Becas Málaga Idioma Joven
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Becas Málaga Idioma Joven: solicitud y plazos
Descripción
Ayuntamiento de Málaga ha desarrollado una convocatoria de ayudas económicas para la formación en idiomas dirigida a jóvenes de entre 16 y 35 años. Estas son las Becas Málaga Idioma Joven. Esta iniciativa busca mejorar las oportunidades laborales de los jóvenes malagueños en un mercado de trabajo cada vez más globalizado.
La convocatoria ofrece ayudas para sufragar los gastos derivados de la obtención de certificaciones de competencia lingüística en inglés, francés y alemán, en niveles B1, B2, C1 y C2, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).
Para solicitar las Becas Málaga Idioma Joven, los interesados deben estar empadronados en Málaga, no haber recibido becas similares de la Junta de Andalucía y cumplir con otros requisitos administrativos.
La evaluación de las solicitudes se basará en criterios socio-familiares, otorgando puntos adicionales a demandantes de empleo de larga duración, familias numerosas y personas con discapacidad. Se concederán un total de 137 ayudas de 70 euros cada una.
Esta convocatoria es una muy buena ocasión para que la juventud malagueña mejore su formación en idiomas y sus perspectivas laborales. Si deseas consultar toda la información sobre las Becas Málaga Idioma Joven, podrás hacerlo aquí, ya que te ofrecemos los requisitos, plazo, documentación y otra información de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 137
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Región de origen
- Andalucía
- Provincia de origen
- Málaga
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos de los solicitantes que quieran postularse a las Becas Málaga Idioma Joven son:
- Estar empadronado en el municipio de Málaga, en el momento de la solicitud.
- Edad: de 16 a 35 años, en el momento de la solicitud.
- Haber obtenido alguna Certificación de la competencia lingüística B1, B2, C1,Y C2 (Inglés, Francés o Alemán) especificadas en el artículo nº 1 de la presente convocatoria, cuya obtención esté comprendida desde 1 de agosto de 2023 hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- No haber sido beneficiaria/o de las Becas concedidas por la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía, para la adquisición y acreditación de niveles de competencia lingüística en lengua extranjera.
- Ser titular de una cuenta bancaria.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de cualquier ámbito y de la Seguridad Social, desde el momento de la solicitud hasta la realización del pago.
- Será requisito imprescindible para los/as solicitantes menores de 18 años, que la solicitud venga autorizada por su representante legal.
- En cualquier caso, en la presente convocatoria, sólo se valorará una solicitud por persona.
Dotación
Se establecerán 137 Becas Málaga Idioma Joven de 70 €.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Málaga Idioma Joven, irán acompañadas de la documentación detallada en el artículo 3 y se presentarán:
- Preferentemente en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga (https://sede.malaga.eu/) en el apartado “Trámites y Gestiones / Juventud”.
- En las distintas OMACs.
- O cualquier otro medio establecido en la Ley 39/2015, de 30 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los plazos de presentación de solicitudes serán:
Desde el día siguiente de la publicación en el B.O.P. hasta el 30 de junio de 2024.
En ambos supuestos, la resolución será motivada al objeto de que los solicitantes puedan hacer uso de los recursos a que en derecho haya lugar.
Más información
Baremación
Criterios socio - familiares
SITUACIÓN - PUNTUACIÓN:
- Solicitante Demandante de Empleo de Larga duración 3 puntos.
- Solicitante Demandante de Empleo 2 puntos.
- Familia Numerosa 2 puntos.
- Solicitante y o familiar con discapacidad reconocida igual o superior al 33% 2 puntos.
En caso de empate los criterios que primarán para establecer el orden de prelación serán, primero, el mayor tiempo de inscripción como demandante de empleo; y segundo, la edad del beneficiario, primando el de menor edad sobre el de mayor edad.
Obligaciones de los beneficiarios
Será obligación de los beneficiarios el cumplimiento de todos los puntos de las presentes bases de la convocatoria y estas ayudas estarán sujetas y no exentas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), teniendo la consideración de ganancias patrimoniales.
Notificación
La propuesta de resolución provisional se notificará a los interesados mediante exposición en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento, estableciéndose un plazo de diez días para la presentación de alegaciones y subsanar cualquier error posible.
La resolución definitiva será notificada mediante exposición en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento debidamente a los interesados a los efectos previstos en la normativa de aplicación. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Enlaces de interés
https://www.malaga.eu/visorcontenido/SGTDocumentDisplayer/42339/DocumentoTramite42339
Documentación a adjuntar
Documentación general
Será necesario acreditar la identidad del solicitante mostrando el original del DNI o NIE y, en caso de representación, aportar autorización firmada por el solicitante.
La siguiente documentación debe ser aportada en cualquier caso:
- Solicitud cumplimentada en todos sus apartados según el modelo Anexo I.
- Modelo impreso y original de datos bancarios, que contenga el número de IBAN, sello de la entidad bancaria y firma del solicitante. El titular de la cuenta deberá ser el solicitante de la ayuda.
- Anexo II, u original del certificado de titularidad de cuenta bancaria con firma original o firma electrónica.
- Copia de la Certificación que acredite la adquisición de nivel de competencia lingüística B1, B2, C1 o C2 (Inglés, Alemán o Francés), indicando la fecha de obtención/expedición del mismo.
- La falsificación, ocultación o inexactitud de los datos declarados podrá dar lugar, en su caso, a la eliminación del solicitante en este Programa.
La solicitud deberá estar cumplimentada en todos sus apartados y de forma legible.
En cumplimiento de la Ley 39/2015, de 30 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presumirá que la consulta u obtención de datos es autorizada por los interesados y por otros miembros de la unidad familiar a no ser que manifiesten su oposición expresa a que esta Administración realice las consultas que sean imprescindibles para la comprobación de los datos.
La Solicitud Idioma Joven, anexo I, establece una casilla para que el solicitante, de forma expresa, manifieste su no autorización al Ayuntamiento de Málaga a recabar electrónicamente la documentación e información requerida en el ámbito de la solicitud; en ese caso, el solicitante deberá aportar toda la documentación necesaria.
Documentación específica
La siguiente documentación debe ser aportada siempre en caso de marcar las casillas correspondientes en la solicitud:
- Documento acreditativo vigente (o Tarjeta de Discapacidad), en caso de señalar la casilla de discapacidad en la solicitud.
- Documento acreditativo vigente, en caso de declarar ser familia numerosa en la solicitud.
- Además, podrá presentar cualquier otro documento que se estime oportuno para acreditar su situación.
- En caso de que el solicitante no autorice al Ayuntamiento la consulta de alguno de los siguientes documentos, será necesaria su aportación para el trámite.