Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid
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Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid se convocan para ofrecer una ayuda económica destinada a la adquisición de material escolar, a las familias con menores escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria obligatoria del municipio de Valladolid. Gracias a estas becas se facilita el ejercicio del derecho a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales.
Podrán solicitar las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid los alumnos que cursen los niveles educativos indicados y que estén empadronados en el municipio de Valladolid a la fecha de presentación de solicitudes. Deberán cumplir con los requisitos indicados y además la familia no podrá superar el nivel de ingresos económicos establecidos, de esta forma las becas se ofrecerán a las familias más necesitadas.
Los gastos subvencionables serán: material escolar consumible o de fácil deterioro por su uso y material escolar complementario o de apoyo. No se considerarás subvencionables los dispositivos electrónicos ni prendas de vestir o calzado.
Las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid pueden ser de tu interés si tienes menores escolarizados en uno de los niveles educativos mencionados y cumples los requisitos. Aquí encontrarás la información que necesitas si deseas solicitar estas ayudas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1085
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla y León
- Provincia de origen
- Valladolid
- Localidad
- Valladolid
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid, los menores cuyas familias reúnan, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de becas, los siguientes requisitos:
- Haber presentado la solicitud de beca que se adjunta en el Anexo I, acompañada de la documentación exigida en las bases, en los términos, plazos y lugares señalados en el punto G de estas bases.
- Haber asistido habitualmente a clase durante todo el curso escolar precedente y asistir habitualmente a las clases durante el curso escolar para el que se concede la beca. A tal efecto, la solicitud incluye declaración responsable.
- Los ingresos de la unidad familiar no deben superar 1,75 veces el IPREM, para unidades familiares de tres miembros, incrementándose en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primero, 10% por el segundo y el tercero y 0,5% en los siguientes). Se restará un miembro en los casos de familias monoparentales o familias con algún miembro con discapacidad igual o superior al 33% (ambas circunstancias deberán documentarse). Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
- a. Se sumará la base imponible general (casilla 435) con la base imponible del ahorro (casilla 460).
- b. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación (casilla 595).
- Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el ejercicio 2025, se seguirá el procedimiento descrito en el apartado a) del párrafo anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados
Dotación
- La convocatoria de las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid tiene por objeto dotar una prestación económica para la adquisición de material escolar, con el fin de mejorar las necesidades socioeconómicas desfavorables de sus beneficiarios y tiene un marcado interés social, pues pretende facilitar el ejercicio del derecho a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales e impulsar unos mejores servicios educativos para toda la sociedad.
- Las ayudas tendrán un importe máximo de 60 euros por alumno, y se establecen ayudas para un máximo de 1.085 alumnos.
- La ayuda estará limitada a 240 euros por familia.
- En el caso de que la solicitud de ayuda venga de una casa de acogida familiar no habrá límite en el número de ayudas que en su caso puedan ser concedidas.
- Las ayudas se abonarán a las familias una vez se haya comprobado que reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria, previa resolución definitiva, mediante transferencia a la cuenta corriente que figure en la documentación aportada (punto H). El importe transferido será de 60 euros por alumno.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid habrá que presentarlas debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en el registro telemático de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid, sin necesidad de desplazarse a las dependencias del Ayuntamiento. Este registro telemático, está integrado con el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid, por lo que la tramitación posterior será idéntica a la tramitación de registros realizados deforma presencial.
- La presentación de la solicitud, recogida en el Anexo I de estas Bases, en el registro telemático realizada en fecha no hábil, se considerará presentada el siguiente día hábil a efectos de cómputo de plazos.
- Para aquellos solicitantes que no puedan presentar sus solicitudes de forma telemática, deberán presentar la solicitud de forma presencial en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, formalizándose en el modelo oficial (Anexo I), que se adjunta en estas bases; si a la fecha de publicación de estas Bases el registro presencial no estuviera abierto al público en general habrá de solicitarse cita previa.
- Las solicitudes serán firmadas por el solicitante, el cual manifiesta conocer y asumir que cualquier decisión que exceda a las relativas al ejercicio de la patria potestad ordinaria ha de ser tomada de común acuerdo por ambos progenitores, o por el progenitor único si es familia monoparental.
