Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM)

Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete

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INSCRIPCIONES

Inicio15/01/2026 Fin22/01/2026
Próximamente

Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete están dirigidas a estudiantes interesados en colaborar con la Oficina de Relaciones Internacionales y Movilidad Nacional (Punto Erasmus) de la UCLM. Estas becas permiten a los beneficiarios compaginar su formación académica con tareas de apoyo, mejorando su perfil profesional.

Los solicitantes deben cumplir con requisitos específicos, como estar matriculados en la Facultad de Derecho de Albacete y no poseer un título universitario oficial. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no haber disfrutado previamente de becas de colaboración de la UCLM por más de 22 meses. Las Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete no son compatibles con otros tipos de ayudas, salvo algunas excepciones como las becas para prácticas académicas retribuidas.

Los beneficiarios tendrán la responsabilidad de cumplir con el plan formativo establecido, garantizar la confidencialidad de los datos personales y presentar una memoria de actividad al finalizar la beca. 

Con las Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete, los estudiantes tendrán la posibilidad de enriquecer su formación y adquirir experiencia en un entorno académico internacional, trabajando en proyectos que fomentan la movilidad y las relaciones internacionales. Si te interesan estas ayudas, aquí te facilitamos todos los datos que debes saber.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Grado
Carrera
  • Derecho
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán participar en esta convocatoria de Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado/a en enseñanza oficial de cualquiera de los Grados de la Facultad de Derecho de Albacete de la UCLM durante el curso 2025/2026, siendo necesario que el/la estudiante continúe con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. A estos efectos, no podrán solicitarla aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado, según proceda, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
  • No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
  • No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
  • No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
  • No se podrá disfrutar de la beca cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
  • No podrán ser beneficiarios/as de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla la Mancha.

Dotación

El importe mensual bruto de las Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete es de 320 € (trescientos veinte euros).

Esta ayuda no está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El porcentaje de retención aplicable vendrá determinado por la cuantía de la ayuda, por las circunstancias personales y familiares del interesado/a y por el período de cobro de la citada beca.

Estas becas, dado su carácter formativo en servicios universitarios, quedan expresamente incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (B.O.E. de 27/10/2011) por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Presentación

Las solicitudes para las Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo III de la presente convocatoria y estarán dirigidas al Decano de la Facultad de Derecho de Albacete. Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.

El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 15 de enero de 2026 hasta las 14:00 horas del 22 de enero de 2026.

Más información

Objeto

  • Se convoca una beca de colaboración destinada a que las personas beneficiarias presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en la Facultad de Derecho de Albacete para apoyar a su Oficina de Relaciones Internacionales y Movilidad Nacional (Punto Erasmus), conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.
  • La persona beneficiaria de la beca quedará adscrito a la Facultad de Derecho de Albacete, bajo la tutela de D. Tomás Vicente Ballesteros, Vicedecano de Relaciones Internacionales, Movilidad Nacional y Estudiantes.

Comisión de selección, criterios de selección, propuesta de adjudicación y resolución

  • La adjudicación de la beca se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, se atenderá en todo caso a los principios de igualdad, mérito y capacidad y se velará por la correcta acreditación de los requisitos para garantizar unas condiciones de efectiva concurrencia.
  • La persona beneficiaria será seleccionada por una Comisión de selección integrada por:
    • José María Martí Sánchez, Decano de la Facultad de Derecho de Albacete, UCLM
    • Tomás Vicente Ballesteros, Vicedecano de Relaciones Internacionales, Movilidad Nacional y Estudiantes de la Facultad de Derecho de Albacete, UCLM
    • María Eugenia Cano Jiménez, Ejecutiva de la Facultad de Derecho de Albacete, UCLM
  • La Comisión valorará las solicitudes de los/as aspirantes sobre la base de los méritos aportados, atendiendo al grado de adecuación de dichos méritos al destino y a los requisitos y objetivos previstos. Para ello se tendrá en cuenta:
    • a. El expediente académico de las personas candidatas (hasta 4 puntos).
    • b. El Currículum Vitae (hasta 3 puntos).
      • Conocimientos informáticos (1 punto).
      • Conocimientos de idiomas (2 puntos).
    • c. Formación y/o experiencia y capacidad en habilidades sociales, atención al público y actividades de compromiso (hasta 3 puntos).
  • Si lo considera necesario, la Comisión podrá realizar una entrevista personal para aclarar determinados aspectos de los méritos aportados.
  • La Comisión podrá proponer, en su caso, un listado de suplentes, que conservará vigencia hasta la finalización del período de beca, con el objetivo de cubrir posibles ceses o renuncias de la persona inicialmente becada.
  • Con todo lo anterior, la Comisión formulará la propuesta de concesión provisional, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión provisional de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión, y dará un plazo de tres días para que los/as interesados/as puedan formular alegaciones.
  • La resolución provisional se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Centro. Una vez terminado el plazo de tres días para alegaciones a la resolución de concesión provisional se reunirá nuevamente la Comisión de selección para estudiar las alegaciones recibidas, tras lo que emitirá la propuesta definitiva, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión definitiva de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Si no hubiera alegaciones se elevará la resolución provisional a definitiva sin necesidad de que se reúna la comisión.
  • La resolución definitiva se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Centro. Asimismo, la resolución de concesión definitiva se comunicará a la base de datos nacional de subvenciones (BDNS).

