Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares
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Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de Canarias en cada curso académico convoca un gran número de becas dirigidas a facilitar a los alumnos universitarios el normal progreso de sus estudios.
Entre ellas se pueden citar las Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares, mediante las que se pretende dotar a los alumnos seleccionados de gratuidad en manutención y alojamiento en una de las residencias participantes. Esto ocurrirá siempre que estos alumnos cumplan con su función colaboradora que consistirá en participar de las tareas encomendadas por la Dirección de la Residencia Escolar, como atención al alumnado residente durante el horario no lectivo, grupos y actividades extraescolares indicadas.
De este modo, los candidatos seleccionados ven compensado su esfuerzo de colaboración con la correspondiente residencia, ya que no tiene que preocuparse por gastos de alojamiento y manutención durante el periodo académico indicado.
Si estás interesado o interesada en solicitar una de estas becas, deberás tener en cuenta que se exigen una serie de requisitos y que además existen una serie de obligaciones.
Durante el proceso de selección de los alumnos beneficiarios de estas becas, además se tendrá en cuenta la situación económica de la familia a la que el candidato pertenece, así como el expediente académico del mismo y el lugar de residencia habitual.
¿Deseas conocer más información sobre las Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares?, pues puedes conocerla toda a continuación en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Región de origen
- Canarias
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrá solicitar la condición de alumnado colaborador, y obtener las Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares, el alumno o alumna residente que al inicio del curso escolar 2024/2025 tenga cumplidos como mínimo 18 años de edad y se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
- a. Alumnado que vaya a cursar estudios en Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas o Escuelas Universitarias en el curso escolar 2024/2025.
- b. Alumnado que vaya a cursar estudios de Ciclos Formativos o Bachillerato en el curso escolar 2024/2025.
- c. Alumnado que vaya a cursar estudios equivalentes a los anteriores.
Dotación
La condición de colaborador implica la obligación de colaborar en las tareas que la Dirección de la Residencia Escolar le encomiende en relación con la atención del alumnado residente acogido en la misma durante su horario no lectivo, grupos y actividades extraescolares, así como el cumplimiento de los servicios nocturnos que le sean fijados por la referida Dirección. Este alumnado colaborador gozará de gratuidad en manutención y alojamiento gracias a las Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares
Presentación
La solicitud de las Becas Alumnado Colaborador Residencias Escolares se podrá entregar, en la Residencia Escolar donde se hayan ofertado plazas, a través de correo electrónico cuyas direcciones se pueden encontrar en el siguiente enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/servicios/residencias/index.html (formato pdf, debidamente cumplimentada y firmada preferiblemente con firma digital), en la Dirección Territorial o Insular de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, sin menoscabo de lo que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud se ajustará al modelo que se determina en el Anexo II de la presente Resolución.
Más información
Critrios de selección
La Comisión Seleccionadora ponderará y valorará las solicitudes recibidas con los siguientes criterios:
- a. Situación económica familiar.
- La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros de la unidad familiar que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas, en caso de presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2022, tomando la base imponible general de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal 2022, tanto si se presenta declaración conjunta como si se presentan declaraciones individuales.
- Para establecer la puntuación se toma como referente el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente.
- Rentas iguales o inferiores al IPREM: 3 Puntos.
- Rentas superiores al IPREM que no sobrepasen el doble del mismo: 2 Puntos.
- Rentas superiores al doble del IPREM que no sobrepasen el cuádruple del mismo: 1 Punto.
- b. Haber sido colaborador en la misma Residencia y siempre que tenga informe positivo del Consejo de Residencia: de 0 a 3 Puntos.
- c. Relación de estudios con las funciones a realizar: de 0 a 3 Puntos.
- d. Conocimientos culturales, deportivos, musicales, etc: de 0 a 3 Puntos.
- e. Expediente académico. Se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de la titulación que le dé acceso o del último curso realizado.
- Nota media equivalente a Sobresaliente: 3 Puntos.
- Nota media equivalente a Notable: 2 Puntos.
- Nota media equivalente a Bien: 1 Punto.
- f. Distancias domicilio solicitante
- Si se encuentra fuera de la isla que solicita: 3 Puntos.
- A más de dos horas de viaje: 2 Puntos.
- Superior a una hora: 1 Punto.
- g. Haber sido alumno/a residente en alguna de las Residencias dependientes de la Dirección General de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios y siempre con informe positivo del Consejo de Residencia : 1 Punto.
- h. Cualquier otra circunstancia previamente establecida por el Consejo de Residencia y publicada en el tablón de anuncios y web de la residencia escolar solicitada, que tenga carácter objetivo y adecuada justificación: 1 Punto.
