Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM
INSCRIPCIONES
Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM ofrecen a los estudiantes de la Universidad de Castilla-La Mancha la posibilidad de realizar estancias de estudios y prácticas en universidades extranjeras. Estas becas están destinadas a quienes buscan ampliar su formación académica y profesional en el extranjero, con el respaldo y reconocimiento de la UCLM.
Los estudiantes pueden elegir hasta siete destinos según su perfil académico y nivel de idiomas. Este programa de movilidad internacional tiene una duración de entre 3 y 12 meses, dependiendo del ciclo de estudios y modalidad de la estancia. Los seleccionados disfrutarán de exención de tasas en la universidad de destino y, en algunos casos, becas complementarias. Los destinos varían según el área de estudios y la lengua en que se imparten las asignaturas. Además, los estudiantes que elijan destinos en Suiza se beneficiarán de una dotación económica específica, que será establecida por el gobierno suizo.
Las Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM son una excelente opción para estudiantes de grado o máster que deseen adquirir experiencia internacional y obtener créditos válidos en su plan de estudios.
El proceso de solicitud es sencillo y se realiza a través de la aplicación online de la UCLM, con plazos específicos para cada convocatoria. Además de los requisitos académicos, los participantes deberán cumplir con las condiciones de la universidad de destino y la UCLM, incluyendo seguros y la gestión de visados.
Las Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM permiten a los estudiantes vivir una experiencia única y enriquecedora a nivel académico y personal y nosotros te damos todos los datos por si deseas solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Argentina
- Brasil
- Chile
- Colombia
- México
- Nacionalidades
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad de terceros países no asociados al programa Erasmus
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos de los beneficiarios de las Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM:
Estar debidamente matriculado en titulaciones oficiales que se impartan en la UCLM durante el curso académico de solicitud (2025/26) y durante el curso de realización de la estancia (2026/27) en el mismo ciclo y área de estudios, con docencia durante el curso de la estancia. Solo tendrán acceso a esta convocatoria los estudiantes que cumplan los requisitos a fecha de carga de datos, realizada antes del inicio del plazo de solicitud.
Poseer la nacionalidad de alguno de los países de la Unión Europea (UE) o de terceros países, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período completo de realización de la movilidad.
Tener superados un mínimo de 30 créditos de las titulaciones de grado antes de la publicación de la presente convocatoria o estar matriculado en estudios oficiales de máster.
Tener pendiente de matricular para el curso en el que se realice la estancia de movilidad, al menos, 15 créditos por semestre o 12 por un trimestre. Este requisito no se aplica a los programas de postgrado.
Tener una nota media en su expediente igual o superior a cinco (5) puntos de acuerdo con la carga de datos realizada antes del inicio del período de solicitud. Este requisito no se aplica a los estudiantes de programas de postgrado.
En caso de que el destino requiera la acreditación de idioma, se podrá acreditar hasta un día antes del fin de plazo de solicitud, especificado en la base 6.1. de esta convocatoria. Con carácter general, se deberá acreditar un nivel B1 o superior en la lengua oficial en la que se imparten las asignaturas que se realicen en la universidad de destino, o en su defecto, en lengua inglesa. El nivel de conocimiento de idioma vendrá acreditado por la oportuna certificación, de acuerdo con la Resolución de 20/07/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se publica el Reglamento sobre reconocimiento del dominio de una lengua extranjera para la obtención del título de grado y sobre certificación del nivel MCERL de conocimiento de lenguas extranjeras por la Universidad de Castilla-La Mancha [2021/8584] y la Actualización del Anexo I del Reglamento sobre reconocimiento acreditación de una lengua extranjera y certificación nivel MCERL [2025/5426].
Se reconocerá un nivel C1 de un idioma al estudiantado que tenga esa lengua como lengua materna o aquel estudiantado con titulación en una institución de educación superior cursada en el idioma de dicho país. En ambos casos deberán aportar documentación justificativa, ya sea una declaración responsable en el caso de la lengua materna o copia de la titulación obtenida. El personal de la ORI comprobará el nivel de idioma de los solicitantes, quienes deberán aportar bien por Soporte en el paso 1 de solicitud, bien personándose en la ORI con la certificación oportuna.
