Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI
INSCRIPCIONES
Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI están pensadas para estudiantes del Doble Grado en Administración y Dirección de Empresas y Derecho que hayan superado al menos la mitad de los créditos de su titulación. Esta beca permite combinar formación académica con experiencia práctica en un proyecto de investigación real centrado en el análisis jurídico del matrimonio y el factor religioso.
Quienes accedan a las Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI recibirán formación en revisión bibliográfica, búsqueda jurisprudencial y uso de bases de datos académicas, además de colaborar en reuniones, seminarios y conferencias relacionadas con el proyecto. La dedicación es a tiempo parcial, 14 horas semanales, durante un periodo de tres meses, con una retribución mensual de 308 euros.
La solicitud debe presentarse a través del registro electrónico de la Universitat Jaume I, acompañada del expediente académico y un currículum que acredite méritos relevantes. La selección se basa en criterios como expediente académico en caso necesario y el currículum con justificación documental.
Las Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI ofrecen una experiencia completa para iniciar tu trayectoria en investigación jurídica y desarrollar habilidades prácticas, mientras colaboras en un proyecto académico innovador y relevante. ¿Te gustaría solicitarlas?, pues aquí te damos la información que necesitas para ello.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Carrera
- ADE - Administración y Dirección de Empresas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos para solicitar las Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI:
Podrán participar en la presente convocatoria las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Estudiantado de la UJI del Doble Grado en Administración y Dirección de Empresas y Derecho, que haya superado al menos el 50% de los créditos de la titulación y que no haya superado todos los créditos de que consta la titulación o los créditos extra de los cuales se haya podido matricular.
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país no perteneciente a la UE con permiso de residencia o de estudios en España y con la documentación identificativa en vigor, en el momento de la incorporación a la beca.
Dotación
Dotación de las Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI:
Retribución bruta de 308 euros mensuales. La persona beneficiaria de la beca, de acuerdo con el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación, será incluida en este régimen.
El coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social correrá a cargo del proyecto de investigación que financia la beca.
Las obligaciones económicas resultantes, por un importe global de 955,53 euros, se financiarán a cargo de la siguiente estructura presupuestaria, del presupuesto de la Universitat Jaume I para el ejercicio 2026.
Presentación
Solicitudes y plazo de presentación para las Becas Derecho Matrimonio y Factor Religioso UJI:
La solicitud para participar en esta convocatoria se formalizará a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria.
Para la formalización de la solicitud por Registro Electrónico de la Universitat Jaume I será necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, un certificado digital de firma electrónica o DNI electrónico.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) la resolución provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución se abrirá un plazo de diez días para que las personas interesadas subsanen los defectos de su solicitud o aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo llevan a cabo, se considerará que desisten de su petición, previa resolución, que se dictará en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la solicitud conlleva la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a los efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si existe oposición expresa de estas manifestada en la solicitud. En este caso deberá aportar la información o documentación requerida.
La presentación de la solicitud implica la total aceptación de las bases por parte de la persona solicitante.
Documentación que se debe presentar:
- a. En caso de que los estudios de grado/máster no se hayan realizado en la Universitat Jaume I, certificado académico oficial detallado en el que figuren las calificaciones obtenidas, la fecha de obtención de las calificaciones y la nota media del expediente académico, según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, del Ministerio de Universidades. Las personas solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero deberán adjuntar asimismo la declaración de equivalencia de la nota media, que se puede solicitar en la página web Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros.
- Si la certificación académica está expedida en un idioma diferente del español o catalán se deberá adjuntar la correspondiente traducción jurada a una de las dos lenguas oficiales de la UJI.
- b. Currículum con justificación documental del grado de cumplimiento de los criterios de baremación indicados en la base novena de esta convocatoria.
- En todo caso, para poder realizarse la baremación deberá acompañarse, necesariamente, la oportuna documentación acreditativa de los méritos alegados.
- Las personas solicitantes se responsabilizan de la autenticidad y veracidad de los datos consignados en la solicitud y documentación complementaria.
Las aspirantes con condición de víctimas de violencia de género:
Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A tal efecto, las mujeres interesadas deben formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género.
Más información
Objeto
Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de una beca de iniciación a la investigación con cargo al proyecto «DERECHO, MATRIMONIO Y FACTOR RELIGIOSO: NUEVOS RETOS» – Código 24I484 – Dirigido por: Núria Reguart Segarra, de la Unidad Predepartamental de Derecho del Trabajo
El objetivo de la beca consiste en obtener formación supervisada y colaborar en el proyecto indicado en el punto anterior de acuerdo con el siguiente plan de formación:
- 1. Formación básica en revisión bibliográfica y lectura crítica de artículos académicos.