- Nº de Plazas en la Provincia de Las Palmas:
- Residencia Escolar “Haría” de Haría: 2 plazas.
- Residencia Escolar "La Ladera" de La Aldea 1 plaza.
- Residencia Escolar “Manuel Sosa” de Gáldar: 2 plazas.
- Residencia Escolar “Puerto del Rosario” de Puerto del Rosario: 2 plazas.
- Residencia Escolar “Santa María de Guía” de Santa María de Guía: 5 plazas.
- Nº de Plazas en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife:
- Residencia Escolar “Hermano Pedro” de S. C. de Tenerife: 2 plazas.
- Residencia Escolar “Pedro García Cabrera” de San Cristóbal de La Laguna: 14 plazas.
- Residencia Escolar “San Andrés” de S. C. de Tenerife: 4 plazas.
- Residencia Escolar "San jose" de S.C de Tenerife 4 plazas.
- Residencia Escolar “San Sebastián” de San Sebastián de La Gomera: 2 plazas
- La Comisión Seleccionadora resolverá y emitirá la propuesta del listado de adjudicación provisional acompañada del visto bueno o informe de los Servicios de Inspección Educativa, por orden de puntuación, de una relación que no supere las plazas previstas en la base siete y cuya concesión de condición de colaborador se propone. Asimismo, deberá constar de una relación, igualmente ordenada por orden de puntuación, del resto de los solicitantes que reuniendo los requisitos son propuestos en la lista de reserva, a la que se acudirá, a los efectos de completar las plazas ofertadas, en los supuestos de vacantes producidas por cualquier circunstancia. La propuesta constará, además, de una lista de excluidos con mención expresa de las razones de la exclusión.
- Dicha propuesta será elevada a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, que emitirá la Resolución provisional el día 8 de julio con la relación de solicitantes admitidos, excluidos y de reserva. Asimismo, se procederá a la publicación de dicha Resolución provisional en los tablones de anuncios y la web de la Residencia, dando un plazo máximo de diez días, a partir de esa publicación, para que los interesados puedan presentar en la referida Residencia la reclamación.
- Transcurrido el plazo, la Comisión Seleccionadora resolverá las reclamaciones e informará a la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios que remitirá la Resolución definitiva el día 26 de julio de admitidos, reservas y excluidos, procediendo la Dirección de la Residencia a su publicación en el tablón de anuncios y web de la misma para el conocimiento de los interesados.
- Agotada la lista de reserva, la Comisión Seleccionadora podrá elevar propuesta razonada de adjudicación de la condición de colaborador a los aspirantes que, habiendo presentado solicitud fuera de plazo, cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Documentación a adjuntar
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones establecidas en las bases de la presente Resolución, debiendo incorporar a la misma la documentación que a continuación se relaciona, en caso de que la residencia aún no dispusiera de ella:
- a. DNI/NIE o NIF del solicitante.
- b. Dos fotos tamaño carnet.
- c. Fotocopia de la declaración de la renta, de la unidad familiar, correspondiente al ejercicio de 2022, conjunta o individual.
- Si no estuviesen obligados a declarar y fuesen perceptores de pensión de jubilación, incapacidad, invalidez, etc., deberán aportar certificado expedido por el organismo correspondiente acreditativo delos ingresos obtenidos por la unidad familiar, y por estos conceptos, durante el ejercicio económico de 2022.
- En el caso de que los sustentadores principales (padre, madre o tutor legal) de la unidad familiar estuviesen desempleados, se sustituirá la declaración de la renta por la certificación de las prestaciones por desempleo correspondientes al año 2023 siempre que la cuantía de éstas fuese inferior a la renta del 2022.
- Para el supuesto de que la unidad familiar no haya obtenido ingresos por ningún concepto, deberá aportar certificado acreditativo de tal extremo.
- d. Certificado de empadronamiento de su residencia habitual.
- e. Documentación acreditativa de las circunstancias alegadas en la solicitud. Para el supuesto de no aportarse, o de que ésta sea insuficiente, se tendrá en cuenta tal circunstancia a efectos de valoración.
- f. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o en su caso, el documento de autorización cuyo modelo figura en el Anexo III. En el supuesto caso de que el interesado no preste su consentimiento, deberá presentar en la Secretaría de la Residencia Escolar, en el plazo de presentación de solicitudes, el certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales, mediante el cual se acredite la existencia o no de antecedentes de que haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
- g. En el momento de su incorporación, el alumnado colaborador que sea admitido en la lista definitiva aportará, además, el documento cuyo modelo figura en el Anexo IV y la certificación que en la misma se exige.