Universidad Europea (UE)

Becas UE Fallecimiento Responsable Económico

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INSCRIPCIONES

Inicio01/03/2026 Fin14/07/2026
Abierta

Becas UE Fallecimiento Responsable Económico: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Europea (UE) es una prestigiosa institución académica que cuenta con un gran nivel de compromiso con respecto a su alumnado y la formación de los mismos, por lo que en cada curso académico convoca una serie de becas dirigidas a facilitar el acceso y normal desarrollo de sus estudios. En esta ocasión destacamos las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico.

Pueden presentar su solicitud a una de estas becas aquellos estudiantes que estén cursando en la Universidad Europea sus estudios de Grado o de Ciclo Formativo de Grado Superior, y que reúnan el resto de los requisitos que se expresan en la convocatoria, entre los que se encuentran el fallecimiento del responsable económico de la unidad familiar con una edad máxima de 70 años.

Las becas concedidas, además podrán ser renovadas en los años posteriores, siempre y cuando se reúnan las condiciones especificadas para ello.

Las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico cubrirán la totalidad de la docencia de los créditos matriculados y pendientes de abonar en el momento de la solicitud, lo que supone una gran ayuda y alivio económico y garantiza que la trayectoria académica de los alumnos no se vea afectada por el fallecimiento del responsable económico de la unidad familiar.

Para conocer todos los detalles y saber cómo solicitar una de las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico, te será de gran ayuda toda la información que te facilitamos a continuación.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán concurrir a la convocatoria de las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico todos los estudiantes que se encuentren incluidos en los siguientes supuestos:

  • a. Solicitantes de la ayuda por primera vez:
    • Estudiantes que estando matriculados en una titulación de Grado o Ciclo Formativo de Grado Superior en la Universidad Europea de Madrid sufran la pérdida por fallecimiento del responsable económico que figure en su matrícula.
  • b. Solicitantes de renovación de la ayuda en la Universidad Europea de Madrid:
    • Estudiantes que hubieran disfrutado de la ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico durante algún curso académico anterior.

Los solicitantes deberán cumplir todos los requisitos y procedimientos exigidos en el presente Reglamento.

Requisitos académicos y personales

Los solicitantes de la ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico deberán cumplir los requisitos que se establecen en el presente Reglamento.

  • a. Solicitantes de la ayuda por primera vez: podrán solicitar la ayuda aquellos estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:
    • Estar matriculado en una titulación oficial de Grado o Ciclo Formativo de Grado Superior de la Universidad Europea de Madrid en el momento de la defunción del responsable económico.
    • Estudiantes de hasta 30 años de edad en el momento de producirse el fallecimiento del responsable económico.
    • Edad del responsable económico: hasta 70 años de edad en el momento de producirse el fallecimiento.
  • b. Solicitantes de renovación de la ayuda en la Universidad Europea de Madrid: la Comisión de Becas evaluará el rendimiento académico de cada uno de los solicitantes atendiendo al expediente académico del estudiante. Así, los beneficiarios de la ayuda que pretendan renovar la misma para el curso académico siguiente deberán cumplir con los siguientes requisitos:
    • Haber superado todas las asignaturas matriculadas en el último curso realizado.
    • Haber matriculado en el curso anterior un mínimo de 30 ECTS.
    • Para aquellos estudiantes que hubiesen solicitado la ayuda por primera vez antes del 1 de marzo del curso académico anterior, se tendrá en cuenta el informe de rendimiento académico que la Comisión de Becas requerirá al Asesor Académico correspondiente.

Requisitos económicos


  • No podrá concederse la ayuda a las que se refiere el presente Reglamento a los solicitantes de renovación de la misma cuando la renta de su unidad familiar supere los 100.000 € anuales.
  • Para el cálculo de la renta y el patrimonio de la unidad familiar a efectos de ayuda se considerará que serán miembros computables el padre, la madre y/o tutor legal así como el propio estudiante, quienes tendrán la consideración de sustentadores principales de la familia.
  • La renta familiar a efectos de beca o ayuda se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza,calculadas según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En ningún caso incluirá los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores al que se computa.
  • Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración o solicitud de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
    • Se sumará la renta general y la renta del ahorro del periodo impositivo.
    • De este resultado se restará la cuota líquida total.
La Comisión queda facultada para requerir documentación adicional, como declaración de patrimonio que permita justificar de cualquier modo el nivel de ingresos de la unidad familiar o cualquier otra documentación que sea requerida para acreditar medios económicos suficientes para afrontar los pagos no cubiertos por la ayuda.