- La persona que figure como solicitante deberá ser el titular de la cuenta bancaria donde se desea que se ingrese la beca.
Se presentará una solicitud por familia, en la que se hará constar los datos de todos los alumnos que integran la unidad familiar con derecho a ayuda y para los que se solicita la misma. En caso de presentar más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada en el tiempo, dentro del plazo previsto en el apartado tercero de esta base.
Más información
Objeto y finalidad
- Esta convocatoria tiene por objeto dotar una prestación económica para la adquisición de material escolar a familias en situación de vulnerabilidad. La finalidad de la misma es asegurar el mejor acceso posible al ejercicio del derecho a la educación en igualdad de oportunidades para todos los menores compensando las desigualdades.
Criterios de concesión de becas
- Los beneficiarios de la beca para material escolar deberán reunir todos los requisitos exigidos en el apartado F de las presentes Bases, y aportar la documentación indicada en el apartado H de estas.
- Estando limitado el presupuesto de la convocatoria a 65.100 €, si el número de solicitudes de ayuda que cumplan todos los requisitos y hayan aportado la documentación exigida fuera superior, se clasificarán por el orden de concesión que se determinará de acuerdo al resultado del sorteo público que se realizará el día 18 de junio de 2026 a las 9,00 h en el despacho 49 del Servicio de Educación, sito en plaza San Benito s/n, de Valladolid.
- El sorteo público se realizará mediante la generación, por software, de un número que se corresponderá con un día del periodo de presentación de solicitudes, esto es, entre el 20 y el 31 de mayo o entre el 1 y el 16 de junio, ambos inclusive, que indicarán la fecha de solicitud del expediente por el que se comenzará el listado de concedidos, en orden creciente y hasta agotar crédito presupuestario.
- Recibidas y verificadas todas las solicitudes presentadas por el Servicio de Educación, se publicará en el BOP y en la página web del Ayuntamiento de Valladolid, propuesta de resolución de concesión provisional.
Enlaces de interés
https://www.valladolid.es/es/actualidad/noticias/beca-material-escolar-curso-2026-2027.ficheros/1183824-08%20BASES%20BECAS%20MATERIAL%20ESCOLAR.pdf
Documentación a adjuntar
Junto con el modelo oficial de solicitud de ayuda, Anexo I, deberá presentarse original o copia auténtica de la siguiente documentación:
- DNI o documento acreditativo de la identidad del solicitante y en su caso del cónyuge o pareja de hecho en el momento de la solicitud.
- Libro de Familia completo de la unidad familiar en el que figuren los menores beneficiarios de la ayuda o en su caso documentación que lo sustituya (registro digital o partida de nacimiento).
- En caso de separación o divorcio de los progenitores de los menores beneficiario, declaración responsable del Anexo II (relativo a los ingresos del solicitante en concepto de pensión o pensiones alimenticias y/ compensatorias).
- En el caso de familias con algún miembro con discapacidad igual o superior al 33%, documentación que lo acredite.
- Certificado del número de cuenta bancaria que permita acreditar la auténtica titularidad de la cuenta corriente y en que conste como titular el solicitante de la beca, en los términos establecidos en las presentes bases.
- En el caso de que haya habido oposición expresa, del solicitante y/o cónyuge o pareja de hecho, justificantes de ingresos de los miembros de la Unidad Familiar por alguno de los siguientes medios:
- a. Declaración de la Renta de las Personas Físicas del Ejercicio 2025.
- b. En el caso de no estar obligado a presentar Declaración de la Renta de las Personas Físicas en el ejercicio 2025, certificado de retenciones o datos fiscales de dicho ejercicio, que permita determinar la renta en los términos establecidos en el punto F, apartado 3.3 de las presentes bases.
- c. Para quien no se encuentre en las situaciones precedentes, declaración responsable, en los términos establecidos en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de no haber percibido ingreso alguno durante el ejercicio 2025.
- Otra documentación que se considere necesaria para conocer las circunstancias y situación personal y socio-económica de la unidad familiar, que determine la concesión o denegación de la prestación.






