Universidad de Valladolid (UVA)

Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA)

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INSCRIPCIONES

Inicio08/07/2025 Fin31/08/2025
Abierta

Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA): solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA) ofrece apoyo a estudiantes que compaginan el deporte con sus estudios durante el curso 2024-2025. Estas becas buscan facilitar la participación de los estudiantes en competiciones deportivas oficiales y ayudar a mantener un equilibrio entre sus responsabilidades académicas y deportivas.

La cuantía de estas ayudas no podrá superar los 1.200 euros, correspondiendo la misma, al beneficiario o beneficiarios que hubiera o hubieran obtenido la máxima puntuación, y la cuantía del resto de beneficiarios será proporcional a la puntuación obtenida.

Para conceder las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA), se consideran dos criterios principales. Primero, el rendimiento deportivo basado en resultados obtenidos representando a la universidad. Segundo, la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento reconocida oficialmente. Ambos criterios se valoran en conjunto para decidir la asignación de las ayudas.

Los beneficiarios deben mantener un buen desempeño en la actividad deportiva y cumplir con las obligaciones legales vinculadas a la beca. El pago se realiza mediante transferencia bancaria.

Las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA) son una oportunidad para apoyar a los estudiantes deportistas y fomentar el deporte universitario de manera responsable y organizada. ¿Quieres saber más sobre estas ayudas?, aquí te facilitamos toda la información.

Datos básicos

Nº de becas
250
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios de las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA):

Podrán beneficiarse de estas ayudas el estudiantado que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos siguientes:

  • a. Estar matriculado durante el curso académico objeto de la convocatoria en estudios de Grado, Máster y Doctorado en la Universidad de Valladolid o centro adscrito.
  • b. Participar durante el curso académico objeto de la convocatoria en la modalidad deportiva correspondiente representando a la Universidad de Valladolid en los Campeonatos de España Universitarios 2025 en cualquiera de sus fases, o haber sido convocado y participar en los Juegos Mundiales Universitarios organizados por la FISU en Julio de 2025.

Los solicitantes, para obtener la condición de beneficiario, deberán acreditar no estar incursos en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante la aportación de una declaración responsable dirigida al Rector de la UVa, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula tal acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en materia de subvenciones, aplicable a las Universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León, artículo 6 y disposición adicional.

No se admitirán y quedarán excluidas de la convocatoria las solicitudes presentadas por personas deportistas que hayan sido sancionadas por alguna de las infracciones previstas en el artículo 15.b y 15.c del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, y quienes hayan sido sancionados por alguna de las infracciones previstas en los artículos 92, 93, 106 y 107 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León.

Dotación

La cuantía de las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA) que se conceda a cada beneficiario resultará de la evaluación ponderada de los criterios de concesión de la base novena. En todo caso, la cuantía máxima de la ayuda no podrá superar los 1200€, correspondiendo esa cuantía al beneficiario o los beneficiarios que hubiera o hubieran obtenido la máxima puntuación, y la cuantía del resto de beneficiarios será proporcional a la puntuación obtenida.

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda o beca con la misma finalidad, siempre que no se supere el coste de la actividad objeto de la ayuda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley de Subvenciones.

El número máximo de becas será de 250.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA) se presentarán a través de la aplicación de Gestión Académica Sigma, http://sigma.uva.es/Inicio/Alumnos, mediante el formulario accesible por vía telemática en el apartado de “Becas Propias”, seleccionamos “Solicitud de Becas deportivas”. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá grabarla pulsando en el apartado “Confirmar solicitud” y posteriormente en “Grabar”. La aplicación le informará de que “la solicitud se ha grabado correctamente” y podrá obtener una copia de la misma, que servirá como resguardo y, en caso de que resulte necesario, para acreditar la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Vicerrectora de Comunicación, Cultura y Deporte adjuntando obligatoriamente el formulario de “SOLICITUD BECAS DEPORTIVAS 2025” habilitado al efecto dentro de la aplicación.

Más información

Objeto

Tienen por finalidad fomentar la conciliación entre la práctica deportiva y las responsabilidades académicas de los estudiantes que representen a la Universidad de Valladolid en competiciones deportivas durante el curso académico 2024-2025, facilitando así la integración de este estudiantado en el sistema deportivo universitario.

Procedimiento de concesión y órganos competentes para su instrucción y resolución.

La concesión se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de estas becas será el Servicio de Deportes, quien realizará de oficio las actuaciones que estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos presentados por los candidatos.

Corresponde el estudio y valoración de las solicitudes presentadas al Consejo de Deportes de la Universidad de Valladolid, presidido por la Vicerrectora de Cultura, Comunicación y Deporte, que emitirá informe vinculante y debidamente motivado.

El Servicio de Deportes, a la vista del expediente y del informe del Consejo de Deportes, formulará la correspondiente propuesta motivada de concesión provisional expresando la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la beca deportiva y su cuantía, ordenados en función de la puntuación obtenida; también especificará los criterios de valoración seguidos para efectuarla. Igualmente, expresará, en su caso, la relación de solicitantes para los que se propone la denegación de la beca y los motivos de la denegación. La propuesta de concesión se publicará en la página web y en el Tablón de la Sede Electrónica de la Universidad (www.uva.es – Sede Electrónica – Tablón de Anuncios – Estudiantes), concediéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

Finalizado el trámite de audiencia, el Servicio de Deportes, a la vista de todo lo actuado, formulará la correspondiente propuesta definitiva de concesión.

