Universidad de Vigo (UVigo)

Becas UVigo Realización de Microcredenciales

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INSCRIPCIONES

Inicio10/04/2026 Fin27/04/2026
Abierta

Becas UVigo Realización de Microcredenciales: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Vigo (UVigo) con el propósito de captar estudiantado con talento y garantizar el acceso universal a la educación pública universitaria, presenta la convocatoria de las Becas UVigo Realización de Microcredenciales.

Para poder solicitar una de estas becas se deberán reunir una serie de requisitos como estar o haber estado matriculados en algunas de las microcredenciales indicadas en el Anexo de las bases de la convocatoria, tener una edad comprendida entre 25 y 64 años, así como encontrarse en alguna de las situaciones indicadas como: discapacidad debidamente acreditada, situación de desempleo y ser víctima de violencia de género.

Mediante las Becas UVigo Realización de Microcredenciales otorgadas, se cubrirá la cuantía de los precios públicos abonados por los estudiantes, correspondiente a la cuota de Microcredenciales desarrolladas.

La Universidad de Vigo (UVigo) es una prestigiosa institución académica que en cada año académico convoca y desarrolla un gran número de becas y ayudas orientadas a favorecer y facilitar el desarrollo de los estudios que ofrecen.

Además esta universidad trabaja constantemente para favorecer la formación académica y profesional de los sectores de la población más desfavorecidos como pueden ser personas con alguna discapacidad, personas desempleadas, o mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género.

Aquí encontrarás más detalles que seguro serán de tu interés y te servirán para optar a una de las Becas UVigo Realización de Microcredenciales.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrá solicitar las Becas UVigo Realización de Microcredenciales el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:

  • a. Estar o haber estado matriculado/a en alguna de las microcredenciales señaladas en el Anexo II.
  • b. Tener de 25 a 64 años, cumplidos en la fecha de comienzo del curso.
  • c. Encontrarse, en el plazo de presentación de solicitudes, en alguna de las siguientes situaciones:
    • Discapacidad acreditada por el organismo competente de la comunidad autónoma.
    • Desempleo acreditado por el Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma.
    • Violencia de género acreditada de acuerdo con lo establecido en la base quinta.

No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre.

Dotación

  • La cuantía máxima otorgada mediante las Becas UVigo Realización de Microcredenciales será el importe de los precios públicos abonados por el estudiantado, una vez aplicados los descuentos que correspondan, y estará sujeta a la retención fiscal que establezca la normativa vigente en esta materia.
  • El pago de la beca se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria en España indicada en la solicitud y de la que deberá ser titular.
  • Asimismo, podrá realizarse el abono de la ayuda mediante el procedimiento de pago en formalización para el estudiantado que tenga importes de precios públicos pendientes de abonar.

Presentación

  • La solicitud de las Becas UVigo Realizacióń de Microcredenciales se realizará a través del formulario en línea disponible en la Secretaría Virtual de la Universidad: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/formularios/encuesta/cubrir_paso1/15430.
  • El modelo específico de presentación de solicitudes será de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento, según el art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le solicitará que la presente de forma electrónica.

Más información

Objeto

Esta convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de Vigo como acción destinada al cumplimiento del objetivo “captar estudiantado con talento y garantizar el acceso universal a la educación pública universitaria”, mediante la financiación del importe de los precios públicos de matrícula de las microcredenciales incluidas en el Plan de desarrollo de microcredenciales universitarias, y dando respuesta a las necesidades relacionadas con la formación permanente, de forma que contribuya a la cohesión social y a reducir las desigualdades.

Incompatibilidades

Las becas que se establecen en esta convocatoria serán incompatibles con cualquier otra de la misma naturaleza y para la misma finalidad.

Selección y resolución

  • La Sección de Ayudas y Becas, tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes y una vez examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con mención de la causa de exclusión.
  • Las personas interesadas dispondrán de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para subsanar los errores, la falta de documentación y las causas de denegación. Para ello deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la Secretaría Virtual. De no presentar subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • La selección se efectuará por el Área de Becas, dando prioridad a las personas que se encuentren en situación de desempleo hasta el agotamiento del presupuesto.
  • Una vez efectuada la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con mención de la causa de denegación y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.
  • Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, debiendo emplear el formulario de alegaciones existente en la Secretaría Virtual.
  • Una vez revisadas las alegaciones, la Sección de Ayudas y Becas enviará la propuesta al vicerrector de Titulaciones e Innovación Docente, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.
  • Las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes si no se dicta resolución expresa en el plazo de 3 meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • La resolución contendrá la lista definitiva de personas beneficiarias de las becas y su cuantía, la lista de solicitudes denegadas, la causa de denegación y la lista de espera para el caso de existir renuncias.
  • Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica: https://sede.uvigo.gal/, y en el portal de becas de la web de la universidad, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Las comunicaciones individuales que resulten necesarias serán realizadas a la dirección electrónica señalada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.

Documentación a adjuntar

En el formulario en línea se adjuntará:

  • De acuerdo con los modelos anexos IV.B de la Orden HFP/1030/2021, e IV.C:
    • a. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales —relativos al daño significativo al medio ambiente, conflictos de intereses, entre otros—, establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (ANEXO IV.C).
    • b. Consentimiento a las cesiones de datos entre administraciones públicas (ANEXO IV.B).
  • En su caso, la documentación acreditativa de víctima de violencia de género, acreditada de cualquiera de las formas previstas en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género:
    • Certificación de la orden de protección o de la medida cautelar, testimonio o copia autenticada por la secretaria o el secretario judicial de la propia orden de protección o de la medida cautelar.
    • Sentencia condenatoria en el orden penal por homicidio o asesinato de las hijas o hijos de la mujer, así como de cualquier otra persona estrechamente unida a ella, por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien mantuvo con ella una relación análoga de afectividad aun sin convivencia, o cualquier otro documento que acredite la violencia vicaria; así como las demás sentencias de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer sufrió violencia en cualquiera de las modalidades definidas en la presente ley.
    • Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración pública autonómica o local.
    • Certificación de los servicios de acogida de la Administración pública autonómica o local.
    • Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia.
    • Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
    • Cualquier otra que se establezca reglamentariamente.

También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para la correcta evaluación de requisitos, méritos alegados y para el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa correspondiente a los fondos Next Generation EU.

El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.

Personas con discapacidad

Encontrarse, en el plazo de presentación de solicitudes, en alguna de las siguientes situaciones:

  • Discapacidad acreditada por el organismo competente de la comunidad autónoma.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas UVigo Realización de Microcredenciales

La Universidad de Vigo (UVigo) con el propósito de captar estudiantado con talento y garantizar el acceso universal a la educación pública universitaria, presenta la convocatoria de las Becas UVigo Realización de Microcredenciales.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas UVigo Realización de Microcredenciales" es: desde 10/04/2026 hasta 27/04/2026.

La Beca "Becas UVigo Realización de Microcredenciales" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas UVigo Realización de Microcredenciales" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas para desempleados
  • Becas de matrícula
  • Becas para cursos
  • Becas para víctimas de violencia de género