Premios de Arte Santa Isabel DPZ
INSCRIPCIONES
Premios de Arte Santa Isabel DPZ: solicitud y plazos
Descripción
La Diputación de Zaragoza DPZ convoca varias Becas y Premios destinados a favorecer el desarrollo de trabajos en el ámbito de la Cultura y la Artes Plásticas. Entre ellos, se puede destacar la convocatoria de los Premios de Arte Santa Isabel DPZ, que tienen como principal objetivo el de fomentar, promover y difundir el arte entre la población.
Pueden presentar su candidatura a una de las Premios de Arte Santa Isabel DPZ, aquellas personas que sean mayores de edad, y que sean nacidas o estén empadronadas en la Comunidad Autónoma de Aragón. La participación podrá ser de manera individual o colectiva.
Las obras podrán ser presentadas en distintos formatos como pintura, fotografía, videoarte, escultura e instalaciones o arte visual y digital.
En esta convocatoria de las Premios de Arte Santa Isabel DPZ, se otorgará un premio consistente en una dotación económica, así como un accésit que también consistirá en una dotación económica de menor importe que el anterior.
Con iniciativas como estas, la Diputación de Zaragoza DPZ pretende fomentar la realización y desarrollo de trabajos de Artes Plásticas, así como promover el reconocimiento de los propios artistas y darles visibilidad con respecto al resto de la comunidad.
Para conocer más detalles sobre las Premios de Arte Santa Isabel DPZ, tan sólo tienes que continuar en nuestra web, ya que aquí te mostramos cuáles son los plazos de presentación de solicitudes, así como las vías de presentación de las obras, y todos los detalles que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Artes plásticas y Diseño
- País de origen
- España
- Región de origen
- Aragón
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Destinatarios de los Premios de Arte Santa Isabel DPZ:
Tendrán derecho a participar todas aquellas personas físicas, de forma individual o colectiva, mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
No podrán presentarse a esta convocatoria las personas ganadoras en la última edición de este Premio de Arte.
Asimismo deberá encontrarse en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar. Deberá declarar responsablemente que no se encuentra incurso/a en ninguna de las circunstancias contenidas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones. Que está al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, así como, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad del art. 25 del Régimen General de la Ley de subvenciones.
La participación en el XXXVI Premio de Arte “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, año 2025, comporta la plena aceptación de las presentas bases, sin excepción alguna, por lo que las personas participantes quedan obligadas a su estricto cumplimiento en todo momento.
Dotación
La cuantía de los Premios de Arte Santa Isabel DPZ será la siguiente:
- Gran Premio “Santa Isabel de Portugal”, dotado con 9.000 euros.
- Un accésit dotado de 5.000 euros.
El referido gasto por importe de 14.000 euros se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200.33400.4810000 del vigente Presupuesto (RC 22025002527). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio. El Jurado podrá proponer la partición de premios o compartidos ex-aequo, aunque podrá declarar desiertos los premios si no considera con suficiente mérito ninguna de las obras presentadas.
Presentación
Para formar parte de la convocatoria de Premios de Arte Santa Isabel DPZ, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma.
Más información
Objeto
La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXVI Premio de Arte “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, año 2025, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación e innovación del arte y pretende generar espacios de acercamiento entre los artistas, el arte, y la comunidad.
Temática y formato
Cada artista podrá presentar una única obra fechada entre los años 2024-2025, que no haya sido premiadas ni presentada en ningún otro certamen ni exposición, ni haya formado parte en ninguna de las convocatorias anteriores de este Premio. Este extremo será acreditado mediante declaración jurada. La temática será libre, ajustadas a las siguientes características técnicas y medidas que deberán respetarse:
- PINTURA: Obras realizadas con total libertad estilística y técnica (óleo, témpera, acrílico, tinta, vinilo, acuarela, grafito, lápiz, collage, aguafuerte, grabado, diversos tipos de impresión, etc) y sobre cualquier soporte (lienzo, papel, madera, plástico, hierro, etc.). Las medidas máximas permitidas son de 200 cm. por cada lado.
- ESCULTURA e INSTALACIONES: Obras realizadas en cualquier material orgánico o inorgánico, también pueden incluir usos de sonidos, luces, vídeos y movimientos mecánicos o eléctricos. El proyecto de instalación artística tiene que adecuarse al espacio propuesto en esta convocatoria, para la exposición posterior. Las medidas máximas tendrán como base 4 metros, profundidad 4 metros y altura 6 metros, sin superar los 100 kg., debiendo ser fácilmente manipulables sin necesidad de máquinas.
