Becas Pruebas de Acceso Universidad Ayto. Calvià
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Becas Pruebas de Acceso Universidad Ayto. Calvià: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Calvià es una institución pública altamente comprometida con la formación académica de los vecinos y vecinas de este municipio. Es por este motivo que cada año convoca un gran número de Becas con la finalidad de fomentar el desarrollo de estudios de distintos niveles académicos.
En este contexto, se lleva a cabo la convocatoria de las Becas Pruebas de Acceso Universidad Ayto. Calvià. Podrán optar a las citadas becas, aquellas personas que deseen cursar estudios universitarios y para ello preparen las pruebas de acceso para mayores de 25, 40 o 45 años. Además deberán reunir el resto de los requisitos indicados.
También se tendrá en cuenta durante el proceso de selección de los candidatos beneficiarios a estas becas, otros criterios como nivel de renta de la unidad familiar. Las ayudas tienen la intención de dotar las facilidades a aquellos alumnos que dispongan de menor nivel económico, potenciando así además el principio de igualdad de oportunidades entre los mismos.
Cada una de las becas ofrecidas, otorgarán a los candidatos seleccionados una dotación económica con la finalidad de hacer frente a parte de los gastos generados con motivo del pago de los precios públicos, tasas de matriculación y material necesario para el normal desarrollo de los estudios.
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Datos básicos
- Nº de becas
- 11
- Nivel de estudio
- Curso de Acceso Directo para Mayores de 25 años
- País de origen
- España
- Región de origen
- Islas Baleares
- Provincia de origen
- Mallorca
- Localidad
- Calvià
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Pueden solicitar las Becas Pruebas de Acceso Universidad Ayto. Calvià las personas que en el momento de presentar la solicitud reúnan los requisitos siguientes:
- Tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deberán ser residentes en España.
- Estar empadronadas en el municipio de Calvià o, en su defecto, que la persona solicitante o familiares de primer grado hayan abonado el pago de impuestos de Bienes Inmuebles municipales del año 2023.
- Haberse matriculado en las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25, 40 y 45 años, en la convocatoria de 2024.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales o impuestas por las disposiciones legales vigentes.
- Se considerarán beneficiarios directos aquellas personas solicitantes en cuya unidad familiar haya víctimas de violencia de género. En cualquier caso, deberá cumplirse con los requisitos de los puntos 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.6.
- Presentar la documentación requerida en el plazo y forma establecido en las presentes bases.
- La unidad familiar no puede superar los siguientes límites de ingresos en el ejercicio fiscal 2023 para poder beneficiarse de estas ayudas: El cálculo se obtendrá a partir del importe de la Base Imponible General (casilla 435) más el importe de la Base Imponible del Ahorro (casilla 460).
- Familias de un miembro: 18.345.70 €.
- Familias de dos miembros: 31.315.70 €.
- Familias de tres miembros: 42.506,10 €.
- Familias de cuatro miembros: 50.480,30 €.
- Familias de cinco miembros: 56.422,60 €.
- Cuando algunos de los miembros computables de la unidad familiar acredite una discapacidad, o incapacitado para trabajar, computará como dos miembros de dicha unidad.
- Cuando la persona solicitante haya percibido ingresos constituirá una unidad familiar independiente. En caso de tener cónyuge o pareja de hecho, también se considerará miembro computable, así como los hijos que vivan en el mismo domicilio, si es el caso. Si la persona solicitante convive con su cónyuge o pareja de hecho y no hubiera percibido ingresos, se tendrán en cuenta los ingresos de este.
- Cuando la persona solicitante no haya percibido ingresos y conviva con sus progenitores, se considerarán miembros computables dela unidad familiar el padre y la madre, o tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del estudiante, y el propio solicitante.
- En los casos de separación con régimen de guarda y custodia: se requerirá al solicitante la sentencia firme y convenio regulador. Si sólo la ostenta uno de los dos progenitores, la documentación sobre ingresos será la referida al mismo. Si la ostentan de forma compartida los dos progenitores, la documentación será la referida a ambos.
