Ayuntamiento de Fuenlabrada

Becas Fuen English

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INSCRIPCIONES

Inicio06/02/2026 Fin12/03/2026
Abierta

Becas Fuen English: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Fuen English que convoca el Ayuntamiento de Fuenlabrada están destinadas a facilitar a los estudiantes empadronados y con residencia en este municipio, el desarrollo de estudios de inglés en el extranjero.

Las Becas Fuen English podrán ser solicitadas por aquellos alumnos que cursen estudios de ESO, Bachillerato, o Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior y que los desarrollen en los Institutos de Educación Secundaria de Fuenlabrada, Colegios Concertados y Privados de Fuenlabrada y Colegios de Educación Primaria Y Secundaria de Fuenlabrada.

La dotación económica recibida por parte de los alumnos que sean seleccionados para disfrutar de estas ayudas dependerá del país de destino, si es anglófono o no, y del nivel de renta de la unidad familiar a la que pertenezca el alumno.

De este modo, el Ayuntamiento de Fuenlabrada pretende facilitar, incentivar y motivar a los jóvenes estudiantes de este municipio, ofreciéndoles la oportunidad de mejorar sus conocimientos en el idioma inglés, a la vez que adquieren nuevas herramientas tanto a nivel formativo como a nivel personal, descubriendo nuevos países y ambientes culturales.

Como puedes comprobar, estas becas constituyen una gran oportunidad que no debes dejar escapar y para ello, desde aquí te animamos a solicitar una de ellas.

Te lo ponemos muy fácil ya que a continuación podrás consultar y conocer todos los detalles sobre las Becas Fuen English.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad de Madrid
Provincia de origen
  • Madrid
Localidad
Fuenlabrada
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de este programa de Becas Fuen English, los alumnos/as de ESO/Bachillerato o Formación Profesional, empadronados y residentes en Fuenlabrada a fecha de 1 de enero de 2026, y que estudien actualmente en uno de estos centros educativos:

  • Institutos de Educación Secundaria de Fuenlabrada.
  • Colegios Concertados y Privados de Fuenlabrada.
  • Colegios de Educación Primaria y Secundaria (CEIPSOS) de Fuenlabrada.

En lo referente a los requisitos de empadronamiento de la unidad familiar del alumno/a, deberá cumplirse con lo establecido al efecto en el artículo 9.2. de estas bases, normas reguladoras de la convocatoria.

Es objetivo de la convocatoria que la subvención pueda alcanzar a los alumnos/as de Fuenlabrada que nunca han participado en el programa y comprendidos en las etapas, ciclos o los niveles educativos antes indicados, y cuyas familias sean residentes y se encuentren empadronadas en Fuenlabrada. Con este fin, será requisito, para resultar beneficiario del programa, que los alumnos/as propuestos por los centros educativos no hayan resultado beneficiarios de la subvención en ninguna de las cuatro convocatorias Fuen-English anteriores, con las excepciones de las casuísticas establecidas en el punto siguiente.

Requisitos.

Siempre que el programa de inmersión lingüística sea el inglés, para la obtención de la subvención se deben cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  • Deberán viajar un mínimo de 10 alumnos/as y el máximo establecido en la tabla adjunta (tabla 1).
  • Deberá durar un mínimo de 10 días con 9 noches de alojamiento en destino.
  • Deberá tener como lengua vehicular el inglés.
  • Los/as alumnos/as seleccionados deberán emplear un mínimo de 15 horas lectivas (en cursos o centros educativos) en inglés durante su estancia. Las materias podrán versar sobre cualquier área del conocimiento siempre que la lengua vehicular de aprendizaje y comunicación sea el inglés.

Si bien queda a consideración del centro educativo la selección de sus alumnos/as y la constitución de los grupos por cursos y nivel de competencia lingüística y otros criterios que se estimen adecuados, tal y como se especifica en el punto 3.1. anterior, con objeto de que la subvención pueda alcanzar a los alumnos/as de Fuenlabrada que nunca han participado en el programa, será requisito para ser alumno/a beneficiario en la presente convocatoria no haber resultado beneficiario en ninguna de las cuatro convocatorias Fuen-English anteriores.

Aquellos alumnos/as que hubieran sido excluidos en convocatorias anteriores por incumplimiento de alguno de los requisitos de empadronamiento o existencia de deudas, o por cualquier otra causa, podrán ser propuestos para la presente convocatoria y resultar beneficiarios una vez resueltas las causas de exclusión.