Dotación

La cuantía otorgada mediante las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico será la siguiente:

  • a. Solicitantes de la ayuda por primera vez: la ayuda cubrirá:
    • La totalidad de la docencia de los créditos matriculados y pendientes de abonar en el momento de la solicitud, siempre y cuando la solicitud se realice antes del 1 de marzo.
    • La totalidad de la docencia de los créditos matriculados y pendientes de abonar en el momento de la solicitud, y la totalidad de los costes académicos (reserva de plaza y docencia de créditos matriculados) del curso académico siguiente al de la solicitud, siempre y cuando la solicitud se realice con fecha posterior del 1 de marzo.
  • b. Solicitantes de renovación de la ayuda en la Universidad Europea de Madrid:
    • La ayuda cubrirá la totalidad de los costes académicos (reserva de plaza y docencia de créditos matriculados) del curso académico para el cual se solicita renovación.

Presentación

El proceso de solicitud de las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico será el siguiente:

  • Solicitantes de la ayuda por primera vez:
    • Tanto los impresos de solicitud, como el presente Reglamento, se encontrarán a disposición de los solicitantes en la página web de la Universidad y en el Área de Servicios al Estudiante.
    • La solicitud podrá presentarse en cualquier momento del curso académico, tras producirse el fallecimiento del responsable económico del estudiante.
    • La solicitud deberá ir acompañada de una fotocopia del Certificado de Defunción del responsable económico del estudiante. No se admitirán a trámite solicitudes que no vayan acompañadas de este documento.
    • La solicitud debe entregarse en el Área de Servicios al Estudiante de la Universidad Europea de Madrid.
  • Solicitantes de renovación de la ayuda en la Universidad Europea de Madrid:
    • La Universidad publicará anualmente la convocatoria de becas y ayudas de cada curso académico antes del mes de junio. Su difusión será pública y amplia, y será publicada en la página web de la Universidad Europea de Madrid. Asimismo, los interesados serán informados por el Área de Servicios al Estudiante.
    • Tanto los impresos de solicitud, como el presente Reglamento, se encontrarán a disposición de los solicitantes en la página web de la Universidad y en el Área de Servicios al Estudiante.
    • El plazo de solicitud se iniciará el 15 de junio (en su caso, en el siguiente día hábil), finalizando el 14 de julio (en su caso, en el siguiente día hábil).
    • En caso de solicitar la renovación de la ayuda por primera vez, la solicitud deberá ir acompañada de la declaración de la renta de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. No se admitirán a trámite solicitudes en las que falten alguno de los datos o documentos exigidos, o bien no sean presentadas dentro de los plazos establecidos.

Más información

Concepto de la ayuda

  • La ayuda para la continuación de estudios por fallecimiento del responsable económico pretende permitir que el estudiante que cumpla con los requisitos expresamente establecidos en la presente normativa, pueda continuar sus estudios en la Universidad Europea de Madrid mediante la cobertura de la totalidad de los costes académicos derivados de los conceptos de reserva de plaza y docencia de los créditos matriculados.
  • Para aquellos estudiantes que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente reglamento, soliciten la ayuda por primera vez, la concesión de la ayuda se realizará de forma automática. La ayuda concedida cubrirá, desde el momento de la solicitud, la totalidad de los costes académicos del año académico en curso o posterior, según se reciba la solicitud antes o después del 1 de marzo respectivamente.
  • Una vez concedida la ayuda por primera vez, habrá de solicitarse la renovación de la misma para cada curso académico, dentro de los plazos establecidos en la presente normativa. La renovación de la ayuda será concedida o denegada por la Comisión de Becas de la Universidad Europea de Madrid en base a los requisitos académicos y económicos especificados en el presente Reglamento.

Condiciones administrativas

  • Todos los solicitantes deberán completar todos los datos pedidos en el impreso de solicitud de ayuda: personales, familiares, económicos y observaciones.
  • Los solicitantes de ayuda por primera vez deberán entregar fotocopia del Certificado de Defunción del responsable económico.
  • Los solicitantes de renovación de ayuda deberán entregar fotocopia, previamente sellada en una Delegación de Hacienda, o compulsada en cualquier organismo público o notarialmente, de la declaración o de las declaraciones separadas de renta y patrimonio del padre/madre o personas de las que dependa económicamente el alumno. No será necesaria la compulsa anterior si la declaración o declaraciones han sido presentadas telemáticamentee incluyen un código de verificación digital.
  • Los solicitantes de renovación de la ayuda deberán matricularse de todas las asignaturas antes del 31 de julio o el siguiente día hábil. El transcurso de este plazo sin formalizar dichos trámites implicará automáticamente la renuncia a la solicitud/concesión de la ayuda.
  • La ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico otorgadas por la Universidad Europea de Madrid será incompatible con cualesquiera otra beca o ayuda de la Universidad o de otras entidades salvo que la Universidad o esa entidad declaren expresamente la compatibilidad.
  • La ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico solamente será aplicable para la titulación en la cual el estudiante estaba matriculado en el momento de la defunción. Un cambio de titulación dentro de la propia universidad conllevará la pérdida automática del derecho a la ayuda.

