Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura
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Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura: solicitud y plazos
Descripción
El Cabildo Insular de Fuerteventura convoca las Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura para el año 2024, destinadas a impulsar proyectos científicos vinculados al ámbito de la isla.
Estas becas, buscan fomentar la investigación en áreas como artes, humanidades y ciencias sociales. Las becas ofrecen una cuantía de ocho mil quinientos euros (8.500 euros). Los proyectos seleccionados deberán ser inéditos y deberán contener aspectos como el planteamiento teórico, la metodología de investigación, objetivos, y un presupuesto detallado que incluya todos los gastos necesarios para su desarrollo, entre otros.
Podrán optar a las Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura todas las personas mayores de edad y con titulación mínima de diplomatura. Los interesados podrán presentar sus propuestas de investigación de forma individual o en equipo, siendo indispensable la figura de un coordinador con la titulación requerida.
El proceso de selección se llevará a cabo bajo criterios que valorarán el interés científico del proyecto, su coherencia metodológica y el currículum de los solicitantes. Aquellos proyectos que obtengan una puntuación inferior a 60 puntos quedarán excluidos de la adjudicación.
Si deseas llevar a cabo un proyecto de investigación científica vinculado a Fuerteventura, las Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura pueden interesarte. Consulta toda la información para solicitarlas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Rama
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Artes y Humanidades
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Podrán solicitar las Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura todas las personas mayores de edad y con plena capacidad de actuar que se encuentren en posesión de una titulación mínima de diplomatura.
Los y las aspirantes podrán solicitar acogerse a la convocatoria como investigadores o investigadoras a título individual o bien constituidos en equipos de investigación. En este caso, uno de los miembros que tenga la titulación mínima de diplomatura tendrá que asumir la coordinación de la investigación.
Para valorar los currículos de los equipos se efectuará una media ponderada de forma que el currículo del coordinador/a supondrá un 50% de la valoración y el del resto de miembros del equipo, el 50% restante.
Dotación
La cuantía de Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura es de ocho mil quinientos euros (8.500 euros), con cargo a los presupuestos generales del Consejo Insular de Formentera para el año 2024 (4.250 €) y 2025 (4.250 €).
Actividades becadas y proyecto
Pueden ser objeto de esta beca, los proyectos de investigación vinculados temáticamente con la isla de Formentera que puedan englobarse en las ramas de artes, humanidades o ciencias sociales.
Los proyectos deberán plantear investigaciones inéditas y deberán contener, como mínimo, los siguientes apartados:
- Título.
- Descripción de las características del proyecto.
- Planteamiento teórico y metodología de la investigación.
- Objetivos.
- Calendario de trabajo.
- Presupuesto detallado que incluya todos los gastos previsibles, especificando, en su caso: remuneración del trabajo, gastos corrientes, gastos de viajes, material inventariable y otros conceptos necesarios para el desarrollo del proyecto.
Presentación
Las solicitudes de las Becas de investigación Consejo Insular Fuerteventura deben formalizarse mediante el modelo normalizado que se adjunta como anexo I de estas bases. Se podrán presentar de las siguientes formas:
- De forma presencial, en el Registro General del Consejo Insular de Formentera, en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC), en C/ Ramon Llull, 6, CP 07860 Sant Francesc, Formentera.
- Telemáticamente, a través de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana (OVAC), a la que se puede acceder desde la página web del Consell Insular de Formentera.
- En cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Más información
Selección de las personas beneficiarias
El procedimiento de concesión de la beca se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Así, se establecerá un único proceso comparativo de las solicitudes presentadas, a fin de obtener una valoración de las solicitudes de acuerdo con los criterios fijados en estas mismas bases.