No obstante, algunas universidades de destino podrán requerir un nivel de conocimiento de idioma superior al exigido en esta convocatoria. Por ello, cada estudiante se responsabilizará de verificar el nivel de idioma exigido en el Anexo II “Listado de destinos elegibles”.
Los estudiantes de la UCLM podrán realizar un máximo de 12 meses por ciclo de estudios en Programas Propios.
Además de los requisitos generales, los solicitantes deberán cumplir los requisitos específicos para cada plaza, tanto en el momento de realizar la solicitud, como durante el curso de la estancia, de acuerdo con las condiciones en cuanto a centro, ciclo, especialidad, curso y otras señaladas como observaciones en cada uno de los destinos (ver anexo II: “Listado de destinos elegibles”).
Dotación
La dotación económica de las Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM y sus condiciones están supeditadas a la aportación que se reciba de las entidades financiadoras. Las ayudas para las movilidades dentro de Programas Propios dependerán de los acuerdos suscritos con las instituciones socias. Todos los programas propios tienen exención de tasas en la institución de destino y, alguno de ellos, becas complementarias. Ver anexo II “Listado de destinos elegibles”.
Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda, beca, préstamo o subvención al estudio de carácter nacional o internacional.
BECAS SANTANDER UNIVERSIDADES Y UCLM
El Banco de Santander y la UCLM ofrecen ayudas complementarias a la movilidad internacional dentro de los programas propios a los estudiantes participantes en las convocatorias de movilidad internacional de la UCLM. Las modalidades, número de becas, cuantía económica, plazo y modo de solicitud para esta convocatoria, son las siguientes:
Tabla de becas Santander Universidades y UCLM:
Orden de asignación:1.
Modalidad: Santander NO Erasmus+ 2026.
- Número de becas: 6.
- Cuantía por beca: 1.500 €.
- Solicitud: Santander_Open_Academy.
- Plazo: Desde el 03/12/2025 hasta el 16 de marzo de 2026.
- Financiación total: 9.000 €.
Orden de asignación:3.
Modalidad: Ayuda de Movilidad Internacional 2026 NO Erasmus+.
- Número de becas: 10.
- Cuantía por beca: 350 €.
- Solicitud: UCLM -AIRei.
- Plazo: Desde el 03/12/2025 hasta el 16 de marzo de 2026.
- Financiación total: 3.500 €.
a. Requisitos de participación
- Ser estudiante de grado o master oficial en la UCLM.
- Realizar la solicitud en las modalidades indicada en la “Tabla de Ayuda de Movilidad Internacional UCLM”.
- Haber realizado una solicitud en la convocatoria de Programas Propios de la UCLM dirigida para el curso 2026/27”.
b. Orden de asignación y criterios de adjudicación:
- Las becas se asignarán a los estudiantes que tengan el mejor expediente académico multiplicado por el coeficiente corrector de acuerdo con la rama de conocimiento en la que se encuentren adscritos los estudios cursados, tal y cómo se establece en el Anexo I (Procedimiento de solicitud), punto 1.1. de esta convocatoria.
- En caso de empate, se realizará por riguroso orden de prelación de apellido de acuerdo con la Resolución de 26/11/2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica la letra para determinar el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos de ingreso que se convoquen por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante el año 2025 y que para los efectos de esta convocatoria será la letra N. En el supuesto de que no exista ninguna persona empatada cuyo primer apellido comience por la letra “N”, se asignará a aquéllas cuyo primer apellido comience por la letra “Ñ”, y así sucesivamente.
IMPORTANTE:
- Quedarán excluidos:
- Los estudiantes de la UCLM que realicen la solicitud de alguna de las modalidades indicadas en la “Tabla de Becas Santander Universidades y UCLM”, y no obtengan una plaza de movilidad en la “Convocatoria de Programas Propios de estudiantes. Modalidad estudios y prácticas. Curso académico 2026/27”.