Adjudicación de ayudas

  • a. Solicitantes de la ayuda por primera vez:
    • Para aquellos estudiantes que cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente reglamento soliciten la ayuda por primera vez, la concesión de la ayuda se realizará de forma automática.
  • b. Solicitantes de renovación de la ayuda en la Universidad Europea de Madrid:
    • La Comisión de Becas de la Universidad Europea de Madrid es el órgano encargado de revisar y baremar todas las solicitudes de renovación de ayudas para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico presentadas de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento.
    • La Comisión resolverá las solicitudes presentadas y fijará la lista definitiva de beneficiarios de la Universidad Europea de Madrid para el curso académico entrante tomando en consideración el rendimiento académico del estudiante, la renta y el patrimonio familiar del estudiante. Así mismo, la Comisión tendrá en cuenta los fondos presupuestarios que queden disponibles a medida en que resuelve en las reuniones que celebra al efecto,pudiendo establecer, en atención a las solicitudes presentadas, una nota de corte.
    • A los efectos de la resolución, la Comisión verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Reglamento, tomando para cada solicitud una de las siguientes decisiones:
      • a. Conceder la ayuda: es el primer otorgamiento de ésta a un solicitante o a un solicitante de renovación, definiendo la cuantía en la que se concede la ayuda.
      • b. Denegar la ayuda: es la desestimación de la ayuda por incumplimiento de cualquiera de los requisitos contemplados en el presente Reglamento.
      • c. Renovar la ayuda, manteniendo las condiciones económicas.

Contra la resolución de la Comisión no cabe recurso alguno.

Plazos de solicitud

  • Del 1 de marzo al 15 de junio de 2026: para estudiantes ya matriculados que lo solicitan por primera vez.
  • Hasta el 14 de julio de 2026: para estudiantes que renueven la ayuda.

Duración de la ayuda

Toda ayuda concedida o renovada con o sin modificación de su cuantía, lo es exclusivamente para el curso académico iniciado o que vaya a iniciarse. La renovación de la ayuda, en cualquiera de las modalidades previstas, habrá de solicitarse para cada curso académico, y se podrá disfrutar de ella siempre y cuando matricule los créditos requeridos.

Enlaces de interés

https://universidadeuropea.com/resources/media/documents/Reglamento-fallecimiento_22-23_y_ss_EplHlmg.pdf

Documentación a adjuntar

  • Todos los solicitantes deberán completar todos los datos pedidos en el impreso de solicitud de ayuda: personales, familiares, económicos y observaciones.
  • Los solicitantes de ayuda por primera vez deberán entregar fotocopia del Certificado de Defunción del responsable económico.
  • Los solicitantes de renovación de ayuda deberán entregar fotocopia, previamente sellada en una Delegación de Hacienda, o compulsada en cualquier organismo público o notarialmente, de la declaración o de las declaraciones separadas de renta y patrimonio del padre/madre o personas de las que dependa económicamente el alumno. No será necesaria la compulsa anterior si la declaración o declaraciones han sido presentadas telemáticamente e incluyen un código de verificación digital.
  • Los solicitantes de renovación de la ayuda deberán matricularse de todas las asignaturas antes del 31 de julio o el siguiente día hábil. El transcurso de este plazo sin formalizar dichos trámites implicará automáticamente la renuncia a la solicitud/concesión de la ayuda.
  • La ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico otorgadas por la Universidad Europea de Madrid será incompatible con cualesquiera otra beca o ayuda de la Universidad o de otras entidades salvo que la Universidad o esa entidad declaren expresamente la compatibilidad.
  • La ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico solamente será aplicable para la titulación en la cual el estudiante estaba matriculado en el momento de la defunción. Un cambio de titulación dentro de la propia universidad conllevará la pérdida automática del derecho a la ayuda.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas UE Fallecimiento Responsable Económico

La Universidad Europea (UE) es una prestigiosa institución académica que cuenta con un gran nivel de compromiso con respecto a su alumnado y la formación de los mismos, por lo que en cada curso académico convoca una serie de becas dirigidas a facilitar el acceso y normal desarrollo de sus estudios. En esta ocasión destacamos las Becas UE Fallecimiento Responsable Económico.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas UE Fallecimiento Responsable Económico" es: desde 01/03/2026 hasta 14/07/2026.

La Beca "Becas UE Fallecimiento Responsable Económico" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado
  • Ciclos formativos de grado superior

La Beca "Becas UE Fallecimiento Responsable Económico" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula
  • Becas para causas sobrevenidas