- 2. Formación básica en búsqueda jurisprudencial con fines de apoyo a la investigación.
- 3. Formación básica en uso de bases de datos académicas.
- 4. Colaboración en el proyecto de investigación «Derecho, matrimonio y factor religioso: nuevos retos», a través de la participación en reuniones del grupo y seminarios o conferencias. Características de la beca
Beca de investigación
Dedicación a tiempo parcial: 14 horas semanales.
Duración prevista: 3 meses. El periodo de vigencia de la beca se indicará en la resolución por la que se determine la persona beneficiaria de esta. Podrá ser prorrogada por un período no superior al de disfrute y mientras se mantenga vigente el proyecto/contrato al que está vinculada la beca, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y mediante acuerdo de la comisión prevista en esta convocatoria. Incompatibilidades
El candidato o candidata que mantenga una relación laboral con la Universidad no puede disfrutar de una beca de investigación. Asimismo, esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, salvo las becas o ayudas para los estudios de grado y máster.
Derechos y obligaciones
La persona beneficiaria deberá mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que pueda tener acceso.
El punto anterior no será de aplicación cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.
La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de difusión de los resultados de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requerirá el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que se deberá solicitar previamente a través del Registro General.
Tras la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.
La Universitat Jaume I podrá requerir a la persona becada la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y esta se comprometerá a la destrucción de cualquier copia tangible de dicha información. Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el período de la beca, se entenderá que son de aplicación el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2020, de 24 de julio, de Patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán única y exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, será de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.
Plazo máximo para dictar resolución expresa
El plazo máximo para resolver la convocatoria y llevar a cabo su notificación será de seis meses a partir de la fecha final para la presentación de solicitudes. Si finalizado este plazo no se ha dictado resolución expresa, se podrán entender desestimadas, en conformidad con lo que dispone el artículo 55 de la Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana, sin perjuicio de la obligación de resolver y de notificar que establece el artículo 21 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Criterios de valoración y de selección
La comisión de valoración llevará a cabo la valoración de los méritos debidamente acreditados de las solicitudes conforme al baremo siguiente:
A. Expediente académico: hasta 70. El expediente se evaluará según lo establecido en la normativa sobre determinación de la nota media a efectos académicos (actualmente, Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte). Este Real Decreto 1125/2003 establece la tabla de calificaciones siguiente: suspenso = 0 - 4,9; aprobado = 5,0 - 6,9; notable = 7,0 - 8,9; sobresaliente = 9,0 – 10.
B. Investigación: hasta 10 puntos (3 puntos por publicación científica, 1 punto por ponencia o comunicación científica, 0.5 puntos por participación en congresos, 2 puntos por participación en proyectos de investigación, 0.2 puntos por mes de participación en beques de investigación).
C. Conocimientos de inglés acreditado de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universitat Jaume I: hasta 5 puntos.
- Nivel C2: 5,00 puntos
- Nivell C1: 4,38 puntos
- Nivell B2: 3,75 puntos
- Nivell B1: 2,50 puntos
- Nivell A2: 1,25 puntos
- Nivell A1: 0,63 puntos
D. Conocimientos de la lengua propia de la UJI acreditados de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universitat Jaume I: hasta 5 puntos.
- Nivel C2: 5,00 puntos
- Nivel C1: 4,38 puntos
- Nivel B2: 3,75 puntos
- Nivel B1: 2,50 puntos
- Nivel A2: 1,25 puntos
- Nivel A1: 0,63 puntos
E. Otros: hasta 10 puntos.
- - Se valorará la acreditación de haber superado de las siguientes asignaturas del Doble Grado en Administración y Dirección de Empresas y Derecho, con una nota superior a 9, relacionadas todas ellas con el proyecto a realizar: Derecho Internacional Privado (DA0126), Instituciones y Derecho de la Unión Europea (DA0115) y Filosofía del Derecho (Ciencias Jurídicas Básicas) (DA0108): hasta 3 puntos (1 punto por asignatura superada).
- - Participación en el Programa Estudia e Investiga de la UJI: hasta 5 puntos (1.25 puntos por mes completo y acreditado).
- - Participación en el Programa Erasmus: hasta 2 puntos por participación acreditada (puntuación máxima por estancia de 6 meses, la puntuación se prorrateará para estancias de menor duración).
Información adicional
Para cualquier aclaración sobre esta convocatoria, las personas interesadas pueden dirigirse a dirigirse a la persona directora del proyecto de investigación, Núria Reguart Segarra, de la Unidad Predepartamental de Derecho del Trabajo, teléfono 964 72 86 61 y correo electrónico reguart@uji.es