- Los estudiantes de la UCLM que obtengan una plaza de movilidad en la “Convocatoria de Programas Propios para la movilidad internacional de estudiantes. Modalidad estudios y prácticas. Curso académico 2026/27” y no hubieran realizado la solicitud de las ayudas indicadas en la “Tabla de Becas Santander Universidades y UCLM”.
- Únicamente se asignará una de las modalidades de las ayudas indicadas en la “Tabla de Becas Santander Universidades y UCLM” por estudiante, dado que son incompatibles entre sí.
- Ayuda de Movilidad Internacional NO Erasmus+ 2026: solamente podrá asignarse esta ayuda a aquellos estudiantes que obtengan una plaza de movilidad en la “Convocatoria de Programas Propios de estudiantes. Modalidad estudios y prácticas. Curso académico 2026/27” y que hayan solicitado la ayudas “Santander NO Erasmus+ 2026” y no hayan obtenido plaza en esta modalidad.
Retención por IRPF:
El estudiantado recibirá su ayuda por el importe que corresponda, según la liquidación de los puntos anteriores. El importe abonado estará exento de la retención en concepto del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que le pueda corresponder.
Presentación
Antes de la realización de la solicitud, el candidato deberá comprobar que en la universidad o universidades de destino que desea elegir existe una oferta académica adecuada y suficiente para su perfil académico.
Las solicitudes para las Becas Movilidad Internacional Programas Propios UCLM se cumplimentarán a través de la aplicación informática habilitada en la dirección: https://AiRei.apps.uclm.es/ durante el periodo especificado en la base 6.1. En la solicitud aparecerá la relación de aquellos destinos a los que puede optar el candidato de acuerdo con su perfil académico y nivel de idioma acreditado en AiRei.
Se podrán elegir hasta 7 destinos (no es obligatoria la selección de los siete destinos) enumerados por orden de preferencia que no podrá ser modificado a instancias del solicitante una vez terminado el plazo de solicitudes, y se considerará vinculante a todos los efectos.
La adjudicación de plazas se realizará por riguroso orden de puntuación, tal y como se indica en el Anexo I (Procedimiento de solicitud) y preferencia de los candidatos. Esta vinculación seguirá aplicándose en todas y cada una de las sucesivas adjudicaciones.
El Anexo I (Procedimiento de solicitud) de esta convocatoria ofrece información detallada sobre la presentación de solicitudes y criterios de selección, así como la aceptación, renuncia y disponibilidad de vacantes.
Más información
Objeto
El objeto de esta convocatoria es la selección de estudiantes para participar en una estancia de movilidad internacional en universidades de todo el mundo con las que la UCLM tiene firmado un convenio de estancia para estudios y/o prácticas, garantizando el reconocimiento de estos estudios y/o prácticas en los términos previstos en la normativa de movilidad internacional de la universidad.
Los estudiantes seleccionados tendrán la posibilidad de realizar un período de estudios y/o prácticas de cualquiera de las titulaciones oficiales que imparte la UCLM durante el curso 2026/27 en una universidad extranjera.
La modalidad de estancias Programas Propios contempladas en el punto 1.1. tienen una duración de 3 a 12 meses por ciclo de estudios. Una movilidad puede declararse no elegible si no se justifica la estancia mínima.
El listado de destinos elegibles puede consultarse en el Anexo II de esta convocatoria. La candidata o el candidato sólo tendrá acceso a los destinos que le correspondan según su área de estudios y nivel de idiomas acreditado.
Los estudiantes de la UCLM podrán realizar varias estancias de movilidad internacional durante el mismo curso académico, siempre que no se lleven a cabo de manera simultánea.
Las movilidades de estudiantes, si existieran circunstancias atribuibles a situaciones excepcionales autorizadas por ambas instituciones, podrán realizarse en las siguientes modalidades:
- Blended Mobility o movilidad combinada: se inicia la estancia de manera virtual, esto es, sin desplazamiento al lugar de destino siguiendo la docencia de manera telemática, y se cambia a modalidad física con desplazamiento al país de destino cuando las circunstancias lo permitan.
- Movilidad virtual: toda la estancia se realiza sin desplazamiento al lugar de destino. Las estancias en movilidad virtual no reciben financiación, pudiendo obtener el oportuno reconocimiento a efectos académicos.
Estancias en Suiza
Los estudiantes seleccionados para destinos ubicados en Suiza se considerarán beneficiarios de Programas Propios. La dotación económica de estas plazas vendrá establecida por el gobierno suizo.
Obligaciones del participante
El estudiantado saliente que obtenga una estancia de movilidad dentro de las plazas ofrecidas en esta convocatoria, una vez aceptada la movilidad asignada, deberá cumplir las obligaciones especificadas en el art. 16 del Reglamento de movilidad internacional de la UCLM.
Antes de la movilidad:
- Cumplimentar un contrato de estudios y/o prácticas que, de manera general, deberá respetar los siguientes límites: mínimo 12 créditos y máximo 24 para estancias trimestrales, mínimo 15 créditos y máximo 30 para estancias cuatrimestrales y mínimo 30 créditos y máximo 60 para estancias de curso completo. Para estudiantes de doble grado: mínimo 12 créditos y máximo 24 para estancias trimestrales, mínimo 15 créditos y máximo 36 para estancias cuatrimestrales y mínimo 30 créditos y máximo 72 para estancias de curso completo. En el caso de que exista normativa específica en materia de movilidad internacional por parte del centro del estudiante en la UCLM, será responsabilidad del participante informarse previamente a la elaboración del acuerdo de estudios y/o prácticas a través del coordinador/a de movilidad de su centro.
- Formalizar la matrícula en la UCLM y abonar sus tasas para el curso de la movilidad 2026/27, con exención en la universidad de destino.
- Una vez concedida la beca, el beneficiario deberá informarse sobre el proceso de admisión en la universidad de destino y asumir la responsabilidad de su gestión, salvo en aquellos trámites que la institución de destino requiera que realice la UCLM. Asimismo, deberá cumplir con los plazos y requisitos establecidos por la universidad de destino para la gestión de su solicitud de admisión, ajustándose al procedimiento indicado en el Reglamento de movilidad internacional de la UCLM.
- Los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención serán responsabilidad de los participantes, excepto en aquellos destinos donde se especifique lo contrario. Los participantes deberán informarse sobre los trámites correspondientes para organizar su estancia y mantenerse en contacto con la oficina de relaciones internacionales de su campus. Las instituciones de acogida deben proveer a los estudiantes información adecuada sobre la búsqueda de alojamiento antes del inicio de su movilidad. En el caso de que los estudiantes sean objeto de cualquier fraude o discriminación, la institución de acogida debe prestar la asistencia y apoyo necesarios para solventar la situación. Además, la institución de envío deberá ayudar a los participantes en la búsqueda de alojamiento cuando sea necesario, contactando con su contraparte en la institución de destino.
- Aportar la documentación requerida por las oficinas de relaciones internacionales de la UCLM para justificar la duración de su estancia y los ingresos recibidos en tiempo y forma, así como, firmar el acuerdo de estudios y/o prácticas.
- Llevar a término su estancia en la universidad de destino.
- Contratar y abonar los seguros de enfermedad, accidentes, responsabilidad civil, repatriación o cualquier otro que se exija con carácter obligatorio en cada programa de movilidad, país o universidad para la duración total de la estancia. En el caso de países de la Unión Europea, se comprometen a obtener la Tarjeta Sanitaria Europea o documentación equivalente. La Universidad de Castilla-La Mancha cuenta con un programa de seguros para cubrir las necesidades generales. Para más información consultar el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los estudiantes de la UCLM en Gerencia: Seguros.
- Tramitar visados y la documentación necesaria solicitada por el país y para la admisión en la universidad de destino.
- Asistir a las reuniones informativas convocadas por los coordinadores de movilidad de cada centro, directores académicos y/o por las oficinas de relaciones internacionales.
- Aceptar todas las condiciones del programa de intercambio.
Durante la movilidad:
- Mantener el contacto y estar localizable tanto por la ORI, como por el coordinador de movilidad de su centro, que podrán ponerse en contacto con el estudiante en cualquier momento de la estancia.
- Respetar las normas tanto de la institución de destino como de la residencia universitaria o lugar de alojamiento elegido. La notificación por parte de la universidad de destino de mal comportamiento del participante puede ser motivo, en atención a su gravedad, de suspensión de la estancia.
- Comunicar a la ORI, en un plazo máximo de 15 días, la incorporación a la institución de destino, contados desde la fecha fijada por dicha institución. Además, cualquier cambio relacionado con la plaza asignada debe ser comunicado de inmediato tanto al coordinador de movilidad del centro como al personal de la ORI, teniendo en consideración que, de no hacerlo, se entenderá que renuncia a la plaza de movilidad concedida y decaerá en su derecho de disfrute de la ayuda económica y de participar en programas de movilidad durante el mismo curso académico y el siguiente, tal y como indica el art. 16 2.a) del Reglamento de movilidad internacional.
- Los participantes dispondrán de un mes desde la llegada a destino para realizar las modificaciones que estimen oportunas al acuerdo de estudios y/o prácticas.
- Los participantes que soliciten ampliación de estancia deberán solicitarlo antes del 30 de noviembre del curso académico en el que se realiza la estancia, o antes del 30 de octubre en el caso de estudiantes que requieran la tramitación de un visado o permiso equivalente para permanecer en el país de destino, tal y como indica el artículo 21.2 del Reglamento de movilidad internacional de la UCLM.
Después de la movilidad:
- Los participantes en estancias de movilidad para estudios y/o prácticas recibirán el reconocimiento de estudios y/o prácticas de acuerdo con lo especificado en el acuerdo de aprendizaje y los resultados académicos obtenidos. El estudiantado encontrará información al respecto en el Reglamento de movilidad internacional de la UCLM, así como en el anexo “Tablas de equivalencias de calificaciones” de la Guía de Relaciones Internacionales, y en la Tabla de distribución de calificaciones.
- Para ello deberán:
- Aportar, en el plazo máximo de un mes desde el fin de la estancia, toda la documentación justificativa de su estancia, para recibir, en los casos que corresponda, el pago final de la beca.
- En caso de que el participante no aporte los documentos requeridos, no haya completado su estancia, o no haya entregado la documentación en el plazo mencionado, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, deberá reintegrar el importe total de la ayuda concedida, y la penalización en convocatorias posteriores de movilidad.
- Si la duración final de la estancia fuera menor de la que refleja el convenio de subvención firmado antes de iniciar la movilidad según lo indicado en el certificado de estancia, se procederá a reajustar el pago final al total correspondiente de la estancia real o, si fuera necesario, se solicitará al estudiante la devolución de la parte correspondiente a la diferencia.
Incompatibilidades
La estancia de movilidad regulada por la presente convocatoria será incompatible con la realización de cualquier otra movilidad durante el mismo curso académico a excepción de lo estipulado en la base 1.6.
La estancia de movilidad internacional asignada será incompatible con la realización de cualquier otra movilidad durante el mismo curso académico a excepción de los estipulado en la base 1.5.
Resolución, alegaciones y recursos
La resolución provisional que concederá las movilidades será publicada en la página web de la UCLM. Las personas interesadas tendrán un plazo de dos días desde la fecha de dicha publicación para presentar alegaciones. Una vez resueltas, se publicará en el mismo lugar la resolución definitiva que pondrá fin a la vía administrativa, y podrá ser objeto de recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación o al de la notificación. No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra dicha resolución definitiva recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga la resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.