La resolución corresponderá a la Vicerrectora de Cultura, Comunicación y Deporte de la Universidad de Valladolid, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias en diversos órganos unipersonales de esta universidad, y se adoptan otras medidas organizativas (BOCyL de 18/05/2022).

La resolución de concesión definitiva se publicará en el Tablón de la Sede Electrónica de la Universidad (www.uva.es – Sede Electrónica – Tablón de Anuncios – Estudiantes). La publicación de esta resolución tendrá el carácter de notificación a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También se publicará en la página web del Servicio de Deportes de la Universidad de Valladolid.

Obligaciones del beneficiario

Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda con unos niveles satisfactorios. Asimismo, los beneficiarios estarán sujetos a los deberes que, con carácter general, se establecen en los artículos 14 y 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Criterios de concesión para los solicitantes

Para la concesión de las becas deportivas se tendrán en cuenta conjuntamente y de manera ponderada los siguientes criterios: Hasta un máximo de 110 puntos el nivel de rendimiento determinado por los resultados deportivos en representación de la Universidad de Valladolid durante el curso académico objeto de la convocatoria o haber sido convocado y participar en los Juegos Mundiales Universitarios organizados por la FISU en Julio de 2025.

Hasta un máximo de 90 puntos el nivel deportivo determinado por el certificado de condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento en vigor en el curso académico 2024/2025. (Esta condición solo podrá justificarse mediante resolución del Consejo Superior de Deportes o del organismo autonómico con competencia en nombramientos de deportistas de alto nivel/alto rendimiento autonómico y será necesario que refleje el nivel deportivo de conformidad con el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento).

Los méritos serán acumulativos entre diferentes bloques, y dentro de cada bloque, será valorado únicamente el mérito de mayor puntuación tal como se indica en el anexo 1.

Régimen de pago y forma de justificación

Las ayudas se abonarán con sujeción a las reglas establecidas en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en el Presupuesto de la Universidad del año correspondiente, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la restante normativa aplicable.

El ingreso de las ayudas correspondientes se realizará, a partir de la publicación de la concesión, directamente a favor del interesado, mediante transferencia bancaria, tramitada por el servicio correspondiente de la Gerencia. De conformidad con lo previsto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, estas ayudas están exentas de su declaración en el IRPF y, en consecuencia, no están sujetas a retención.

De conformidad con lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las subvenciones concedidas no requerirán otra justificación que la acreditación de encontrarse en la situación que motiva la concesión de la ayuda.

Resolución del procedimiento, notificación y recursos

El plazo máximo para adoptar la resolución del procedimiento y efectuar la notificación al interesado será de seis meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contra la resolución de esta convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición. Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Modificación de la resolución de concesión

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

El incumplimiento total o parcial de las obligaciones impuestas con motivo de la concesión de las ayudas dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas en todo o en parte, más los intereses de demora correspondientes, conforme a los siguientes criterios de proporcionalidad:

  • El incumplimiento global de los objetivos a que se dirigía la ayuda, supondrá el reintegro total de la misma.
  • El incumplimiento parcial de los objetivos de la ayuda supondrá la devolución de una parte proporcional de su importe, previo el oportuno informe técnico de valoración económica y académica por el órgano instructor.
  • La falta de presentación, de acuerdo con lo previsto en la correspondiente convocatoria, de la documentación justificativa exigida en su caso, supondrá la devolución íntegra de las cantidades percibidas.

Documentación a adjuntar

En el momento de la presentación de la solicitud deberá adjuntarse la documentación justificativa de la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento en caso de ostentar tal condición. Esta condición solo podrá justificarse mediante resolución del Consejo Superior de Deportes o del organismo autonómico con competencia en nombramientos de deportistas de alto nivel/alto rendimiento autonómico y será necesario que refleje el nivel deportivo de conformidad con el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

La presentación de la solicitud también implica, bajo la responsabilidad de los solicitantes, lo siguiente:

  • Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicitan ayuda.
  • Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  • Que quedan enterados de que la inexactitud en las circunstancias declaradas, dará lugar a la denegación o revocación de la ayuda sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir legalmente.
  • Que el solicitante es titular o cotitular de la cuenta bancaria que ha consignado para el pago de la ayuda.

Si la solicitud presentada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, el interesado dispondrá de un plazo de diez días para completarla. De lo contrario su petición será desestimada, de acuerdo al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La tramitación de la documentación adicional o que subsane la presentada de manera incompleta o sin formato requerido en el formulario de solicitud se realizará a través del registro general electrónico de la Universidad de Valladolid (https://sede.uva.es/opencms/opencms/es/Sobre_la_Sede/Registro_Electronico/index.html)

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA)

Las Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA) ofrece apoyo a estudiantes que compaginan el deporte con sus estudios durante el curso 2024-2025. Estas becas buscan facilitar la participación de los estudiantes en competiciones deportivas oficiales y ayudar a mantener un equilibrio entre sus responsabilidades académicas y deportivas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA)" es: desde 08/07/2025 hasta 31/08/2025.

La Beca "Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA)" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Deportivas - Universidad de Valladolid (UVA)" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas deportivas