Becas Ayudas a la Investigación IEA
INSCRIPCIONES
Becas Ayudas a la Investigación IEA: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Ayudas a la Investigación IEA son una convocatoria pública destinada a financiar proyectos originales centrados en la provincia de Albacete. Su objetivo es fomentar la investigación en áreas como historia, geología, ecología, arte, filología o ciencias sociales, impulsando el conocimiento científico del entorno local.
Podrán solicitar estas ayudas personas físicas, equipos de investigación o entidades con plena capacidad de obrar. Es obligatorio presentar la solicitud de forma electrónica junto con la memoria científica del proyecto, presupuesto detallado y currículum del equipo investigador. Además, los trabajos deben ser originales, inéditos y estar correctamente planificados.
Las Becas Ayudas a la Investigación IEA tienen una dotación máxima de 2.000 euros por proyecto, ajustándose al presupuesto presentado si este es inferior.
Los criterios de valoración incluyen la originalidad e interés del tema, la calidad metodológica, el conocimiento previo del área, la viabilidad del plan de trabajo y la adecuación del presupuesto. También se valora el currículum del equipo investigador, especialmente si incluye estudios locales o si el investigador principal es joven.
Estas becas buscan apoyar proyectos con impacto real en el conocimiento de la provincia, priorizando la calidad científica, la coherencia del trabajo y su aportación al desarrollo académico y territorial de Albacete.
Si deseas solicitar una de las Becas Ayudas a la Investigación IEA, aquí te mostramos toda la información.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Personas beneficiarias de las Becas Ayudas a la Investigación IEA:
Tendrán la consideración de beneficiarias de las ayudas las personas físicas, agrupaciones de personas físicas o equipos de investigación, así como personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar.
Tratándose de personas jurídicas, sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, deberán comprender o permitir la realización de los proyectos de investigación señalados en la base primera
En el caso de equipos de investigación, deberá indicarse en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro del equipo, que tendrán la consideración de personas beneficiarias y que no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS. El equipo de investigación deberá nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiaria, corresponda a la agrupación. (ANEXO 1)
Cada peticionario podrá presentar una sola solicitud de ayuda como investigador principal.
Será incompatible la presentación de solicitud de ayuda a la investigación y la concurrencia a los premios, con proyecto semejante en la misma anualidad.
El proyecto que se presente será original, propio e inédito.
Dotación
Calificación y distribución de las Becas Ayudas a la Investigación IEA:
El crédito presupuestado se distribuirá entre los proyectos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 7 puntos de forma proporcional a la puntuación obtenida y conforme a los criterios previstos en la Base Quinta.
La cuantía de la ayuda asignada a los proyectos que resulten seleccionados no será superior a 2.000 euros o el importe del presupuesto del proyecto presentado si este fuera menor.
Presentación
La presentación de las solicitudes para las Becas Ayudas a la Investigación IEA y la documentación necesaria se realizará obligatoriamente mediante el trámite electrónico “Solicitud ayuda investigación”, existente en la sede electrónica del IEA https://iea.sedipualba.es/default.aspx
Los documentos se subirán en formato PDF utilizando, si es preciso, métodos de compresión ZIP o RAR, sabiendo que las subidas a la plataforma no aceptan más de 140 MB por lo que, si es necesario, la documentación se fraccionará en distintos archivos.
Más información
Objeto y aplicación presupuestaria
El Instituto de Estudios Albacetenses «Don Juan Manuel» (IEA), organismo autónomo de la Excma. Diputación de Albacete, en cumplimiento de los fines señalados en el artículo 4 de sus estatutos, convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a la investigación para la realización de proyectos que deberán ser originales y versar sobre temas provinciales en alguna de las siguientes áreas:
- a. GEOLOGÍA: Estudios geológicos de la provincia de Albacete.
- b. BOTÁNICA: Estudios de flora y vegetación de la provincia de Albacete.
- c. FAUNA: Estudios faunísticos de la provincia de Albacete.
- d. ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE: Los trabajos serán globales y versarán sobre aspectos biológicos, geológicos, ambientales y educación medioambiental en la zona estudiada, referentes al espacio geográfico albacetense.
- e. GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES: En los trabajos deberá proponerse el desarrollo de investigaciones sobre Geografía Aplicada y Ciencias Sociales (referentes al espacio geográfico albacetense)
- f. HISTORIA: Los trabajos versarán sobre cualquier aspecto relacionado con la Historia de la provincia de Albacete, sus personas, sus instituciones o su evolución política, social o económica.