La persona o equipo científico que obtenga mayor puntuación en el proceso de selección deberá acreditar la veracidad de la documentación presentada, mediante la aportación de originales, copias compulsadas o por otro medio que permita dicha validación. El hecho de no acreditar la veracidad de todos los documentos presentados y alegados inicialmente supondrá la pérdida de la condición de ganador y se procederá a requerir dicha documentación a la siguiente persona o equipo con mayor puntuación. La falsedad en la documentación presentada comporta la exclusión del proceso de selección así como la posibilidad de aplicar sanciones por falsedad documental.
Una vez validada la veracidad de toda la documentación, el consejero responsable del área de Patrimonio elevará a la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, a instancias de la Comisión Evaluadora, la propuesta de adjudicación de la beca en la persona o equipo que haya obtenido mayor puntuación en la lista definitiva.
Criterios de selección
Los proyectos se valorarán sobre una puntuación máxima prevista de 100 puntos, y se evaluarán teniendo en cuenta los siguientes aspectos y porcentajes máximos:
- a. Interés científico del tema que se propone investigar: 40%.
- b. Coherencia y metodología del proyecto: 40%.
- c. Currículum: 20%.
No podrán obtener la beca de investigación aquellos proyectos con una puntuación final inferior a 60 puntos, de modo que el procedimiento de selección puede declararse desierto.
- a. El trabajo de investigación objeto de la beca concedida deberá realizarse dentro del plazo de doce meses a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la concesión.
- b. En caso de que se necesite una prórroga, los autores tendrán que justificar los motivos y pedirla en el área de Patrimonio del CIF. La solicitud deberá realizarse con una antelación de treinta días naturales antes de que se cumpla el plazo acordado. En caso de que se agote el plazo fijado sin haber solicitado prórroga, el CIF tendrá derecho a revocar la ayuda concedida.
- c. El órgano competente del CIF asignará una persona para realizar el seguimiento de beca, a propuesta de la Comisión evaluadora, que realizará el proceso de seguimiento de la investigación.
- d. Trimestralmente deberá presentarse un informe a la persona que haga el seguimiento de beca. Este documento servirá para hacer balance del trabajo realizado y de las previsiones.
- e. Una vez terminado el trabajo deberá entregarse un ejemplar del estudio completo en el área de Cultura y Patrimonio del CIF en soporte informático y una copia impresa en papel.
- f. El CIF se reserva los derechos de edición del trabajo durante un período máximo de 3 años, con la posibilidad de acordar la traducción al catalán de aquellos estudios entregados en otras lenguas. Transcurrido este plazo, el autor podrá promover su edición sin necesidad de solicitar autorización al CIF. En cualquier caso, en los créditos deberá hacerse constar el Consejo como institución que financió el estudio mediante la beca de investigación.
- g. La posesión de la beca no implica relación contractual o estatutaria de ningún tipo con el CIF, sin compromiso posterior por parte de esta institución.
Enlaces de interés
https://www.conselldeformentera.cat/images/stories/tauler_danuncis/Patrimoni/2024/Beca_investigaci%C3%B3/BOIB_69_de_25-05-2024_convocat%C3%B2ria_i_bases.pdf
Documentación a adjuntar
En cualquier caso, las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
- a. Fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia de la persona solicitante o, en su caso, de cada uno de los miembros que formen el equipo.
- b. Declaración responsable de la persona o, en su caso, de cada uno de los y las miembros del equipo, de no estar incursos en ninguna causa de responsabilidad o prohibición de obtener ayudas o subvenciones, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears, y con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (se adjunta modelo como anexo II).
- c. Copia de la titulación académica de la persona solicitante o, en su caso, de cada uno de los miembros que forman el equipo.
- d. Proyecto de investigación propuesto para la beca.
- e. Currículum de la persona o, en su caso, de las personas que forman el equipo. La documentación acreditativa de los méritos, mediante originales o copias compulsadas, deberá aportarse sólo en el caso de resultar ganadores en el concurso de selección.
Se considerarán excluidas de forma definitiva, sin que sea posible subsanarlas, aquellas solicitudes que no estén acompañadas del proyecto de investigación (apartado 2.d de este punto).