- ARTE FOTOGRÁFICO: Fotografías o series de fotografías en soporte analógico o digital, en color o blanco y negro. Las medidas máximas permitidas son de 200 cm. por cada lado.
- VIDEOARTE: Vídeos, slow motion, time-lapse y obras realizadas con todas las técnicas de animación sobre cualquier soporte digital o analógico, cortometrajes cinematográficos, infografías… No se aceptan obras multicanal. El máximo de duración es de 15 minutos. Las obras finalistas que se expongan se presentarán en bucle en un dispositivo tecnológico que disponga para la exposición la propia Diputación de Zaragoza. En caso que los requisitos técnicos que necesite la obra sean superiores, será responsabilidad del/la autor/a que tendrá que adaptarse o aportar el material necesario.
- ARTE VIRTUAL Y DIGITAL: Obras creadas íntegramente mediante ordenadores o aplicaciones y dispositivos digitales: vídeos, instalaciones, animación digital, net art, realidad aumentada, dispositivos interactivos, etc. Las obras con instalación deberán adaptarse a los equipos técnicos y tecnología de DPZ, así como, al espacio expositivo disponible. En caso que las obras necesitaran requisitos técnicos o tecnología superior, correrán a cargo y serán responsabilidad del autor/a.
*Los trabajos seleccionados para la exposición serán presentados en formato AVI, MOV, MKV, MP4, MPEG y soporte digital reproducible. Para la inscripción se deberá cargar el archivo digital comprimido en la Sede Electrónica.
Los autores son los únicos responsables de los derechos de imagen de las personas que pudieran aparecer en el trabajo, especialmente los que atenten contra el honor, la intimidad y/o la imagen del menor y demás protegidos por la legalidad vigente, así como la responsabilidad legal sobre empresa, entidad... que no hubieran aprobado la presentación de su imagen en este Premio.
Todas las obras finalistas se presentarán terminadas y listas para ser expuestas en la muestra que se realice en el Palacio de Sástago. Las obras físicas se presentarán firmadas y fechadas al dorso, donde figurará claramente el nombre y apellidos del o la artista, así como el título correspondiente.
En todos los casos, se deberán adjuntar las indicaciones técnicas necesarias para su correcto montaje y exhibición, así como, una fotografía de la pieza ya montada. No se admitirán obras realizadas con materiales peligrosos para su manipulación o para la integridad de la propia obra.
Resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses contados a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, de acuerdo con el artículo 26 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento (artículo 23 de la ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. El acuerdo de que resuelva sobre la ampliación del plazo, será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo no cabrá recurso alguno.
La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a los beneficiarios conforme a los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y podrá ser consultada a través de la https://dpz.sedelectronica.es
La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. Contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses. La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.
Enlaces de interés
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/821970
Documentación a adjuntar
La documentación que debe acompañar a éste es la siguiente:- Fotocopia del D.N.I. o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en la comunidad de Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria.
- Currículum vitae que incluya la formación y becas, exposiciones individuales, colectivas, premios y menciones. (Máximo 40 líneas).
- Ficha de Terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. También debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales.
- Documento con una breve explicación de la obra presentada y del proceso creativo del artista en relación a la misma (máximo 20 líneas). Además, si fueran necesarias las indicaciones técnicas para el correcto montaje y exhibición de la obra.
- Una imagen digital de la obra que se presenta a concurso, con una resolución mínima de 72 píxeles, en formato tiff o jpg (en soporte USB si se hace presencial). Deberá mostrar la obra en su totalidad para su valoración, pudiendo el autor/a aportar dos imágenes adicionales con algún encuadre o detalle relevante de la obra si se desea. No se tendrán en consideración los envíos de imágenes que no cumplan estos requisitos. (dichas imágenes se enviarán también a cultura@dpz.es )
- Anexo II. Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de Beneficiario.
El plazo de recepción de la documentación y las imágenes de la obra a concurso será de un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, (Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente).
Se presentará la documentación anterior preferiblemente de manera telemática a través del “Catálogo de trámites” de la sede electrónica de la DPZ: https://dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza. En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el beneficiario sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de recepción del requerimiento, se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se estimará desistida la solicitud.
A los efectos de notificaciones al interesado/a, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las Normas de la convocatoria, junto con los anexos, están disponibles en el “Catálogo de trámites” de https://dpz.sedelectronica.es, y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.pap.hacienda.gob.es)