Becas Marta Brunet
INSCRIPCIONES
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Becas Marta Brunet: solicitud y plazos
Descripción
La universidad de Chile, convoca las Becas Marta Brunet, para aquellos estudiantes chilenos que hayan cursado los últimos tres años de estudios secundarios en los Liceos de Hombre o de Niñas de la ciudad de Chillán.
Los estudiantes que quieran postular a esta beca deben además acreditar que no tienen medios económicos suficientes para cursar sus estudios.
Las Becas Marta Brunet otorgará a los candidatos que finalmente resulten seleccionados de una dotación económica que será equivalente al derecho de matrícula más el valor del arancel de la carrera que haya sido elegida por los alumnos, así como alojamiento totalmente gratuito en alguno de los Hogares Universitarios de la Universidad de Chile. Además se le ofrecerá también una suma de dinero, que resultará de gran ayuda para que el alumnado pueda desarrollar sus estudios universitarios con total garantía.
Una vez asignada la Beca Marta Brunet, tanto los estudiantes que ingresan a primer año como los de curso superior deben seguir los procedimientos establecidos por la Universidad de Chile para la asignación y renovación de beneficios.
Si estás interesado en una de las Becas Marta Brunet y cumples los requisitos indicados en la presente convocatoria, puedes solicitarla en las fechas indicadas. Aquí te mostramos toda la información de interés como plazos, documentación y más.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Pregrado
- Rama
- Salud y Biología
- Física, Química y Matemáticas
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Artes y Humanidades
- Arquitectura e Ingenierías
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- País de origen
- Chile
- Nacionalidades
- Chilena
Requisitos
Para poder ser beneficiarios de las Becas Marta Brunet se requiere:
- a. Ser Chileno;
- b. Haber cursado los últimos tres años de estudios secundarios en los Liceos de Hombre o de Niñas de la ciudad de Chillán, según corresponda;
- c. Acreditar irreprochable conducta y corrección en todos los actos de la vida privada del postulante;
- d. Acreditar que no posee el postulante medios económicos que le permitan cursar los estudios correspondientes a la carrera elegida, y
- e. Haber sido admitido el postulante a cursar estudios superiores en la Universidad de Chile en la carrera que haya elegido.
Dotación
Cada una de las Becas Marta Brunet comprenderá lo siguiente:
- a. Una cantidad de dinero equivalente a la suma del valor del derecho de matrícula más el valor del arancel anual de la carrera en que el postulante es aceptado. Los valores indicados serán cancelados directamente por la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, a las unidades o Servicios correspondientes;
- b. Pensión gratuita del becario en alguno de los Hogares Universitarios de la Universidad de Chile; y
- c. Una suma de dinero equivalente al monto de las medias becas que anualmente se fijen para el programa de atención económica de los estudiantes, incluido en el D.U. Nº5819, de 1982, y sus modificaciones posteriores.
Presentación
El concurso se abrirá en el mes de enero de los años a que dichas normas se refieren, en la Municipalidad de Chillán y deberá permanecer abierto durante diez días hábiles, a lo menos. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad avisará la apertura del concurso en el diario de mayor circulación que se edite en la ciudad de Chillán, con una anticipación mínima de quince días. El mismo aviso se reproducirá en carteles que se fijarán a la vista de los alumnos en los recintos del Liceo Marta Brunet y del Liceo Narciso Tondreau, ambos de Chillán.
Para postular a las Becas Marta Brunet los interesados deberán dirigir una solicitud al Alcalde de la Municipalidad de Chillán, a la cual se acompañarán los documentos exigidos en los números 1), 2), 3); y 4) del artículo quinto.
Más información
Objetivo
Créanse dos becas que llevarán el nombre Marta Brunet, destinadas a financiar los estudios universitarios en cualesquiera de las unidades académicas dependientes de las distintas Facultades de la Universidad de Chile, de dos alumnos, uno egresado del Liceo de Niñas de Chillán y el otro del Liceo de Hombres de la misma ciudad, en las condiciones que establece el presente Reglamento.
Ambas becas se otorgarán por concurso a las personas que, teniendo la calidad de egresados de los institutos de enseñanza secundaria a que se refiere el artículo anterior, reúnan los mejores antecedentes de escolaridad, vocación por la carrera universitaria elegida y corrección en su vida privada, bajo la condición indispensable de que sus medio económicos no le permitan continuar estudios superiores.
No podrán postular a las becas Marta Brunet las personas que hayan egresado de los establecimientos de enseñanza media a que se refiere el artículo 1º, con más de dos años de anterioridad al concurso de postulación, o que hayan cursado estudios universitarios con anterioridad.