- En el caso de que no aparezcan datos en la Agencia Tributaria y el IMEB lo considere pertinente, para una adecuada resolución de la solicitud, podrá requerir documentación alternativa.
Dotación
Modalidades de las Becas Pruebas de Acceso Universidad Ayto. Calvià:
- Modalidad A: se convocan 4 becas para aquellos alumnos que se hayan matriculado en las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 40 años en el año 2024. Cada beca adjudicada será por un importe de 50 €.
- Modalidad B: se convocan 7 becas para aquellos alumnos que se hayan matriculado en las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 o 45 años en el año 2024. Cada beca adjudicada será por un importe de 100 €.
Presentación
El plazo para la presentación de solicitudes de las Becas Pruebas de Acceso Universidad Ayto. Calvià será del 8 al 26 de julio de 2024 (ambos incluidos) de manera telemática a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado, de forma presencial de lunes a viernes de 9 a 14 horas en el Registro del IMEB o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto y finalidad de las becas
- Estas bases tienen por objeto estructurar y establecer los criterios y procedimientos para la concesión de ayudas por parte del Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas de Calvià (en adelante IMEB) en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, en las condiciones que se establecen en los siguientes artículos.
- La finalidad de estas ayudas es la de contribuir a sufragar gastos derivados del pago de precios públicos, tasas y material, todo ello con la finalidad última de facilitar la preparación a las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25, 40 y 45 años.
Compatibilidad e incompatibilidad de las ayudas
- Criterio 1: Tendrán preferencia aquellas personas cuando, algunos de los miembros computables de la unidad familiar acredite una discapacidad, o incapacitado para trabajar.
- Criterio 2: Tendrán preferencia aquellas personas que tengan condición de familia numerosa.
- La instrucción del procedimiento corresponde al IMEB, que actuará de oficio realizando todas las actuaciones necesarias para determinar, saber y comprobar los datos en virtud de los cuales debe resolverse la concesión de las ayudas.
- Si la solicitud o documentación presentada no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá, mediante publicación en la web municipal, a la persona interesada para que la complemente, subsane la falta de datos o acompañe los documentos preceptivos que se le indiquen, en el plazo máximo improrrogable de los diez días hábiles siguientes, con la advertencia de que, de no hacer las enmiendas en el plazo señalado, se tendrá por desistida la petición.
- Esta resolución deberá incluir la relación de las personas solicitantes que deben subsanar las deficiencias advertidas, la relación de personas solicitantes que, inicialmente, cumplen los requisitos de la convocatoria, así como la relación de personas solicitantes excluidas con indicación del motivo.
- El requerimiento previsto en el párrafo anterior se realizará a través de resolución. La publicación se realizará a través del medio www.calvia.com/imeb
- Una vez haya concluido el plazo, el IMEB tendrá que evaluar las solicitudes presentadas y las alegaciones y/o enmiendas realizadas por las personas interesadas.
- El plazo máximo para resolver la adjudicación y realizar las comprobaciones posteriores será de seis meses, a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Se podrá interponer recurso de alzada, que no agota la vía administrativa, ante el alcalde de la Corporación, en el plazo de un mes a contar desde la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que pueda presentarse cualquier otro recurso que se considere pertinente. El recurso se presentará en el Registro General de este Ayuntamiento, en el registro del IMEB, o en las dependencias y medios a que se refiere el arte. 16.4 de la ya citada Ley 39/2015.
Documentación a adjuntar
- Modelo de solicitud / Declaración responsable correctamente cumplimentado (Anexo I). Se encontrará a disposición de las personas solicitantes en la página web municipal.
- En caso que deba autorizarse la consulta de los datos de terceras personas, deberá aportarse modelo de solicitud correctamente cumplimentado (Anexo II). Se encontrará a disposición de las personas solicitantes en la página web municipal.
- Cuando la persona solicitante de la ayuda sea el tutor legal deberá presentar el documento que lo acredite.
- Matrícula a las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25, 40 o 45 años del año 2024.
- Acreditación bancaria.