Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija
INSCRIPCIONES
Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija están dirigidas a las familias de alumnos matriculados en el CEIP Virgen del Amparo de Torija durante el curso 2026/2027. Estas ayudas tienen como finalidad facilitar el acceso al material curricular necesario para estudiantes de 2.º ciclo de Educación Infantil y de 1.º y 2.º curso de Educación Primaria.
Estas becas contemplan la concesión del material curricular necesario para los alumnos que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. Entre las condiciones se encuentra que toda la unidad familiar esté empadronada en Torija y que el menor esté matriculado en el centro educativo correspondiente. Además, las familias deberán estar al corriente de sus obligaciones con las administraciones públicas y no percibir otras ayudas con la misma finalidad.
La solicitud debe presentarse dentro de los plazos establecidos, bien en el registro del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica, acompañada de la documentación requerida. Para alumnos admitidos durante el periodo extraordinario se contempla un plazo específico hasta el 30 de septiembre de 2026.
Las Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija permiten a las familias beneficiarias recibir el material curricular directamente a través del CEIP Virgen del Amparo al comienzo del curso. Una ayuda municipal pensada para apoyar la escolarización y facilitar a las familias el acceso al material educativo necesario.
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Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla La Mancha
- Provincia de origen
- Guadalajara
- Localidad
- Torija
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los/las solicitantes de las Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija deberán reunir los siguientes requisitos:
- 1. Estar empadronada toda la unidad familiar en Torija a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, o en el momento de la matriculación del menor, para aquellos alumnos que sean admitidos en el CEIP Virgen del Amparo de Torija en la convocatoria extraordinaria.
- 2. Estar matriculado/a en el CEIP Virgen del Amparo de Torija en el curso 2026/2027.
- 3. No percibir ayudas con la misma finalidad. Los solicitantes deben estar al corriente de pago de las obligaciones con el Ayuntamiento de Torija, la Administración Estatal, Autonómica y la TGSS antes de la resolución definitiva de la presente convocatoria, considerando a estos efectos cualquier deuda derivada de ingresos de derecho público, salvo que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
- 5. No podrán obtener la condición de beneficiario/a de las subvenciones reguladas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
- Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
- No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
- Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta u otras leyes que así lo establezcan.
Dotación
El objeto de la convocatoria de Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija es regular la concesión del material curricular necesario a las familias de los niños/as menores matriculados en el colegio público Virgen del Amparo de Torija para el curso 2026/2027, en 2º ciclo de educación infantil, y 1º y 2º curso de educación primaria.
Presentación
Solicitudes de las Becas Ayudas Banco Libros Municipal Ayuntamiento Torija:
Se ajustarán al modelo oficial según el Anexo I y deberán ser cumplimentadas en letras mayúsculas de forma clara y legible. Estará firmada por ambos tutores o quien esté al cargo de la guarda y custodia del menor. Se aportará junto al Anexo I la documentación especificada en mismo, el Anexo II firmado por ambos tutores.
Podrá solicitarse la beca para dos o más hermanos/as cumplimentándose una única solicitud. Anexar tantos Anexo I como fueran necesarios. Entre los datos que se requieren a la familia, se incluyen el número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico para en su caso poder realizar comunicaciones, en el caso de que se considerara oportuno para la tramitación de la beca. Su inclusión en la solicitud supone la autorización expresa, a efectos de la Ley de Protección de datos, para la remisión por parte del Ayuntamiento de Torija de dichos mensajes y avisos.
Todos los solicitantes con la presentación de la solicitud aceptan:
- Que la dirección del CEIP Virgen del Amparo de Torija, faciliten al Ayuntamiento de Torija los datos necesarios de las familias solicitantes, con el fin de establecer el grupo de adscripción de cuota de cada potencial beneficiario/a.
- Que se crucen los datos de la solicitud con el padrón municipal y la gestión tributaria municipal, a los efectos de conocer si el solicitante y los potenciales beneficiarios están empadronados en el municipio de Torija y se encuentran al corriente de pago de los tributos locales.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
Para los alumnos/as matriculados se establece con carácter general un plazo ordinario de entrega de solicitudes desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Guadalajara al 30 de junio de 2026, ambos inclusive.
Se abrirá un plazo extraordinario de entrega de solicitudes de hasta el 30 de septiembre de 2026 para aquéllos alumnos que sean admitidos en el CEIP Virgen del Amparo de Torija en período extraordinario.
Las solicitudes deberán de entregarse debidamente cumplimentadas en el registro del Ayuntamiento o en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torija [https://torija.sedelectronica.es/](https://torija.sedelectronica.es/) adjuntando a la solicitud toda la documentación referida en esta convocatoria en formato PDF.
Más información
Procedimiento de concesión de las subvenciones y subsanaciones
1. Entregada cada solicitud se procederá a su valoración procediéndose del siguiente modo:
- Cumplimentadas las solicitudes y emitidos los informes preceptivos se dictará Resolución Provisional, que será notificada mediante edicto en el tablón de anuncios de la sede electrónica de Torija, según lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/3015, disponiendo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación para posibles reclamaciones.
- Pasado este plazo se dictará Resolución de Alcaldía Definitiva, que será notificada a los interesados, mediante edicto publicado en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torija, según lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- La Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece un plazo máximo para la resolución del expediente de 6 meses desde la publicación de las bases de la convocatoria.
- Contra la Resolución de concesión y denegación de las becas podrá interponerse, en el plazo de un mes a partir de la notificación de la Resolución definitiva, recurso potestativo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torija en los términos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, ambos plazos a contar desde el día siguiente a su aprobación en el Pleno Municipal, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportuno.
Material curricular concedido
El indicado en el artículo 1 de la presente convocatoria.
Entrega de material curricular
Resuelta la convocatoria, el Ayuntamiento de Torija entregará el material curricular por alumno al CEIP Virgen del Amparo de Torija al comienzo del curso para entregarlo a los correspondientes alumnos.
Alteración de las condiciones de concesión
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca (incluidas las ayudas de otras administraciones al alumno con la misma finalidad) deberá ser inmediatamente comunicada al Ayuntamiento de Torija, y podrá dar lugar a la modificación (incremento, reducción o supresión) de la concesión otorgada.
Control y justificación de las ayudas
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las becas y ayudas a la escolarización no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que el solicitante reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria.
El régimen regulador de los posibles reintegros, sanciones y responsabilidades aplicable a los perceptores de las ayudas será el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Torija
Régimen de infracciones y sanciones
En materia de infracciones y sanciones administrativas, se estará a lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.