Igualmente, aquellos alumnos/as que habiendo resultado beneficiarios en convocatorias anteriores hubieran renunciado al viaje y al programa por no haber podido realizar el mismo por motivos de salud, por tener que asistir a otras convocatorias o eventos, u otros motivos de carácter personal, podrán ser también propuestos para la presente convocatoria.

Tramos de alumnos subvencionables según la población escolarizada: ESO, Bachillerato, y FP:

Tramo - N.º alumnos/as concernidos por centros - N.º alumnos subvencionables - Viajes permitidos por centro.
  • 1 - Hasta 500 - 10 a 30 (30 máx.) - 1 grupo de viaje.
  • 2 - Entre 501 a 1000 - 10 a 45 (45 máx.) - hasta 2 grupos de viaje.
  • 3 - A partir de 1001 - 10 a 60 (60 máx.) - hasta 3 grupos de viaje. 
La distribución de los viajes permitidos por Centro Educativo se hará en función de los tramos asignados en la tabla anterior, de tal manera que, se podrán realizar según lo siguiente:

  • Tramo 1: un único grupo de viaje; de 10 a 30 alumnos/as.
  • Tramo 2: hasta 2 grupos de viaje; siempre que el mínimo total de alumnos subvencionados propuestos sea 31.
  • Tramo 3: hasta 3 grupos de viaje; siempre que el mínimo total de alumnos subvencionados propuestos sea 46.
Para los centros concernidos en el tramo 2 y 3, las valoraciones se realizarán a cada grupo de viaje por separado, de manera que, a cada grupo le corresponderá una cuantía según los puntos obtenidos en su baremación. No obstante, el centro podrá solicitar la subvención para un único grupo de viaje si así lo estimara conveniente, sin perjuicio de la asignación de puntos, siempre que, se ajuste a los requisitos arriba mencionados. 

El Centro Educativo presentará:

  • Un Anexo I y la totalidad de las solicitudes individuales de las familias por cada grupo de viaje constituido.
  • Una Cuenta Justificativa Simplificada por cada grupo de viaje subvencionado.

Dotación

Cuantía fija determinada por alumno/a para cada grupo de viaje

En función del número de alumnos/as que participen en el Programa de Becas Fuen English, partiendo siempre de un mínimo de 10 alumnos/as y un máximo de 60 (según el número de alumnos/as escolarizados en el centro) se subvencionará de la siguiente manera:

  • Cuantía fija mínima por alumno (para todos los alumnos):
    • País anglófono: 300 €.
    • País no anglófono: 200 €.
  • Alumno/a cuya renta familiar sea entre 14.314,00 € y 47.494 € y haya solicitado Fuenbeca 2025/2026:
    • País anglófono: +100 €.
    • País no anglófono: +100 €.
  • Alumno/a cuya renta familiar sea inferior a 14.314 € y haya solicitado Fuenbeca 2025/2026:
    • País anglófono: +200 €.
    • País no anglófono: +200 €.
  • 300 euros fijos por alumno/a, si el país en el que se desarrollará el programa es un país anglófono.
  • 200 euros fijos para el resto de países, siempre que la lengua vehicular del proyecto sea el inglés.
  • Además, habrá una asignación extra de 100€ más para aquellos alumnos/as que habiendo solicitado su Fuenbeca para el curso escolar 2025/26, tengan una renta familiar entre 14.314,00 y 47.494,00 € (límite fijado en las Fuen becas de la convocatoria 2025/2026 como umbral de renta máximo para recibir la ayuda) y de 200€ más a la cuantía fija si la renta familiar es inferior a 14.314,00 €.

Cuantía variable en función de los puntos obtenidos por las características del programa de cada grupo de viaje

  • 1º Si se produce el desplazamiento a un país anglófono o no y su ubicación:
    • País anglófono no europeo (EE.UU., Canadá, Australia…): 30 puntos.
    • País anglófono europeo (Reino Unido, Irlanda y Malta): 20 puntos.
    • País no anglófono, pero siendo la lengua vehicular del intercambio el inglés (resto de países): 10 puntos.
  • 2º En función de la modalidad del Programa:
    • Intercambio (envío de fuenlabreños/as + recepción de alumnos/as extranjeros): estancia de nuestros alumnos/as en el país receptor en familias o alojamiento tipo residencia/hostal y acogida posterior de los alumnos/as extranjeros en Fuenlabrada: 120 puntos.
    • Envío con estancia en familias o alojamiento tipo residencia/hostal etc. sin acogida posterior de alumnos/as extranjeros en Fuenlabrada: 40 puntos.
  • 3º Número de días de estancia en el extranjero: la estancia mínima establecida es de 10 días en el país en el que se produce el aprendizaje de inglés. Se valorará con 5 puntos por cada día de intercambio/estancia de los alumnos/asen el país de destino. La familia acogedora podrá albergar hasta un máximo de 2 alumnos/as, siendo lo recomendable 1 por familia. En los casos en que el número de alumnos/as del grupo propuesto sea impar, una familia podrá albergar hasta 3 alumnos de manera excepcional.
  • 4º En función del número de alumnos subvencionables que participen en el programa. Cumpliendo con el mínimo establecido de 10 alumnos/as, y con objeto de potenciar la participación del mayor número posible de ellos por Centro (máximos subvencionables, 60), se establecen los siguientes criterios de puntuación en función del número de alumnos/as subvencionables propuestos en el programa, de acuerdo con los tramos de escolarización en que se ubique cada Centro Educativo según la población escolarizada de ESO, Bachillerato, y FP (Tabla 1, art 3.2.): (revisar tabla del pdf de enlaces de interés).

Presentación

Los Centros Educativos interesados en solicitar las Becas Fuen English deberán presentar la documentación indicada en el Registro Auxiliar de Educación o en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada o bien, a través de los registros y medios establecidos en el art.16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, adjuntando la documentación que se indica.

Más información

Objeto, finalidad y gastos subvencionables

El objeto de esta convocatoria de subvenciones Fuen-English curso 2025-2026, consiste en regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas que la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Fuenlabrada podrá otorgar a las familias empadronadas y residentes en Fuenlabrada, con el fin de mitigar la desigualdad social en el acceso al aprendizaje de idiomas y combatir la exclusión social del alumnado más desfavorecido en los diferentes procesos de inmersión lingüística en el extranjero. El programa además tiene como segundo objetivo la promoción de la cultura de los alumnos/as fuenlabreños/as (estudiantes de ESO, Bachillerato y FP), mediante el intercambio de experiencias y convivencias con jóvenes de otros países durante un mínimo de 10 días.

Gastos subvencionables

Serán objeto de subvención los gastos generados por las actividades de intercambio o de estancias realizadas entre el 6 de abril y el 8 de diciembre de 2026 (ambos inclusive), de 10 días de duración como mínimo (9 noches de alojamiento en destino), con un mínimo de 10 alumnos/as, y el máximo de alumnos/as establecido en el artículo 3.2; el destino deberá efectuarse a cualquier país fuera de España cuya primera lengua sea el inglés, o que la lengua vehicular en que se realicen las actividades sea el inglés.

En ningún caso se subvencionarán gastos derivados de circunstancias o hechos a nivel individual de ninguno de los alumnos/as que viajen, ni gastos de restauración (comidas, cenas, etc.) o gastos que pudiera ocasionar la visita del grupo que venga con posterioridad a España (si hay intercambio de alumnos/as en el viaje).

Podrán ser subvencionados:

  • a. Gastos relacionados con el transporte hasta el país destinatario (ida y vuelta), transporte hasta o desde el aeropuerto, transportes colectivos en excursiones (autocares, tren, metro, etc.).
  • b. Seguros de viajes para los alumnos/as beneficiarios, incluyendo cláusulas de cancelación en los casos de enfermedad o accidente.
  • c. Actividades culturales, educativas o deportivas, realizadas en el país de destino. Igualmente, podrá subvencionarse la compra del material didáctico o equipo necesario para la realización de dichas actividades (entradas a museos, visitas a monumentos, excursiones del grupo de alumnos/as en destino, alquiler de equipo para la realización de actividades deportivas, didácticas, etc.).

Dada la naturaleza del gasto subvencionado, la gestión práctica del viaje y sus actividades complementarias podrán ser subcontratadas, en su totalidad, por los centros educativos a través de las agencias o empresas que consideren. No obstante, los centros educativos podrán ejercer por ellos mismos dicha gestión si así lo estiman.

Obligaciones de los beneficiarios

Las FAMILIAS del alumnado beneficiario del programa Fuen-English quedarán obligadas a:

  • Entregar la solicitud individual, debidamente cumplimentada y firmada por el padre y la madre (ambos progenitores), y/o tutores miembros de la unidad familiar, al centro educativo. Se entregará la solicitud firmada por el padre y madre y/o tutores miembros de la unidad familiar, independientemente de la edad del alumno/a, incluso si el alumno ha alcanzado la mayoría de edad. Si se trata de una familia monoparental o en la que existe sentencia de divorcio, firmará el padre o la madre o tutor legal que presente la solicitud. La solicitud deberá ser validada por el centro educativo mediante sello y firma.
  • La simple firma y presentación de la solicitud individual implica el conocimiento de las bases de la convocatoria y la aceptación de sus requisitos (plazos, obligaciones, cuantía económica fija, reintegros, etc.), así como la cesión de sus datos para las comprobaciones del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, situación de empadronamiento, y solicitud de Fuenbeca 2025/2026.
  • Únicamente las familias seleccionadas por su centro educativo cumplimentarán y firmarán la solicitud individual y la entregarán al mismo. Previamente, grabarán su solicitud a través de la página FuenEnglish de la página WEB del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en formulario establecido al efecto.
  • La totalidad de la familia deberá encontrarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Fuenlabrada durante todo el proceso y hasta la resolución definitiva de la presente convocatoria, considerando a estos efectos cualquier deuda derivada de ingresos de derecho público, salvo que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Se tendrán en cuenta, para el cumplimiento de lo anterior, las circunstancias personales familiares en lo que respecta a familias monoparentales o en las que existe sentencia de divorcio.
  • La totalidad de la familia deberá encontrarse empadronada en el municipio de Fuenlabrada a fecha de 1 de enero de 2026. Se tendrán en cuenta, para el cumplimiento de lo anterior, las circunstancias personales familiares en lo que respecta a familias monoparentales o en las que existe sentencia de divorcio.
  • A consignar en su solicitud si se solicitó la Fuenbeca 2025/2026. En tal caso se verificarán los datos económicos familiares para la obtención de la cuantía mínima fijada correspondiente, en función de sus ingresos. A consignar los datos reales de la unidad familiar y a aportar la documentación familiar necesaria (si le es requerida).
  • A entregar el Anexo X firmado por la familia y que el centro educativo les facilitará previamente, una vez se conceda de forma definitiva la subvención por alumno/a.
  • En los casos de no ser posible por parte del alumno/a la realización del viaje por cualquier motivo, será imprescindible la presentación de renuncia expresa, firmada por el padre y la madre, y/o los tutores miembros de la unidad familiar, acompañada de copia de DNI/NIE en vigor del padre/madre y/o tutor legal solicitante, necesariamente con anterioridad a la realización del viaje. Dicha renuncia se entregará al centro educativo de pertenencia a los efectos de la subvención y de los costes efectivos del viaje. En dicho caso de renuncia, la cuantía de la subvención ya empleada y abonada para sufragar los gastos del viaje, será devuelta al centro educativo por parte de la familia, quien a su vez lo hará al Ayuntamiento. En los casos en los que el viaje se gestione a través de agencia, si la totalidad del coste del viaje (subvención incluida) ha sido ya abonado a la agencia y el alumno/a no ha realizado el viaje, la familia deberá devolver al centro educativo, y este a su vez al Ayuntamiento, el importe de la subvención.

Pago de las subvenciones

  • Una vez aprobada la concesión definitiva de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local se establecerá un único pago previo a la justificación, que se materializará mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la documentación entregada por el centro educativo.
  • Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el caso de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas de reintegro previstas en las presentes bases u ordenanzas municipales.
  • Entre las causas de reintegro parcial de la subvención concedida por alumno/a beneficiario/a de esta ayuda, será la de no viajar o participar finalmente en este programa de intercambio/estancia. En ningún caso, los gastos ocasionados hasta la renuncia del viaje serán subvencionados por el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  • De conformidad con lo establecido en el Art. 34.5 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, no podrá realizarse el pago de la subvención en el supuesto de que el beneficiario no se halle al corriente de pago de sus obligaciones fiscales o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro. Las declaraciones responsables (Anexo II), caducan a los seis meses de su formulación. Transcurrido dicho plazo sin proceder al reconocimiento de la obligación y/o pago, será necesaria su nueva aportación.

Enlaces de interés

https://www.ayto-fuenlabrada.es/documents/36561/154870/BASES+DE+LA+CONVOCATORIA+FUEN+ENGLISH+2025-2026+DEFINITIVAS+%281%29.pdf/4a3c15b8-7717-a688-5b1f-a2fae251d831?t=1770298415147

Documentación a adjuntar

a. Instancia de solicitud de subvención firmada por el director o directora del centro educativo o en su defecto por el Jefe de Estudios.

b. Anexo I, breve descripción del programa para adjuntar a la solicitud de subvención (desarrollo del programa), con un breve resumen donde conste de forma clara y expresa:

  • a. Lugar del intercambio/estancia (ciudad y país).
  • b. Relación de alumnos con nombres y apellidos, curso en el que están matriculados, etc. Únicamente se indicarán los alumnos/as que solicitan subvención.
  • c. Temporalidad del desarrollo del programa previsto y actividades a realizar.
  • d. Tipología del aprendizaje: en familias o alojamientos comunes, con intercambio o no posterior, número de españoles alojados, etc.
  • e. Resumen de las actividades programadas y presupuesto general del programa (facilitado por las agencias, en caso de optar por contrato externo)
  • Este Anexo se presentará por cada grupo de viaje constituido. Según Tabla 1. Art. 3.2

c. Copia del contrato realizado entre el centro educativo y la empresa o agencia de viajes, en los casos en los que el centro decida efectuar la gestión práctica del viaje de forma indirecta a través de dicha empresa o agencia. No es necesario aportarlo firmado, quedando a elección del centro la fecha de su formalización con la agencia.

d. Fotocopia del CIF del centro educativo.

e. Fotocopia de recibo con el número/IBAN de cuenta bancaria del centro educativo, certificado de titularidad de cuenta bancaria, o similar, y FICHA DE TERCEROS, con los datos identificativos de la cuenta bancaria. Se aportará FICHA DE TERCEROS SÓLO EN CASO DE MODIFICACIÓN DE DATOS FISCALES O BANCARIOS respecto de la última ficha aportada en anteriores convocatorias.

f. Declaración responsable (Anexo II) del centro educativo (conforme a lo que establece el artículo 24, punto 7, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con las “subvenciones destinadas a financiar proyectos o programas de acción social”), que ratifique positivamente que está al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como que no tiene pendiente la justificación de subvención alguna otorgada por este Ayuntamiento.

g. Declaración de IVA (Anexo III).

h. Autorización de publicación de subvenciones de entidades (Anexo IV) según Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

i. La totalidad de las solicitudes individuales de todos los alumnos/as que participarán en el programa y serán objeto de la subvención. La solicitud, una vez que el alumno/a es seleccionado por el centro educativo, será realizada en la página Web del Ayuntamiento por los tutores legales del correspondiente alumno/a. Sólo los tutores legales de los alumnos/as que hayan sido seleccionados por su centro educativo realizarán dicha solicitud. La familia solicitante, la cumplimentará, la grabará, y posteriormente entregará una copia firmada de la misma al propio centro en la que constará:

  • Sus datos personales y los de sus padres/tutores (incluso para los mayores de edad).
  • Si ha solicitado o no la “Fuenbeca” (para realizar el baremo económico por tal aspecto) en la convocatoria del curso 2025/2026.
  • Consentimiento en que conste que la ayuda destinada al programa de aprendizaje de inglés Fuen-English, se hará efectiva a través del “endoso” al centro educativo que la gestionará en nombre del alumno/a solicitante, siempre que el viaje sea efectivo por parte de éste/a.
  • La aceptación de que, si el alumno/a renuncia a realizar el viaje cuando ya ha sido beneficiario de esta subvención, la cuantía ya empleada para sufragar sus gastos será devuelta íntegramente al centro educativo por parte de la familia. En ningún caso será con cargo a la subvención municipal.
  • Autorización de comprobación del cumplimiento de los requisitos para la obtención de la condición de beneficiario (cruce OTAF y PADRÓN).

El presente Anexo se presentará por cada grupo de viaje constituido.

Es imprescindible:

  • Entregar la solicitud firmada por el padre y la madre y/o tutores miembros de la unidad familiar, independientemente de la edad del alumno/a, incluso si el mismo ha alcanzado la mayoría de edad. Si se trata de una familia monoparental o existe sentencia de divorcio, firmará el padre o madre que presente la solicitud. La solicitud deberá ser validada por el centro educativo mediante sello y firma.
  • Se aportará la documentación familiar necesaria, si ésta fuera requerida por el Ayuntamiento.
  • El Ayuntamiento de Fuenlabrada comprobará de oficio que los centros educativos concertados estén al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Fuen English

Las Becas Fuen English que convoca el Ayuntamiento de Fuenlabrada están destinadas a facilitar a los estudiantes empadronados y con residencia en este municipio, el desarrollo de estudios de inglés en el extranjero.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Fuen English" es: desde 06/02/2026 hasta 12/03/2026.

La Beca "Becas Fuen English" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior

La Beca "Becas Fuen English" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad
  • Becas de idiomas
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas de estancias