Ayuntamiento de Castañeda

Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza

Becas para artistasNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio11/09/2025 Fin09/10/2025
Abierta

Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza representan una oportunidad para apoyar la formación cultural en el municipio. Están dirigidas a estudiantes de música y danza que cursan estudios en Escuelas Municipales, Conservatorios o Centros Autorizados. Estas ayudas permiten que jóvenes y familias cuenten con un respaldo económico que facilita el acceso a la educación artística en condiciones más justas.

El objetivo de estas becas es fomentar la cultura artístico musical y favorecer el desarrollo del talento local. Se trata de una prestación económica única, con una cuantía fija que se concede en función del cumplimiento de los requisitos establecidos. El pago se realiza en una sola transferencia.

Podrán solicitar las becas los alumnos nacidos entre 2007 y 2021 que estén empadronados en Castañeda con una antigüedad mínima de un año. Es necesario que se encuentren matriculados en el curso completo 2025 2026 y mantengan la continuidad de sus estudios. En el caso de menores, la ayuda será gestionada por padres, madres o tutores legales.

Las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza son compatibles con otras ayudas públicas o privadas siempre que no se supere el coste total de la actividad. Este apoyo consolida el compromiso municipal con la cultura y el talento joven.

¿Te gustaría obtener una de las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza?, pues aquí encontrarás todo lo que necesitas para solicitarlas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Música
  • Danza
País de origen
  • España
Región de origen
  • Cantabria
Provincia de origen
  • Cantabria
Localidad
Castañeda
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios de las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza:

Podrán beneficiarse de estas ayudas, las alumnas y alumnos nacidos entre los años 2007 y 2021 que acrediten estar matriculadas/as en el curso 2025-2026 en Escuelas Municipales de Música o en Conservatorios o Centros Autorizados de Música y/o Danza a fin de cursar estudios elementales o profesionales de música y/o danza, y que estén empadronadas/os (toda la unidad familiar, o al menos la/el alumna/o con su padre, madre o tutor legal, en el caso de alumnos/as menores de edad) en el municipio de Castañeda, con una antigüedad mínima acreditada de un año de empadronamiento a contar desde el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que a la fecha de la solicitud continúen estando empadronadas/os en dicho municipio. Asimismo, es requisito indispensable para ser beneficiario/a de estas ayudas que el/la alumno/a curse sus estudios musicales o de danza durante el curso académico completo. En caso de abandono del curso procederá el reintegro de la subvención. En el caso de alumnos y alumnas menores de edad, los beneficiarios de las ayudas serán los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas.

No podrán tener la condición de beneficiaria/o las personas en quienes concurra alguna de las causas de exclusión o prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria).

No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas respecto de las cuales hubiera sido declarado el reintegro de la subvención concedida en convocatorias anteriores, o se hallare en trámite expediente de reintegro, de ningún miembro de la unidad familiar.

Serán requisitos imprescindibles para poder ser beneficiaria/o de estas ayudas el estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Castañeda, así como el tener correctamente justificadas todas aquellas ayudas y subvenciones concedidas por este ayuntamiento en ejercicios anteriores. En el supuesto de deudas de menor cuantía con el Ayuntamiento de Castañeda, se podrá optar por compensar el importe de la deuda con su equivalente de la ayuda. Los beneficiarios de las ayudas que figuren como deudores a la hacienda municipal por cualquier concepto, por el mero hecho de presentar la solicitud autorizan de manera irrevocable al Ayuntamiento para que las deudas sean compensadas con el importe de las ayudas.

Son obligaciones de los/as beneficiarios/as de las ayudas:

  • a. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero a efectuar por el órgano concedente, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • b. Justificar, en caso de que se le requiera, la realización de la actividad, en los términos previstos en la presente convocatoria.
  • c. Proceder al reintegro de la ayuda recibida en los supuestos establecidos en la base nº 8.
  • d. En general, todas aquellas previstas en el artículo 14 de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

El importe global de las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza es de MIL QUINIENTOS (1.500,00) EUROS, gasto imputable a la aplicación presupuestaria 0/334/48/02 del presupuesto municipal de 2025.

El crédito presupuestario es el límite del importe de las ayudas que se pueden conceder.

La Ayuda consistirá en una prestación económica única que será abonada al/la solicitante en un solo pago y se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases.

La cuantía de la prestación se fija en un importe de CIENTO CINCUENTA (150,00) EUROS, idéntica para todas/os las/os solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases.

En el caso de que las cuantías de las becas a las/los estudiantes solicitantes superasen la consignación inicial, se distribuirá el crédito disponible equitativamente entre todas/os las/os solicitantes. Y ello sin perjuicio de que la cuantía establecida pueda ser incrementada por resolución del órgano competente previa tramitación del expediente de modificación de crédito. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el supuesto de que este crédito se incremente como consecuencia de una modificación presupuestaria, esta cuantía adicional podrá aplicarse a la concesión de becas sin necesidad de una nueva convocatoria.

