Ayuntamiento de Valladolid

Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

10/06/202428/06/2024
Finalizada

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Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid se convocan para ofrecer una ayuda económica destinada a la adquisición de material escolar, a las familias con menores escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria obligatoria del municipio de Valladolid. Gracias a estas becas se facilita el ejercicio del derecho a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales.

Podrán solicitar las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid los alumnos que cursen los niveles educativos indicados y que estén empadronados en el municipio de Valladolid a la fecha de presentación de solicitudes. Deberán cumplir con los requisitos indicados y además la familia no podrá superar los 21.000 euros brutos anuales, de esta forma las becas se ofrecerán a las familias más necesitadas.

Los gastos subvencionables serán: material escolar consumible o de fácil deterioro por su uso y  material escolar complementario o de apoyo. No se considerarás subvencionables los dispositivos electrónicos ni prendas de vestir o calzado.

Las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid pueden ser de tu interés si tienes menores escolarizados en uno de los niveles educativos mencionados y cumples los requisitos. Aquí encontrarás la información que necesitas si deseas solicitar estas ayudas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla y León
Provincia de origen
  • Valladolid
Localidad
Valladolid
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios de las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid

Podrán acogerse a estas subvenciones, en las condiciones establecidas en las presentes bases, todos los alumnos que cursen los estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria durante el curso 2024/2025 en centros sostenidos con fondos públicos y estén ubicados en el municipio de Valladolid, cumplan los requisitos exigidos en estas bases y hayan presentado solicitud de ayuda al amparo de las mismas. En todo caso, tanto los solicitantes, como los alumnos beneficiarios deberán estar empadronados en el municipio de Valladolid a fecha de presentación de la solicitud y durante todo el curso escolar.

Requisitos

Se concederán las ayudas reguladas en estas bases a los alumnos cuyas familias reúnan, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de ayudas, los siguientes requisitos:

  1. Haber presentado la solicitud de ayuda que se adjunta en el Anexo I, acompañada de la documentación exigida en las bases, en los términos, plazos y lugares señalados en el punto G de estas bases.
  2. Haber asistido habitualmente a clase durante todo el curso escolar precedente y asistir habitualmente a las clases durante el curso escolar para el que se concede la beca. A tal efecto, la solicitud incluye la declaración responsable de que asiste con regularidad a clase.
  3. Los ingresos de la unidad familiar no deben superar los 21.000,00 € anuales (2,5 veces el IPREM de 2024) para familias de hasta cuatro miembros o familias monoparentales de hasta tres, incrementándose esta cantidad para familias de cinco o más miembros en 3.360,00€ por cada miembro superior a cuatro o superior a tres en el caso de familias monoparentales. Se entenderá por familia monoparental la constituida por un solo adulto, que sea el único sustentador de la familia, que conviva con uno o más hijos menores de 25 años (o mayores de 25 con discapacidad) o con uno o más menores en régimen de acogimiento familiar permanente o de guarda con fines de adopción a su cargo. El límite de rentas se fija en 21.000 euros anuales, obtenidos tras realizar las deducciones correspondientes sobre las retribuciones brutas en la Declaración de la renta de las personas físicas del año 2023, siguiendo la fórmula que se detalla en la base 3.2.
    1. La renta familiar, a los efectos de esta convocatoria, se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2023 de cada uno de los miembros computables de la familia, que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de esta ayuda, son miembros computables de la familia ambos progenitores y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor. En el caso de divorcio o separación legal de los progenitores se considerará computable la renta del solicitante (madre, padre o tutor legal), así como la cuantía percibida como pensión alimenticia y/o compensatoria establecida por el convenio regulador incluido en la sentencia de separación.
    2. Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
      • a. Se sumará la base imponible general (casilla 435) con la base imponible del ahorro (casilla 460).
      • b. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación (casilla 595).
    3. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo a) del apartado anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
  4. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (art. 14.e de la Ley 38/2003 General de Subvenciones) así como de no tener deuda en vía ejecutiva con el Ayuntamiento de Valladolid y del cumplimiento de los demás requisitos impuestos por el art.13 de la citada ley. Quedarán excluidos de este procedimiento de concesión de becas los solicitantes que no cumplan estas obligaciones.