Obligaciones de la persona beneficiaria

  1. Incorporarse a su actividad en la Facultad de Derecho de Albacete desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
  2. Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
  3. Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  4. La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
  5. Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
  6. Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el/la becario/a, con el visto bueno de su tutor/a, deberá presentar una memoria de la actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.
  7. La persona beneficiaria suscribirá una declaración antes de comenzar a percibir el importe de la beca en la que indique que en ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual (laboral o administrativa), con la UCLM.

Incompatibilidades

Estas becas de colaboración son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda. A dichos efectos, se declara expresamente la incompatibilidad de estas ayudas tanto con las concedidas por las administraciones públicas como con cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio otorgada por la Universidad de Castilla-La Mancha. Son una excepción las ayudas de carácter general convocadas para el curso correspondiente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, las becas en cuyas convocatorias se recoja la compatibilidad con la convocatoria de becas de colaboración de forma expresa o las ayudas por la realización de prácticas académicas retribuidas, siempre que no se mantenga en el tiempo la situación de incompatibilidad; en este último caso, podrá solicitarse una suspensión temporal durante la realización de las prácticas para continuar con la beca de colaboración a su finalización. No se podrá disfrutar de estas becas de colaboración mientras el/la solicitante mantenga una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o esté trabajando por cuenta propia. No obstante, de generarse esta situación una vez iniciado el disfrute de la beca, podría solicitarse suspensión temporal (con la duración que previamente determine la relación laboral o administrativa) para continuar, a su extinción, con el disfrute de la beca de colaboración.

Renuncia, suspensión y revocación de la beca

  • Deberá renunciar por escrito a la beca de colaboración toda persona beneficiaria que:
    • a. Deje de cumplir los requisitos que fundamentan la concesión y disfrute de la misma.
    • b. Incurra en alguna de las incompatibilidades establecidas en la presente convocatoria.
  • La renuncia deberá presentarse mediante escrito dirigido Decano de la Facultad de Derecho de Albacete. El escrito motivará la causa de dicha renuncia y concretará la fecha a partir de la cual dicha causa concurra.
  • La persona beneficiaria que renuncie justificadamente a la beca de colaboración podrá solicitar, en el mismo escrito de renuncia, su inclusión en el último puesto de la lista de suplentes.
  • Serán causas de revocación de la beca de colaboración:
    • a. No cumplir con las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como un rendimiento insuficiente en el desempeño de las actividades previstas en el plan formativo. En estos casos, la persona beneficiaria debe reintegrar las retribuciones percibidas que corresponda.
    • b. Seguir disfrutando de la beca sin tener derecho a ello ni haber renunciado a la misma por circunstancias sobrevenidas, lo cual determinará que la persona beneficiaria reintegre a la Universidad las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que proceda ejercitar por posible fraude.
  • Cobertura de vacantes:
    • a. En el caso de que la beca quedase vacante por renuncia, revocación o cualquier otra causa, se otorgaría al/a la suplente que correspondiera en el orden establecido, si cumpliera las condiciones requeridas para el disfrute de dicha beca.
    • b. En el mes en el que se produzca la renuncia, suspensión, revocación o cese, el/la becario/a tendrá derecho a la parte proporcional de la dotación de la beca, considerando los días transcurridos hasta entonces. Antes de ese último libramiento se deberá aportar la memoria indicada en la base octava, apartado 6, de esta convocatoria.
    • c. En supuestos de enfermedad debidamente justificados o ausencias autorizadas, se suspenderá el disfrute de la beca durante el período en el que persistan las circunstancias determinantes de la suspensión, quedando reanudado una vez que desaparezcan las mismas. Durante ese período, el/la responsable del servicio podrá sustituir al becario/a con el/la suplente que figure a continuación en el listado.

Documentación a adjuntar

Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos:

  • a. Currículum Vitae (CV).
  • b. Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.

Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete

Las Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete están dirigidas a estudiantes interesados en colaborar con la Oficina de Relaciones Internacionales y Movilidad Nacional (Punto Erasmus) de la UCLM. Estas becas permiten a los beneficiarios compaginar su formación académica con tareas de apoyo, mejorando su perfil profesional.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete" es: desde 15/01/2026 hasta 22/01/2026.

La Beca "Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Relaciones Internacionales Movilidad Facultad Derecho Albacete" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de colaboración