Pérdida del beneficio
Las becas serán otorgadas por la duración formal de la carrera o programa de pregrado elegido por los(as) becarios(as). Sin embargo, se podrá dar término al beneficio de manera anticipada de ocurrir las siguientes situaciones:
- Si el o la estudiante repite alguno de los años o semestres de la carrera que estudia, sea ésta de régimen anual o semestral, salvo causa justificada que calificará la Comisión a que se refiere el artículo 11.
- Si el/la estudiante interrumpe sus estudios sin causa justificada, reservándose la Universidad el derecho a calificar el motivo.
- Si se interrumpen los estudios por más de dos años, cualquiera sea la causa.
- Si el/la estudiante falta a la corrección debida en su conducta privada con hechos que la Institución se reserva también el derecho de calificar.
- Si el/la estudiante fue expulsado(a) de la Universidad por cualquier causa.
- Si el/la estudiante cuenta con los medios económicos que le permitan financiar por sí mismo sus estudios.
Importante
Una vez asignada la Beca Marta Brunet, tanto los estudiantes que ingresan a primer año como los de curso superior deben seguir los procedimientos establecidos por la Universidad de Chile para la asignación y renovación de beneficios, de acuerdo al Decreto Universitario Exento N°5819 “Reglamento del Fondo del Programa de Atención Económica para los Estudiantes de la Universidad de Chile”, de y sus respectivas modificaciones. Esto considera:
- Para la beca de mantención y el beneficio de residencia universitaria, los y las estudiantes deben completar el Formulario de Caracterización Estudiantil, en los plazos establecidos por la Dirección de Bienestar y Desarrollo Estudiantil, completando los 4 apartados hasta generar el “Comprobante de Postulación a Beneficios”, y posteriormente deben realizar la acreditación socioeconómica con su Servicio de Bienestar Estudiantil.
- Es requisito registrar, al momento de postular, una cuenta donde el o la estudiante sea titular (cualquier banco) en el Formulario de Datos Bancarios. No se podrá ingresar cuentas de terceras personas, ni siquiera de familiares.
Otros datos de interés
En el mes de enero del año calendario inmediatamente siguiente a aquél en que se haya producido la terminación normal o anticipada de cada beca, la Universidad abrirá nuevamente concurso para que los postulantes favorecidos en definitiva con ellas puedan comenzar sus estudios en el mes de marzo del mismo año.
El concurso a que se refieren los artículos 6º y 8º de este Reglamento e abrirá en el mes de enero de los años a que dichas normas se refieren, en la Municipalidad de Chillán y deberá permanecer abierto durante diez días hábiles, a lo menos. El Alcalde la Municipalidad avisará la apertura del concurso en el diario de mayor circulación que se edite en la ciudad de Chillán, con una anticipación mínima de quince días. El mismo aviso se reproducirá en carteles que se fijarán a la vista de los alumnos en los recintos del Liceo de Hombres y el Liceo de Niñas de Chillán.
Recibidos que sean por la Universidad de Chile todos los antecedentes de cada postulante, una comisión integrada por el Prorrector, quien la presidirá, el Vicerrector de Asuntos Académicos, el Vicerrector de Asuntos Económicos y Gestión Institucional y el Director Jurídico, resolverá el concurso. Actuará como Secretario de la Comisión, sin integrarla, el Director del Bienestar Estudiantil de la Vicerrectoría de Asuntos Académicos.
Adoptado el acuerdo sobre el otorgamiento de la beca, el Secretario de la Comisión a que se refiere el artículo precedente comunicará la decisión al Decano de la Facultad en que el beneficiario deba iniciar sus estudios.
Enlaces de interés
https://uchile.cl/dam/jcr:36d4167d-ee7b-49e3-ada3-e9670c9f7e66/decreto-universitario-n9878-que-aprueba-el-reglamento-de-las-becas.pdf
Documentación a adjuntar
Para postular a las becas los (as) interesados (as) deberán dirigir una solicitud al Alcalde (sa) de la Municipalidad de Chillán, junto con los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento del interesado.
- Certificado otorgado por la Dirección del Establecimiento que corresponda.
- Certificado de antecedentes otorgado por la Dirección del Registro Civil e Identificación con no más de treinta días de anticipación a la fecha en que se abra el concurso y con un certificado de conducta suscrito por el Director del Liceo de hombres o la Directora del Liceo de niñas de Chillán, en el cual deberá expresarse que se otorga para los efectos de postular el interesado a la beca "Marta Brunet"
- Informe de la Asistente Social del establecimiento en que el postulante haya cursado el último año de sus estudios, o de una Asistente Social de algún organismo o servicio público de la ciudad de Chillán, si aquel no la tuviere.
- Documento emitido por el Servicio de Selección y Registro de Estudiantes en que conste que el postulante ha sido aceptado en la carrera de la Universidad de Chile.