Dotación

  • Esta convocatoria tiene por objeto dotar una prestación económica para la adquisición de material escolar, con el fin de mejorar las necesidades socioeconómicas desfavorables de sus beneficiarios y tiene un marcado interés social, pues pretende facilitar el ejercicio del derecho a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales e impulsar unos mejores servicios educativos para toda la sociedad.
  • Las ayudas tendrán un importe máximo de 60 euros por alumno, y se establecen ayudas para un máximo de 1.000 alumnos.
  • La ayuda estará limitada a 240 euros por familia.
  • En el caso de que la solicitud de ayuda venga de una casa de acogida familiar no habrá límite en el número de ayudas que en su caso puedan ser concedidas.
  • Las ayudas se abonarán a las familias una vez se haya comprobado que reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria, previa resolución definitiva, mediante transferencia a la cuenta corriente que figure en la documentación aportada (punto H). El importe transferido será de 60 euros por alumno.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid habrá que presentarlas debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en el registro telemático de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid, sin necesidad de desplazarse a las dependencias del Ayuntamiento. Este registro telemático, está integrado con el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid, por lo que la tramitación posterior será idéntica a la tramitación de registros realizados deforma presencial.
  • La presentación de la solicitud, recogida en el Anexo I de estas Bases, en el registro telemático realizada en fecha no hábil, se considerará presentada el siguiente día hábil a efectos de cómputo de plazos.
  • Para aquellos solicitantes que no puedan presentar sus solicitudes de forma telemática, deberán presentar la solicitud de forma presencial en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, formalizándose en el modelo oficial (Anexo I), que se adjunta en estas bases; si a la fecha de publicación de estas Bases el registro presencial no estuviera abierto al público en general habrá de solicitarse cita previa.
  • Las solicitudes serán firmadas por el solicitante y por el otro miembro computable de la familia, en los términos establecidos en estas bases, esto es, por ambos progenitores y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.
  • En los supuestos de separación o divorcio de los progenitores, las solicitudes serán firmadas únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor, salvo en los casos en que el nuevo cónyuge, pareja registrada o no, o persona unida por análoga relación tenga la consideración de miembro computable, en los términos establecidos en el punto F, apartado 3.1, de las presentes bases.
  • La persona que figure como solicitante deberá ser el titular de la cuenta bancaria donde se desea que se ingrese la ayuda.
  • Se presentará una solicitud por familia, en la que se hará constar los datos de todos los alumnos que integran la unidad familiar con derecho a ayuda y para los que se solicita la misma. En caso de presentar más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada en el tiempo, dentro del plazo previsto en el apartado tercero de esta base.
  • El plazo de presentación de solicitudes será del 10 al 28 de junio de 2024, ambos inclusive.  La convocatoria se publicará además en la web municipal. La información y consultas podrán plantearse en el Servicio de Educación (Monasterio de San Benito, C/ San Benito nº 1, 2ª planta, oficina 49, 47003, Valladolid. Teléfono 983426465), o mediante correo electrónico a la siguiente dirección: se@ava.es
  • La presentación de la solicitud conllevará, salvo oposición expresa, el consentimiento de los firmantes para que el Ayuntamiento de Valladolid pueda recabar, de forma directa, a través de certificados telemáticos, la acreditación de que el mismo se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como sus datos tributarios a efectos de renta.
  • En el caso de oposición expresa, se deberán aportar las correspondientes certificaciones antes de dictarse propuesta de resolución en los términos previstos en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Más información

Criterios de valoración de las solicitudes

  • Los beneficiarios de la beca para material escolar deberán reunir todos los requisitos exigidos en el apartado F de las presentes Bases, y aportar la documentación indicada en el apartado H de estas.
  • Estando limitado el presupuesto de la convocatoria a 60.000 €, si el número de solicitudes de ayuda que cumplan todos los requisitos y hayan aportado la documentación exigida fuera superior, se clasificarán por orden de presentación. La convocatoria se resolverá teniendo en cuenta la fecha y horade presentación de la solicitud en el registro general del Ayuntamiento o en el del registro público que se hubiera elegido conforme se establece en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, teniendo prioridad las primeras en el tiempo, hasta agotar el crédito presupuestario.

Justificación de las ayudas

  • Conforme a lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, en este caso familias con menos recursos económicos, no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse para verificar su existencia.
  • A tal efecto, las becas concedidas al amparo de esta convocatoria se entenderán justificadas con la presentación de la documentación necesaria para su tramitación en los términos establecidos en esta convocatoria.
  • No será necesario la presentación de facturas que acredite el destino de la ayuda recibida; no obstante, este Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar controles posteriores a la concesión de las becas, sobre el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta convocatoria, que podrán suponer el inicio de expedientes de reintegro en el supuesto de detectarse incumplimientos de esas obligaciones.

Enlaces de interés

https://www.valladolid.es/es/ciudad/educacion/utilidad/servicios/beca-material-escolar-curso-2024-2025.ficheros/987046-CONVOCATORIA%20Y%20BASES.pdf

Documentación a adjuntar

Junto con el modelo oficial de solicitud de ayuda, Anexo I, deberá presentarse original o copia auténtica de la siguiente documentación:

  • DNI de los firmantes de la misma a los que se refiere el apartado 2 del punto G de las presentes bases.
  • Libro de Familia completo de la unidad familiar o en su caso documentación que lo sustituya (registro digital).
  • Certificado del número de cuenta bancaria, o bien cartilla bancaria, extracto bancario o recibo domiciliado del último mes, que permitan acreditar la auténtica titularidad de la cuenta corriente y en que conste como titular el solicitante de la ayuda escolar, en los términos establecidos en las presentes bases.
  • En el supuesto de que los progenitores se encuentren separados por sentencia judicial firme, declaración responsable según modelo Anexo II.
  • En el caso de que haya habido oposición expresa, justificantes de ingresos de los miembros de la Unidad Familiar por alguno de los siguientes medios:
    • a. Declaración de la Renta de las Personas Físicas del Ejercicio 2023.
    • b. En el caso de no estar obligado a presentar Declaración de la Renta de las Personas Físicas en el ejercicio 2023, certificado de retenciones o datos fiscales de dicho ejercicio, que permita determinar la renta en los términos establecidos en el punto F, apartado 3.3 de las presentes bases.
    • c. Para quien no se encuentre en las situaciones precedentes,declaración responsable, en los términos establecidos en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de no haber percibido ingreso alguno durante el ejercicio 2023.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid

Las Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid se convocan para ofrecer una ayuda económica destinada a la adquisición de material escolar, a las familias con menores escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria obligatoria del municipio de Valladolid. Gracias a estas becas se facilita el ejercicio del derecho a la educación para toda la población en igualdad de condiciones, y a superar las desigualdades sociales.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid" es: desde 10/06/2024 hasta 28/06/2024.

La Beca "Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Material - Ayuntamiento de Valladolid" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes