Becas Estudios Presenciales fuera de Fuerteventura
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Becas Estudios Presenciales fuera de Fuerteventura: solicitud y plazos
Descripción
El Cabildo de Fuerteventura sigue trabajando para que todos los ciudadanos tengan acceso a la educación a través de su programa de becas y ayudas al estudio. Estas ayudas quieren facilitar el acceso con beneficios económicos a aquellas personas que estén cursando estudios de enseñanza conducentes a la obtención de un título oficial.
Gracias a estas becas, se pretende sufragar el gasto que supone la compra de material educativo, didáctico y/o tecnológico que se necesita parra el correcto desarrollo de los estudios.
Para ello, el Cabildo de Fuerteventura convoca las Becas para la realización de estudios oficiales presenciales fuera de la isla de Fuerteventura destinadas a estudiantes de enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado, Máster, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero técnico y Arquitecto técnico. También van dirigidas a estudiantes de estudios oficiales de Formación Profesional de Grado Medio y Superior y Estudios Artísticos Superiores.
Para ser beneficiario de las Becas Estudios Presenciales fuera de Fuerteventura, los solicitantes deben cumplir con los requisitos generales y específicos para esta convocatoria.
Consulta aquí todas las becas y ayudas convocadas por el Cabildo de Fuerteventura. Si deseas solicitar una de las Becas Estudios Presenciales fuera de Fuerteventura, le facilitamos toda la información, requisitos plazos, etc.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ingeniería
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Arquitectura
- Artes plásticas y Diseño
- Música
- Danza
- Arte Dramático (Teatro)
- Postgrado-Especialidad
- Audiovisuales
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Localidad
Fuerteventura
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Beneficiarios
Las personas interesadas en la concesión de una beca o ayuda al estudio a través de estas bases reguladoras, deberán cumplir los siguientes requisitos generales, además de los requisitos específicos de las diferentes modalidades:
- Quienes figuren empadronados en la isla de Fuerteventura al menos durante el último año de manera ininterrumpida en cualquier municipio de la isla, tomando como fecha para el cómputo el último día del mes en que se publique la convocatoria, de conformidad con el artículo 27 de estas bases. Excepto los solicitantes de las becas de investigación, dado las características de dichas becas.En el caso de las becas reguladas en los capítulos II, IV y V del Título III, la antigüedad en el padrón deberá ser de los últimos dos años.
- Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En este último caso, se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre el derecho y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Requisitos generales:
- No estar en posesión de un título académico de igual o superior rango o categoría al de los estudios para los que solicita beca o ayuda, siempre que se hubiese recibido beca del Cabildo de Fuerteventura para la obtención de aquel.
- No tener pendiente de justificación o reintegro, en plazo vencido, de otras ayudas concedidas por el Cabildo de Fuerteventura.
- La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
- Que la Renta de la unidad familiar y/o del solicitante (si se encuentra emancipado) no supere los límites o umbrales que se establecen en las bases reguladoras específicas de cada modalidad. Los requisitos deben cumplirse al último día del mes de publicación de cada convocatoria,siempre que no se establezca de manera expresa un cómputo distinto en los requisitos específicos de cada modalidad.
** Consultar requisitos económicos y académicos en caso necesario, en el pdf que se facilita en el campo "Enlaces de interés".
Requisitos específicos
- Estudios de ESO y Bachillerato:
- a. Estar federado en cualquier disciplina deportiva en algún club con sede fuera de la isla de Fuerteventura.
- b. Hospitalización o tratamiento sanitario del solicitante, sus progenitores o hermanos.
- c. Haber aprobado el número de asignaturas del curso anterior que le permita pasar al siguiente, entendiéndose que la no presentación en alguna de aquellas equivale al suspenso de la misma.
- Estudios de Formación Profesional:
- a. Estudios no contemplados en la oferta educativa oficial de la isla, o porque estando contemplados en esa oferta, se acredite que no se obtuvo plaza.
- b. Haber aprobado el número de asignaturas del curso anterior que le permita pasar al siguiente, entendiéndose que la no presentación en alguna de aquellas equivale al suspenso de la misma.
- Enseñanzas universitarias:
- a. Estar matriculado de al menos el 50% de los créditos que conforman un curso dentro del plan de estudios oficial de la carrera. Este número mínimo de créditos no será exigible en el caso de alumnos a quienes, para finalizar sus estudios, le resten un número de créditos inferior al 50% de los créditos que conforman un curso académico.
- b. Haber aprobado, como mínimo, un 30% de los créditos en que se haya matriculado en el curso anterior o último curso realizado, para el caso de estudios universitarios estructurados por créditos.