- g. FILOLOGÍA: Los trabajos girarán sobre temas relacionados con el campo de la filología (estudios lingüísticos o literarios) en Albacete y su provincia.
- h. HISTORIA DEL ARTE: Los trabajos versarán sobre cualquier aspecto relacionado con la Historia del Arte en Albacete o su provincia.
- i. ARQUEOLOGÍA Y PREHISTORIA: Los trabajos versarán sobre cualquier aspecto relacionado con la Arqueología y Prehistoria en la provincia de Albacete.
- j. ETNOGRAFÍA: Los trabajos versarán sobre cualquier aspecto relacionado con la Etnografía de la provincia de Albacete o de cualquiera de sus pueblos.
- k. TOPONIMIA: Estudios sobre los nombres propios de los lugares de la provincia de Albacete.
La imputación presupuestaria de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito en la aplicación 334. 481.00 Ayudas y premios a la investigación” del presupuesto del próximo ejercicio, hasta un máximo de 32.000,00 euros.
Procedimiento
Recibidas las solicitudes, en caso de no reunir los requisitos establecidos en estas bases, el órgano instructor requerirá a la persona solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición.
El órgano instructor procederá a la revisión de las solicitudes y realizará un informe indicando las solicitudes recibidas que cumplen con las condiciones exigidas para ser beneficiarias, las solicitudes inadmitidas y las solicitudes desistidas. Dicho informe se elevará a la comisión de valoración para su evaluación. Igualmente, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
La Comisión de Valoración, una vez evaluadas las solicitudes de acuerdo a los criterios establecidos en la base quinta, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución al Consejo Rector del IEA.
La resolución se notificará a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y deberá expresar el proyecto y persona beneficiaria, así como la puntuación obtenida y el importe de la ayuda, sin perjuicio de su comunicación electrónica o postal.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses.
Criterios de selección de los proyectos
Para la valoración de los proyectos por la Comisión de Valoración se aplicarán los criterios que se expresan a continuación:
a. Respecto al proyecto de investigación, hasta 7 puntos:
- Importancia, interés del tema elegido y originalidad del trabajo propuesto: hasta 3 puntos.
- Presupuestos teóricos, metodología de la investigación, conocimiento de los antecedentes sobre el tema y bibliografía: hasta 2’5 puntos.
- Plan de trabajo y adecuación del presupuesto: hasta 1’5 puntos.
b. Respecto al solicitante, hasta 3 puntos (se discriminarán positivamente en este apartado los investigadores jóvenes y los equipos que trabajan en estudios referentes a la provincia de Albacete):
- Currículum Vítae del equipo investigador: hasta 2 puntos.
- Si el investigador principal tiene menos de 35 años: 0.5 puntos.
- Si el currículo del equipo investigador incluye estudios de carácter local: 0.5 puntos
La máxima valoración de los proyectos será de 10 puntos, siendo necesario para su aceptación y admisión un mínimo de 7 puntos.
Calificación y distribución de las ayudas
El crédito presupuestado se distribuirá entre los proyectos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 7 puntos de forma proporcional a la puntuación obtenida y conforme a los criterios previstos en la Base Quinta.
La cuantía de la ayuda asignada a los proyectos que resulten seleccionados no será superior a 2.000 euros o el importe del presupuesto del proyecto presentado si este fuera menor.
Criterios de valoración de los trabajos presentados
Una vez presentados los trabajos de investigación, serán evaluados por la Comisión de valoración a efectos de la justificación de la ayuda conforme a los criterios siguientes, siendo necesaria una valoración mínima de 7 puntos:
- El grado de coherencia entre materiales, método y fuentes utilizadas y los objetivos reflejados en proyecto presentado: hasta 5 puntos.
- El nivel de calidad del trabajo: hasta 5 puntos.
Gastos subvencionables y periodo de ejecución de los proyectos
Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios, estén relacionados directamente con el objeto de la ayuda como consumibles, material fungible, prestación de servicios; desplazamiento, manutención y alojamiento del equipo investigador, en este último caso con las limitaciones recogidas en la Ley del IRPF.
No se admitirán gastos por amortización de equipos, como tampoco los realizados en bienes de inversión o aquellos derivados o relacionados con una retribución salarial del investigador.
