Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar
INSCRIPCIONES
Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Binéfar convoca las Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar, un programa de ayudas destinadas a promover el desarrollo de actividades deportivas que sean organizadas por entidades deportivas de esta localidad, o por el propio ayuntamiento.
Podrán solicitar una de las Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar aquellos deportistas que estén empadronados en Binéfar con una antigüedad mínima de 2 años en el momento de realizar la solicitud, y que cuenten con una edad comprendida entre los 4 y los 17 años de edad, entre otros requisitos.
A través de las becas que sean concedidas, se otorgará una cuantía económica que resultará de gran ayuda para hacer frente a los gastos generados con motivo de las actividades deportivas que se estén desarrollando.
De esta manera, el Ayuntamiento de Binéfar pretende promover y facilitar la práctica deportiva de manera cotidiana entre la población más joven del municipio, inculcando además un estilo de vida saludable.
Para poder conocer todos los detalles relacionados con las Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar, como plazos de solicitud, requisitos, medios de solicitud y documentación a adjuntar, tan sólo tienes que consultar todos los datos que te facilitamos en esta web.
Aquí además podrás conocer otras becas que son convocadas por el Ayuntamiento de Binéfar.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Aragón
- Provincia de origen
- Huesca
- Localidad
- Binéfar
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos para optar a las Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar son los siguientes:
- Podrán ser beneficiarios de estas becas, los deportistas empadronados en Binéfar con una antigüedad mínima de 2 años en el momento de formalizar la solicitud.
- Podrán ser beneficiarios de estas becas aquellos participantes en actividades deportivas con una duración mínima de un año (temporada deportiva), en alguna de las entidades deportivas de la localidad o en las actividades deportivas municipales con la citada duración. No serán susceptibles de becas aquellas actividades puntuales o con una duración menor aun año (temporada deportiva).
- Podrán ser beneficiarios de estas becas aquellos participantes en actividades deportivas de edades comprendidas entre los 4 y los 17 años de edad.
- Podrán ser beneficiarios de estas becas aquellos participantes en actividades deportivas cuya renta de la unidad familiar a la que pertenecen no sea superior al baremo especificado en la convocatoria, el cual será actualizado anualmente.
- No podrán tener la condición de beneficiarios de estas becas aquellos participantes en actividades deportivas, que estén cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.
Dotación
- La dotación otorgada mediante las Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar será de 2.500 euros.
Presentación
Las solicitudes de Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Binéfar, pudiendo presentarse en el registro general del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Más información
Objeto
- Las Becas Participantes Actividades Deportivas Ayto. Binéfar ofrecerán ayudas económicas para los participantes en actividades deportivas organizadas durante el año 2026 por la entidades deportivas de la localidad o por el propio Ayuntamiento de Binéfar, cuando éstos concurran en situaciones de necesidad social.
Criterios de valoración
- Todos los deportistas que cumplan los requisitos exigidos en la Base Tercera, así como cuenten con los informes favorables del Servicio Social de Base de la Comarca de la Litera y Servicio Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Binéfar, y de la propuesta de la Comisión de Valoración, podrán recibir una beca por el importe máximo del 33% de los gastos derivados de la realización de la actividad deportiva.
- Dicho porcentaje de ayuda con respecto a los gastos de la actividad, vendrá determinado por el número de peticiones aceptadas y por el límite económico destinado para esta convocatoria.
Pago de las becas
- El Ayuntamiento de Binéfar una vez resuelta la convocatoria procederá al pago de las becas.
- En el supuesto que el solicitante de la beca haya sufragado los gastos de la actividad, el Ayuntamiento le hará efectivo el pago de la beca.
- En el supuesto que el solicitante de la beca no haya sufragado los gastos de la actividad, y por tanto estos gastos hayan sido asumidos por la entidad a la que pertenece, el Ayuntamiento hará efectivo el pago de la beca a través de la propia entidad. La entidad deberá cumplir las obligaciones previstas para las entidades colaboradoras en los artículos 13 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones. A tal efecto el Ayuntamiento suscribirá un convenio con la entidad.
Enlaces de interés
https://www.binéfar.es/documents/17785815/0/2026+02+CONVOCATORIA+BECAS+PARTICIPANTES.pdf/d0961f1d-eebf-de8e-58e5-d04e415a7ad4?t=1775036289583
Documentación a adjuntar
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- a. Instancia según anexo I.
- b. Fotocopia de documento nacional de identidad o del pasaporte del participante en actividades deportivas en caso de ciudadanos de la Unión Europea, o de la tarjeta de residencia en vigor, en caso de otras nacionalidades.
- c. Fotocopia del DNI de todos los tutores legales, así como del libro de familia. En caso deque el deportista no figure en el libro de familia por haber no haber nacido en España,deberá aportar una fotocopia del acta de nacimiento traducida.
- d. Certificado de la entidad deportiva donde practica la actividad en el que se acredite la participación en la misma (Anexo II) y los gastos que genera ésta.
- e. Justificación de los medios económicos de la unidad familiar, aportando para ello copia de la declaración de la renta del ejercicio correspondiente. Si ninguno de los miembros de la unidad familiar genera ingresos con obligación de declarar el IRPF en el ejercicio previsto en cada convocatoria, la situación económica deberá acreditarse a través de alguna de las siguientes formas:
- 3 Últimas nóminas.
- Certificado de cualquier pensión y/o prestación que perciba cualquier miembro de la unidad familiar (invalidez, viudedad, orfandad, jubilación, etc.).
- En caso de desempleo, certificado del INEM que acredite la situación de desempleo, si se cobra prestación, la cuantía de la misma.
- f. En caso de separación o divorcio:
- Fotocopia del convenio regulador y actualización de la cuantía de la pensión de alimentos, en su caso.
- Si se está en trámite, justificantes de las acciones legales llevadas a cabo (justificante asistencia jurídica gratuita, …etc.).
- g. Contrato de alquiler de la vivienda.
- h. Ultimo recibo del pago de alquiler o hipoteca de la vivienda.
- i. Autorización a favor del Ayuntamiento para solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social un certificado acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma. En el caso de menores de edad, todos los tutores legales, deberán cumplir con sus obligaciones tributarias.
- j. Autorización a favor del Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria los certificados correspondientes a su situación fiscal. En caso de menores de edad, todos los tutores, legales deberán cumplir este requisito.