- Estudios de postgrados oficiales, doctorados o máster oficial o de otros programas de postgrados (experto o especialista universitario):
- a. Podrán acceder a este tipo de becas aquellos estudiantes que estén en posesión de un título universitario de grado o de primer o segundo ciclo de diplomado, licenciado, ingeniero,arquitecto, ingeniero técnico o maestro y que no hayan sido becados por este Cabildo para los estudios de postgrados oficiales, doctorados o máster oficial o de otros programas de postgrados (experto o especialista universitario).
- b. Podrán acceder a este tipo de Becas aquellos estudiantes que estén en posesión de un título superior en estudios artísticos superiores, en cualquiera de sus ámbitos y que no hayan sido becados por este Cabildo para los estudios de postgrados oficiales, doctorados o máster oficial o de otros programas de postgrados (experto o especialista universitario).
- c. Esta beca solo podrá disfrutarse durante un máximo de dos cursos académicos, bien para estudiar un máster o un programa de doctorado con una duración de dos cursos académicos o bien para cursar un máster universitario oficial de un curso académico de duración asociado a un programa de doctorado que dure otro curso académico de manera consecutiva.
Dotación
La cuantía según las diferentes modalidades será la siguiente:
Becas para la realización de estudios presenciales y semipresenciales de ESO,Bachillerato y FP fuera de la isla:
- 12 puntos: 1.800,00 euros.
- 11 puntos: 1.700,00 euros.
- 10 puntos: 1.600,00 euros.
- 9 puntos: 1.400,00 euros.
- 8 puntos: 1.200,00 euros.
- 7 puntos: 1.000,00 euros.
- 6 puntos: 900,00 euros.
- 5 puntos: 700,00 euros
Becas para la realización de estudios presenciales de grado universitario y estudios de posgrado fuera de la isla:
- 12 puntos: 2.800,00 euros.
- 11 puntos: 2.700,00 euros.
- 10 puntos: 2.600,00 euros.
- 9 puntos: 2.400,00 euros.
- 8 puntos: 2.200,00 euros.
- 7 puntos: 2.000,00 euros.
- 6 puntos: 1.900,00 euros.
- 5 puntos: 1.700,00 euros
Presentación
Las solicitudes deberán presentarse únicamente a través de la plataforma web de solicitud y seguimiento de las Becas de estudio: https://becas.cabildofuer.es
Más información
Criterios de valoración
Solo se valorarán aquellas solicitudes que cumplan con todos los requisitos señalados en las bases reguladoras, así como aquellas que aporten toda la documentación exigida.
Si las solicitudes y los solicitantes, cumplen con los requisitos generales y específicos establecidos en las bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo Insular de Fuerteventura, se aplicarán los criterios de valoración establecidos en el Capítulo III del Título III de bases reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo de Fuerteventura según el tipo de beca solicitada, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el Título I, de acuerdo a los estudios para el que solicita la beca o ayuda al estudio.
Plazo de resolución
El plazo máximo de resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si por causa justificada no pudiera resolverse en este plazo, se ampliará en tres meses más el plazo de resolución.Con carácter general, transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente, se entenderá desestimada.
La resolución de concesión becas podrá realizarse de manera individual, parcial o total.
Medios de notificación
Los siguientes actos o resoluciones se notificarán a los interesados de acuerdo con el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la publicación en la página web del Cabildo de Fuerteventura (www.cabildofuer.es), en la Sede Electrónica (sede.cabildofuer.es) y tablón es electrónicos de anuncios oficiales de la corporación. Además los interesados podrán recibir en la dirección de correo electrónico que hayan indicado en el registro de usuario, un aviso de la publicación de aquellos actos en los que figuren.
Requerimiento de subsanación y mejora de las solicitudes de becas y ayudas al estudio.
Resolución o resoluciones provisional/es y definitiva/s de becas y ayudas al estudio concedidas, denegadas y desistidas. Cualquier otra información que sea de conocimiento general por los solicitantes (solicitudes y documentación a aportar con la solicitud).
Enlaces de interés
Bases reguladoras donde encontrarás los requisitos económicos y académicos: http://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/bases_becas_estudio.pdf ://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/bases_becas_estudio.pdf
Resolución de las Becas Estudios Presenciales Fuera de Fuerteventura http://www.cabildofuer.es/documentos/Educacion/Becas/becas_estudio/23_24/convocatoria_fuera_isla.pdf
Documentación a adjuntar
En todas las modalidades, en caso de no autorización expresa a aquellos documentos a los que pueda acceder el Cabildo de Fuerteventura según se muestre en la página web de solicitudes, deberá aportarse:
- DNI/NIE del solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento de la isla de Fuerteventura donde resida el solicitante y se acredite la residencia en el mismo durante, al menos, 1 año anterior a la convocatoria, tomando como fecha final del cómputo el último día del mes en que se publica la convocatoria. En el caso en que el solicitante haya residido en dos municipios diferentes de la isla durante el último año deberá acreditarlo entregando los certificados históricos de ambos municipios.