Los gastos subvencionables serán los que se realicen en el periodo de ejecución para realizar el proyecto y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
El periodo de ejecución de los proyectos de investigación comprende desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión de las ayudas, mediante publicación en el BOP, hasta el día 30 de octubre de 2027.
Con motivo de circunstancias sobrevenidas, se podrá solicitar la ampliación del periodo de ejecución del proyecto. La solicitud deberá realizarse al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución señalado en la convocatoria.
Pago y justificación
El pago de las ayudas se hará efectivo una vez presentada por los beneficiarios la justificación y sea evaluada y comprobada por los órganos competentes del IEA.
Los beneficiarios estarán obligados a la presentación de la cuenta justificativa antes del día 30 de octubre de 2027 en los términos que se detallan a continuación.
La cuenta justificativa de la ayuda comprenderá la siguiente documentación:
a. La justificación científica, mediante una memoria de investigación del proyecto realizado. La memoria se presentará en formato PDF, a través de la sede electrónica del IEA, sabiendo que las subidas a la plataforma no aceptan más de 140 MB por archivo, por lo que, si es necesario, la documentación se fraccionará en distintos archivos utilizando métodos de compresión ZIP o RAR. Los archivos estarán identificados al menos con el nombre del autor, título del trabajo o parte de él. En caso de que sean varios, irán seguidos de número arábigo (1, 2, 3, …).
Los trabajos, al poder ser publicados por el IEA, seguirán las normas en cuanto a presentación y sistemas de cita que figuran en la sede electrónica / modelo de instancia de publicaciones de la página web del IEA.
Independientemente de su posible edición impresa, todas las Memorias científicas finales de las Ayudas a la investigación serán incluidas en el repositorio que a tal efecto se habilitará en la página web del IEA. Por ello los textos en formato PDF deben entregarse en un estado de redacción que pueda considerarse definitivo, en condiciones de hacerse público y con los criterios de presentación formal de un documento científico.
Los beneficiarios de esta convocatoria, por el mero hecho de serlo, ceden al IEA en régimen de no exclusividad el derecho de comunicación pública y difusión electrónica de las Memorias científicas finales de las Ayudas a la investigación concedidas.
b. La justificación económica se realizará mediante una memoria justificativa del coste de las actividades realizadas. Incluirá una relación clasificada de los justificantes del gasto empleado en la investigación, al menos hasta el importe de la ayuda concedida. Deberán constar como mínimo los datos de las facturas: proveedor, número, fecha de emisión, concepto, importe y fecha de pago (Anexo II).
La documentación señalada se presentará mediante el trámite electrónico «Instancia general» existente en la Sede Electrónica del IEA https://sede.dipualba.es/?entidad=02113.
Mediante la técnica de muestreo, el órgano competente del IEA requerirá a los beneficiarios la aportación de los originales de los justificantes que estime oportunos, que supondrán al menos el 25% de la cantidad subvencionada, y su elección se realizará de forma aleatoria.
Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma, se requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada. El transcurso de este plazo, sin que se haya presentado la justificación lleva consigo la pérdida del derecho al cobro, y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No obstante, la presentación de la justificación en este plazo adicional de quince días no eximirá a la persona beneficiaria de las sanciones que correspondan, aplicándose los siguientes criterios de graduación según el retraso que se haya producido a contar desde la terminación del plazo de justificación:
- Entre 1 y 8 días de retraso, el 10% del importe de la ayuda, con un máximo de 200 euros.
- Entre 9 y 20 días de retraso, el 20% del importe de la ayuda, con un máximo de 400 euros.
- Más de 20 días de retraso, el 30% del importe de la ayuda, con un máximo de 600 euros.
Una vez presentada la documentación justificativa, se procederá a la evaluación de la memoria científica por la Comisión de Valoración y al examen del resto de la documentación justificativa y en su caso, subsanación, conforme a lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo.
Enlaces de interés
https://www.iealbacetenses.com/files/portalcontenidos/415/documentos/Bases_convocatoria_Ayudas_a_la_Investigacion_2026.pdf
Documentación a adjuntar
Se anexarán los siguientes documentos
- Memoria científica, plan de trabajo y cronograma de actuaciones.
- Presupuesto detallado
- Currículum vítae de los solicitantes
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.




