en convocatorias anteriores hayan renunciado a la misma, con independencia del motivo.

Dotación

  • La cuantía de las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura, de la que habrá que detraer los importes correspondientes a la satisfacción del IRPF y las cuotas que correspondan al sistema de la Seguridad Social, será de:
    • Estudiantes de Grado Universitario: 2.092,50 €.
    • Estudiantes de Ciclos Formativos: 1.360,13 €.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura deberán presentarse únicamente a través de la plataforma web de solicitud y seguimiento de las Becas de estudio: becaspracticas.cabildofuer.es.
  • En cualquier caso, para el registro de la solicitud se precisa la firma electrónica de la solicitud mediante certificado o DNI electrónico.

Más información

Objeto

  • Esta convocatoria se dirige a la concesión en régimen de concurrencia competitiva de becas de formación práctica correspondientes al curso académico 2024/2025, para estudiantes residentes en la isla de Fuerteventura que realicen de los siguientes estudios y que se encuentren en la fase final de los mismos:
    • Estudios presenciales adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.
    • Estudios de formación profesional en centros educativos de Fuerteventura y aquellos que deban realizarse fuera de la isla por no formar parte de la oferta educativa oficial de la isla o no haber obtenido plaza.
  • Esta convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo Insular de Fuerteventura, aprobadas por el Pleno del Cabildo Insular en sesión ordinaria celebrada el 26 de abril de 2024, publicadas en el BOP de Las Palmas nº 82 de fecha 5 de julio de 2024.

Criterios de valoración

  • Solo se valorarán aquellas solicitudes que cumplan con todos los requisitos señalados en las bases reguladoras, así como aquellas que aporten toda la documentación exigida.
  • Si las personas solicitudes cumplen con los requisitos generales y específicos establecidos en las bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo Insular de Fuerteventura, se aplicarán los criterios de valoración establecidos en el artículo 62 de las bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo de Fuerteventura.
  • Para confeccionar la lista de los becarios seleccionados de estudios universitarios:
    • Se establecerá un porcentaje que vendrá dado por el número de créditos o asignaturas aprobadas respecto al número de créditos correspondientes al plan de estudios de cada titulación.
    • Cuando se cursen estudios con cinco o más cursos de duración, podrán ser beneficiarios de beca todos aquellos alumnos que cumplan con los requisitos y que hayan superado al menos 250 créditos del total de su plan de estudios hasta el primer cuatrimestre o semestre del año correspondiente a la convocatoria.
    • Para todos los solicitantes universitarios solo se contabilizarán las asignaturas hasta el primer cuatrimestre o semestre del curso de la convocatoria.
    • En caso de empate, los estudiantes serán ordenados en orden ascendente en función de la nota media de su expediente académico. De persistir el empate, se resolverá por antigüedad en la presentación de la solicitud para acogerse al programa.
    • Para confeccionar la lista de los becarios seleccionados de estudios de formación profesional:
      • Se tomará como referencia la nota media final de acceso a la FCT (evaluación de marzo) del curso correspondiente al año de la convocatoria.
      • En caso de empate, se resolverá por antigüedad en la presentación de la solicitud para acogerse al programa.
  • Se establecerá una lista de reserva que cubrirá cualquier baja o renuncia que se produzca. Se efectuará llamamiento a través del correo electrónico expresado en la solicitud. En caso de no responder al correo con una aceptación afirmativa en el plazo de tres horas, se entenderá que no se acepta, y se pasará a la siguiente persona de la lista.
  • En el supuesto de que no se cubra el cupo establecido para estudiantes de una modalidad (universitarios o de formación profesional), se aumentará con estudiantes de la otra.
Plazo de resolución

  • El plazo máximo de resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si por causa justificada no pudiera resolverse en este plazo, se ampliará en tres meses más el plazo de resolución. Con carácter general, transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente, se entenderá desestimada.
  • La resolución de concesión becas podrá realizarse de manera individual, parcial o total.
Enlaces de interés

https://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/bases_becas_estudio.pdf

https://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/practicas_estudiantes/2025/convocatoria_becas_practica.pdf

Documentación a adjuntar

En caso de no autorización expresa a aquellos documentos a los que pueda acceder el Cabildo de Fuerteventura según se muestre en la página web de solicitudes, deberá aportarse:

  • NI/NIE del solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar.
  • Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento de la isla de Fuerteventura donde resida el solicitante y se acredite la residencia en el mismo durante, al menos, 1 año anterior a la convocatoria, tomando como fecha final del cómputo el último día del mes en que se publica la convocatoria. En el caso en que el solicitante haya residido en dos municipios diferentes de la isla durante el último año deberá acreditarlo entregando los certificados históricos de ambos municipios.
  • El certificado deberá ser expedido por el ayuntamiento correspondiente en el plazo no superior a tres meses al inicio de presentación de solicitudes o, en el caso de ser requerida, del inicio del plazo de requerimiento y subsanación.
  • Documento original con validez académica de la matrícula del curso 2024/2025.
  • En el caso de estudiantes de formación profesional, certificado de nota media final de acceso a la FCT (evaluación de marzo).
  • En el caso de estudiantes universitarios, extracto del expediente académico donde figuren los créditos superados y su nota de todos los cursos de la carrera hasta los del primer cuatrimestre o semestre del año correspondiente a la convocatoria.

Cualquier otro documento no señalado en este apartado que el interesado considere de interés presentar en apoyo de su petición, así como los documentos que el órgano instructor considere necesarios para la resolución de las diferentes convocatorias.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura

El Cabildo de Fuerteventura es el organismo encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura" es: desde 10/04/2025 hasta 25/04/2025.

La Beca "Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior

La Beca "Becas Formación Práctica - Cabildo Fuerteventura" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica