Becas Santander Excelencia 360
INSCRIPCIONES
Becas Santander Excelencia 360: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Santander Excelencia 360 están diseñadas para reconocer el mérito académico y la formación integral de los estudiantes universitarios. Este programa busca premiar a aquellos estudiantes con un rendimiento excepcional durante su curso en universidades españolas asociadas con Santander. El objetivo es incentivar la excelencia en la vida universitaria y apoyar el desarrollo académico de los beneficiarios.
Los destinatarios de las Becas Santander Excelencia 360 serán los estudiantes que estén matriculados en un grado de una universidad asociada a este programa, y que tengan un expediente académico excelente.
La elección se basa en criterios como la excelencia académica y otros factores relevantes, como la superación de situaciones adversas o la discapacidad acreditada. Las universidades pueden aplicar otros criterios internos según sus políticas.
La inscripción en el programa se realiza a través de la Plataforma de Santander. Una vez seleccionados los beneficiarios, las universidades abonan la beca directamente en la cuenta bancaria del estudiante. En la presente convocatoria se ofrecerán un total de 77 becas entre las distintas universidades, con una cuantía por beca de 12.000 euros.
Si te interesa conocer todos los datos sobre las Becas Santander Excelencia 360, aquí te facilitamos toda la información que necesitas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 77
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Destinatarios de las Becas Santander Excelencia 360:
Tendrán la condición de candidatos y, por tanto, podrán optar a ser beneficiarios de este programa los estudiantes universitarios matriculados en un grado en una universidad, con expediente académico excelente y que hayan participado significativamente en la vida universitaria de la institución [en adelante, el/los “Candidato/s”). A estos efectos se considerará como expediente académico excelente aquél en el que la nota media del estudiante sea igual o superior a 8,5 sobre 10.
A tal efecto, la universidad podrá tener en cuenta aportaciones significativas a nivel social, cultural o deportivo y/o haber participado en programas tales como:
- realización de prácticas en empresas (según el número de horas de prácticas realizadas en empresas)
- desarrollo de habilidades profesionales y/o emprendedoras (en función del número de horas dedicadas a formación complementaria)
- proyección internacional del curriculum vítae (se considera el conocimiento de idiomas y la participación en programas de intercambio)
- implicación y preocupación social, colaboración con ONG, tutor asesor de estudiantes o delegado de estudiantes
Adicionalmente, las universidades podrán tener en cuenta otros criterios de superación personal derivados de situaciones adversas sobrevenidas o relacionadas con discapacidad acreditada superior al 33% o necesidades educativas especiales debidamente acreditadas.
No podrán optar a esta beca aquellos estudiantes que hayan sido beneficiarios de la misma en ediciones anteriores del programa.
La universidad se responsabilizará de la verificación del cumplimiento de los requisitos que deban cumplir los estudiantes a partir de los datos de carácter personal del solicitante de la beca de los que se dispone en las bases de datos de la propia universidad.
En el supuesto de que la universidad tuviera que recabar datos de carácter personal especialmente sensibles de los candidatos, incluyendo cualquier certificado o documentación que estime la universidad como necesarios, lo hará de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal vigente en cada momento.
La universidad no facilitará en ningún caso datos de carácter personal sensibles de los candidatos a Santander ni a ninguna de sus filiales.
Dotación
A la presente convocatoria 2026 se destinará hasta un importe máximo total de NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL EUROS (924.000€), distribuido en 77 Becas Santander Excelencia 360 de 12.000 euros, una beca por cada universidad, de conformidad con lo dispuesto a continuación.
Esta aportación se financiará con cargo a los convenios generales de colaboración firmados entre Santander o Fundación Banco Santander y cada una de las universidades que se encuentren en vigor en la fecha de publicación del programa. El referido importe tiene la naturaleza prevista en el art. 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos fiscales de mecenazgo y habrá de ser destinado íntegramente a este programa.
En virtud de la normativa aplicable, las universidades están obligadas a difundir la participación de Santander en este programa de conformidad con lo dispuesto en el apartado “Difusión y publicidad”, todo ello en virtud de su adhesión al programa a través de la plataforma, que tendrá el valor de acuerdo de colaboración entre las universidades y Santander.
En todo caso, el importe unitario de la beca que recibirá cada uno de los estudiantes será el mismo en todas las universidades, que por el mero hecho de participar asumen este compromiso de forma expresa.
La percepción de la beca objeto del programa será compatible con la de otro tipo de ayudas de carácter asistencial de naturaleza igual o distinta a las becas que son objeto de este programa, cualquiera que sea su origen (público o privado), a las que pueda acceder el estudiante que realice la práctica al amparo del mismo.
Presentación
Inscripción a las Becas Santander Excelencia 360:
Será condición ineludible para ser beneficiario de las becas estar inscrito en el programa a través de la Plataforma, preferiblemente con el correo electrónico universitario de cada candidato. La notificación de la concesión de la beca será a través del sistema de gestión habilitado a las universidades en dicha Plataforma.
La inscripción de los estudiantes deberá realizarse entre el 3 de febrero de 2026 y el 7 de mayo de 2026.
La universidad podrá establecer requisitos adicionales y seguir los procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realicen para el desarrollo y ejecución del programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de becas, siempre que los mismos no contravengan lo establecido en los presentes términos y condiciones generales.
A la finalización del programa, se podrá organizar un evento para la presentación de resultados del mismo, coordinado por Santander, en calidad de empresa impulsora del programa, quien podrá ponerse en contacto con los beneficiarios del programa a través de cualquier medio, incluida la vía electrónica, para su organización.
Más información
Objetivos
En virtud del programa se promoverá el mérito académico y la participación activa en la vida universitaria de los estudiantes matriculados en un grado en las universidades españolas que tengan convenio con Santander o con Fundación Banco Santander (en adelante, la/s "Universidad/es”).
En concreto, se promoverá que hasta un máximo de 77 estudiantes universitarios reciban una ayuda económica en reconocimiento a su excelencia académica y a su formación integral durante el curso en el que esté matriculado en el momento de la adjudicación de las ayudas (en adelante, la/s "Beca/s”).
Universidades participantes
Santander hará extensiva la participación en el programa a las universidades, con arreglo al cupo de becas asignadas a cada una de ellas por Santander.
La participación queda supeditada a la aceptación expresa de las bases legales por parte de cada una de las universidades para su adhesión, lo que implicará su toma de razón, conocimiento y aceptación de los presentes términos y condiciones generales del programa, lo cual tendrá la consideración de acuerdo de colaboración entre las universidades y Santander, todo ello a través de la herramienta de Santander en la página web www.santanderopenacademy.com (en adelante, la “Plataforma”).
Corresponde a cada una de las universidades la gestión, resolución y adjudicación de las becas que les sean asignadas, respetando en todo caso los términos y condiciones recogidos en el presente documento y siendo responsables de coordinar y gestionar los procedimientos internos para su adecuado funcionamiento.
El proceso de inscripción en el programa, la gestión de candidaturas y la selección de los participantes beneficiarios se llevará a cabo a través de la Plataforma.
Asignación de Becas entre los Candidatos
Serán las universidades quienes determinen la lista de candidatos a quienes se les asignan las becas (los “Beneficiarios”). En todo caso, las universidades seleccionarán a los beneficiarios atendiendo a su excelencia académica y a su formación integral de acuerdo con lo previsto en el apartado IV anterior. Este requisito podrá ser ponderado en cada universidad según el área de conocimiento u otros elementos internos a decidir por la misma. Adicionalmente, las universidades podrán tener en cuenta otros criterios de superación personal derivados de situaciones adversas sobrevenidas o relacionadas con discapacidad acreditada superior al 33% o necesidades educativas especiales debidamente acreditadas.
No obstante lo anterior, las universidades, además del criterio previsto en el apartado anterior de la presente cláusula, podrán tener en cuenta otros criterios que consideren oportunos para la asignación de las becas, siempre y cuando no afecten al criterio establecido en la presente convocatoria, siendo su responsabilidad determinar y verificar el efectivo cumplimiento de los mismos, así como seguir los procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realicen para el desarrollo y ejecución del programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de becas.
El plazo de asignación de las becas por parte de las universidades terminará el 16 de junio de 2026. Tal asignación se comunicará a los beneficiarios, quienes dispondrán de 7 días naturales para cursar su aceptación, todo ello a través de la Plataforma.
Las universidades abonarán el importe de la beca mediante ingreso en una cuenta abierta a nombre del beneficiario. Con el fin de promover la inclusión financiera, Banco Santander incorpora en su oferta comercial una cuenta corriente gratuita, de cuyas condiciones se informaría, tras la inscripción en el programa, a aquellos beneficiarios que así lo hubieran consentido en la Plataforma.
El 31 de diciembre de 2026 (en adelante, el “Plazo”) se dará por cerrado el programa.
Al término del Plazo, las universidades deberán haber asignado todas las becas, habiendo recurrido al procedimiento de reasignación a otros estudiantes mencionado anteriormente para asegurar que no queden plazas desiertas.
Las fechas previstas en la presente cláusula podrán ser modificadas en sede de las correspondientes bases legales a criterio de Santander y serán, en todo caso, publicadas en la Plataforma.
Difusión y publicidad
Las universidades se comprometen a asegurar una adecuada difusión y promoción del programa en sus respectivas comunidades universitarias identificando en todo caso y de forma clara la Plataforma.
Las universidades harán mención expresa, adicionalmente, a la denominación “Becas Santander | Excelencia 3600-2026" e incluirán el logotipo de Santander en la documentación y soportes que elaboren en relación con el programa.
Enlaces de interés
https://assets.santanderopenacademy.com/uploaded/programs/82c4ce42-1083-4a40-bd40-faae1f84fba6