Presentación

El plazo para la presentación de solicitudes y demás documentación de las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza se iniciará con la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y su exposición en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Castañeda, previa comunicación a la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Las solicitudes de subvención deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Las solicitudes de subvención se deberán presentar en el modelo normalizado aprobado por el Ayuntamiento de Castañeda. Las/os solicitantes podrán optar por el registro electrónico, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castañeda https://castaneda.sedelectronica.es/info.0, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o mediante registro presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Castañeda en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. También podrán presentarse por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objeto, finalidad y carácter de las ayudas

Las becas individuales a artistas jóvenes de Castañeda para la formación musical y de danza tienen por objeto contribuir al fomento de la cultura artístico-musical de nuestro municipio, ayudando, a través del otorgamiento de una ayuda de carácter económico, a aquellas familias con hijos/as que estudien en Escuelas Municipales de Música o en Conservatorios o Centros Autorizados de Música y/o Danza cursando enseñanzas elementales o profesionales de música y/o danza, o los/as propios/as jóvenes artistas en caso de que éstos sean mayores de edad.

Su finalidad es colaborar en la financiación de los gastos derivados de la matriculación, mensualidades, uniformidad y materiales en sí necesarios para su formación y el correcto desarrollo de la actividad y a las mismas se accederá en régimen de concurrencia competitiva.

El ejercicio de esta actividad de fomento por parte del Ayuntamiento de Castañeda tiene su amparo en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece, en su apartado m), como materia sobre la cual los Municipios ejercerán en todo caso competencias propias, la promoción de la cultura y equipamientos culturales.

Las subvenciones reguladas en las presentes bases tienen carácter voluntario y eventual, no generan ningún tipo de derecho a la obtención de otras ayudas posteriores, y no se pueden alegar como precedente.

Pago de la beca

Una vez concedida la beca en los términos de las presentes bases, el Ayuntamiento de Castañeda procederá a un pago único del 100% del importe concedido, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la persona solicitante.

Compatibilidades

Las prestaciones económicas reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad y sean de otras Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que el importe de la prestación en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad financiada. A estos efectos se consideran obligaciones de la persona beneficiaria comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos, que financien las prestaciones solicitadas, sean públicos o privados. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca.

Enlaces de interés

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/855046

Documentación a adjuntar

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI o NIF del/la alumno/a. En caso de ser este/a menor de edad, se acompañará fotocopia del DNI del representante legal (padre, madre o tutor/a).
  • Certificado de convivencia, de residencia y de empadronamiento en el municipio de Castañeda.
  • Copia de la matrícula del curso 2025-2026 o cualquier otro documento que acredite que el/la alumno/a está matriculado/a en una Escuela Municipal de Música o en un Conservatorio o Centro Autorizado de Música y/o Danza a fin de cursar estudios elementales o profesionales de música o danza en el curso 2025-2026.
  • Justificante de la entidad bancaria que acredite haber realizado el pago de la matrícula del curso 2025-2026, así como mensualidades, en su caso. En el caso de las mensualidades podrá presentarse certificado expedido por la Escuela Municipal de Música en el que se certifiquen las mensualidades que el/la alumno/a deberá abonar a lo largo del curso.
  • Certificado de titularidad bancaria del/la solicitante (original expedido por la entidad bancaria). Deberá figurar como titular de la cuenta bancaria el/la solicitante o, en su caso, el/la estudiante menor de edad para quien se solicita la beca.

En el caso de que la solicitud no reúna todos los requisitos, el órgano instructor requerirá al peticionario/a concediéndole un plazo máximo e improrrogable de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES para que enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de que, en caso contrario, se le entenderá por desistido de su petición previa la oportuna resolución, según lo establecido en el apartado 5 del artículo 23 de la Ley General de Subvenciones, en relación con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Conforme con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el requerimiento individual podrá ser sustituido por la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, surtiendo los mismos efectos. La relación de personas beneficiarias con deficiencias se publicará, en todo caso, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Castañeda.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en cualquier fase del procedimiento anterior a la propuesta de resolución, se podrá requerir a la persona solicitante que aporte la información y documentación aclaratoria y complementaria que se considere conveniente para la correcta definición, evaluación y comprobación de la solicitud presentada.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza

Las Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza representan una oportunidad para apoyar la formación cultural en el municipio. Están dirigidas a estudiantes de música y danza que cursan estudios en Escuelas Municipales, Conservatorios o Centros Autorizados. Estas ayudas permiten que jóvenes y familias cuenten con un respaldo económico que facilita el acceso a la educación artística en condiciones más justas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza" es: desde 11/09/2025 hasta 09/10/2025.

La Beca "Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Música
  • Danza

La Beca "Becas Artístas Jóvenes Castañeda Música y Danza" es un tipo de beca: 

  • Becas para artistas