- El certificado deberá ser expedido por el ayuntamiento correspondiente en el plazo no superior a tres meses al inicio de presentación de solicitudes o, en el caso de serrequerida, del inicio del plazo de requerimiento y subsanación.
- Declaración de la renta del ejercicio 2022 de todos los miembros de la unidad familiar.En el caso que el solicitante no dependa económicamente de sus progenitores declaración de la renta del solicitante. En caso de no haber trabajado o no estar obligado a declarar, certificado de imputaciones y retenciones del ejercicio 2022 de los miembros de la unidad familiar. En el caso que el solicitante no dependa económicamente de sus progenitores, certificado de imputaciones y retenciones del solicitante.
- En caso de que algún miembro de la unidad familiar, o el propio solicitante, tenga reconocida alguna pensión, certificado de los importes percibidos durante el ejercicio 2022.
- En caso de familia numerosa, se debe aportar título de familia numerosa.
- En caso de discapacidad superior al 33%; certificado de discapacidad del solicitante o de los hermanos o hijos del solicitante.
- En caso de orfandad simple (un solo progenitor) o absoluta, del estudiante menor de 25 años, certificado de defunción del padre y/o de la madre. En caso de hermanos mayores de 25 años que convivan en el domicilio de la unidad familiar, certificado de estar inscrito como demandante de empleo y acreditación deque no percibe prestación por desempleo.
- En caso de independencia económica del solicitante, informe de vida laboral de los últimos 12 meses y contrato de arrendamiento de la vivienda o cualquier otro documento que acredite la titularidad o residencia en vivienda distinta de la de la unidad familiar. Acreditación de la condición de familia monoparental.
- Acreditación de la condición de víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (sentencia condenatoria por cualquiera de las manifestaciones de la violencia contra las mujeres previstas en la ley, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.También podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género. En el caso de víctimas menores de edad, la acreditación podrá realizarse, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial.)
- Acreditación de la tutela, en el caso de solicitante menores de edad con tutor legal.
Para las becas de enseñanzas de la ESO, Bachillerato y Formación Profesional presencial o semipresencial, se deberá aportar, en su caso, además:
- Documento original, con validez académica, de la matrícula del curso 2023/2024.
- Calificaciones finales del curso académico 2022/2023, o de años anteriores en caso de haber dejado transcurrir algún año sin estudiar.
- Quienes realicen sus estudios fuera de la isla, deberán aportar, según cada caso, la siguiente documentación:
- Certificado de estar federado en cualquier disciplina deportiva en algún club con sede fuera de la isla de Fuerteventura. Acreditación de hospitalización o tratamiento sanitario del solicitante, sus progenitores o hermanos. En caso de estudios de FP que se impartan en la isla, acreditación de no haber obtenido plaza en centros de Fuerteventura.
Para las solicitudes de becas para la realización de estudios universitarios de grado y máster presencial o semipresencial, se deberá aportar, en su caso, además:
- Documento original, con validez académica, de la matrícula del curso 2023/2024 donde figuren los créditos matriculados y quede suficientemente acreditado que la matrícula ha sido abonada.
Estudiantes universitarios: documento extracto del expediente académico actualizado del curso 2023/2024, donde figuren los datos identificativos del solicitante, los créditos matriculados en el curso 2023/2024 y los matriculados, superados y no superados en el curso 2022/2023.
En caso de estudiantes de primer curso de grado, calificaciones de los estudios cursados en el curso 2022/2023, o en años anteriores en caso de haber dejado transcurrir algún año sin estudiar. Estudiantes de posgrado: matrícula del curso 2023/2024; además del título académico que les dio acceso a los estudios de máster o doctorado. En su caso, justificante del pago de las tasas del mismo Para estudiantes que realicen sus estudios fuera de la isla de Fuerteventura, en caso de hermanos que también realicen sus estudios universitarios fuera de la isla, documento original con validez académica de la matrícula del curso 2023/2024.
Los documentos de universidades o centros de estudios extranjeros, deben presentarse traducidos al español.
Cualquier otro documento no señalado en este apartado que el interesado considere de interés presentar en apoyo de su petición, así como los documentos que el órgano instructor considere necesarios para la resolución de las diferentes convocatorias.