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Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX

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INSCRIPCIONES

Inicio29/05/2026 Fin16/06/2026
Finalizada

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Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX son convocadas por Atenea en colaboración con ICETEX con el principal propósito de ofrecer créditos 100% condonables a aquellos alumnos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, y que vayan a realizar estudios de Pregrado.

A través de las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX, se cubrirá a los alumnos seleccionados el 100% del coste de matrícula, y además se les otorgará una cantidad económica, que podrá ser destinada a cubrir parte de los gastos personales generados con motivo de los estudios cursados.

Entre los requisitos de solicitud señalados en la convocatoria podemos destacar el tener nacionalidad colombiana, pertenecer a los estratos económicos 1, 2 y 3, y no tener una edad superior a 28 años, así como haber realizados los estudios exigidos para acceder a los estudios universitarios de Pregrado.

Con todo ello Atenea e ICETEX, pretenden facilitar el acceso y desarrollo de estudios universitarios, y evitar así que la situación económica, social y familiar sea un impedimento para realizar una correcta formación académica en aquellos alumnos que cuenten con un gran talento y un alto nivel de compromiso con sus estudios.

Para poder conocer todos los detalles y solicitar una de las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX, estamos seguros de que te serán de gran ayuda consultar todos los datos que te facilitamos en nuestra web.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Pregrado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • Colombia
Nacionalidades
  • Colombiana

Requisitos

Los aspirantes a las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX deberán cumplir con todos los requisitos mínimos que se relacionan a continuación:

Requisitos Mínimos de los Aspirantes a Crédito Educativo Condonable

  • Ser ciudadano colombiano(a).
  • Pertenecer a Estrato Socioeconómico 1, 2 o 3.
  • Ser bachiller egresado o estar matriculado en grado once en un colegio ubicado en Bogotá y autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito, y haber presentado en Bogotá la prueba de validación que realiza el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación.
  • Haber presentado la prueba Saber 11° o pruebas ICFES.
  • Tener hasta 28 años al cierre de la etapa de inscripción a la convocatoria.
  • No ser egresado(a) de un programa de educación superior en el nivel profesional universitario.
  • Inscribirse a la convocatoria a través de los enlaces definidos y en las fechas que para su realización se estipulen.
  • No haber sido beneficiario(a) del Programa “Jóvenes a la U” en sus convocatorias previas, o de otras estrategias que adelanten ATENEA o la Secretaría de Educación del Distrito para el acceso y la permanencia en educación superior, a saber: Fondo Educación Superior para Todos (FEST), FEST Atenea, Fondo Alianza Ciudad Educadora, Fondo para la Reparación de las Víctimas del Conflicto Armado, Fondo Ciudad Bolívar, Fondo Técnica y Tecnológica, Fondo Universidades Públicas (Universidad Nacional de Colombia, Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD, Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Universidad Pedagógica Nacional y Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central) y becas Universidad Libre y América.

¡Importante!

  • Dentro del proceso de verificación de requisitos mínimos de participación, la Agencia ATENEA realizará validaciones de identidad y de los demás requisitos de las y los aspirantes, por lo cual, cualquier inconsistencia que sea reportada por las fuentes de información será causal de inhabilitación.
  • Aspirantes que se presentaron en la convocatoria y no fueron seleccionados/as pueden iniciar el proceso en una próxima convocatoria si la hubiere.
  • Aspirantes que hayan sido beneficiarios/as de anteriores convocatorias y hayan perdido el beneficio por alguna de las causales contempladas en el ARTÍCULO 21º (Suspensión Definitiva de los Desembolsos por Crédito Condonable) del Reglamento Operativo del Fondo, no serán calificados.
  • Los aspirantes a financiación educativa a través de este Fondo podrán ser beneficiarios por una única vez.
  • La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo que, si al momento de legalizar el crédito condonable se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización y anulación de este, sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.
  • El cumplimiento de los requisitos de selección no genera ningún derecho para quien se inscribe, ni obligación de adjudicarle un crédito condonable. Solo después de surtidos los procesos de inscripción, calificación, adjudicación, legalización del crédito y viabilidad jurídica de las garantías, el aspirante se considerará beneficiario.

Dotación

Dotación de las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX:

A través de esta alianza, se otorga financiación para los siguientes rubros:

a. Recurso de Matrícula

Será financiable el valor de la matrícula ordinaria hasta por 10 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMLMV) por semestre que se girará directamente a la Institución de Educación Superior en modalidad condonable hasta en el 100%.

b. Recurso de sostenimiento

Será por valor de 1 Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMLMV), el cual se transfiere cada semestre a la cuenta bancaria registrada por el estudiante. El giro de los recursos de sostenimiento está condicionado al proceso de renovación de cada periodo académico y al cumplimiento de requisitos del estudiante en el marco de la “Autonomía Universitaria”.

¡Importante!

  • Los giros realizados a través del Fondo hacen parte de la línea de crédito condonable (hasta en el 100%), por lo tanto, si el beneficiario no cumple con los requisitos necesarios para la condonación, deberá devolver al Fondo total o parcialmente el valor financiado, bajo las condiciones de recuperación de cartera establecidas en el reglamento operativo del Fondo y por el ICETEX.
  • Se financiará un (1) programa académico de pregrado por estudiante en el nivel profesional universitario en la ciudad de Bogotá D.C. a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo estipulado en el plan de estudios y el registrado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES-, cubriendo el número de semestres del programa académico, que permitan la culminación del mismo acorde a lo solicitado por el/la aspirante en el formulario de inscripción.
  • El crédito condonable no financiará cursos intersemestrales, cursos de idiomas, seminarios, congresos, salidas de campo, ni herramientas o materiales de trabajo. Así mismo, no financiará pasantías, derechos de grado, prácticas, judicaturas, seminarios, diplomados, opciones de grado, grado, carné, seguro estudiantil, bienestar universitario, cursos de nivelación, cursos vacacionales o de cualquier naturaleza similar que estén por fuera del periodo académico, de acuerdo con el registro calificado expedido por el Ministerio de Educación Nacional.
  • El recurso de matrícula que atienda programas con periodicidad académica diferente a la semestral será desembolsado por el ICETEX, de acuerdo con los soportes suministrados por el/la beneficiario y una vez realizado el proceso de renovación. En todo caso, el valor a financiar no excederá los 10 SMLMV por semestre.
  • El beneficio otorgado por el fondo no es retroactivo, este iniciará exclusivamente a partir del momento en que el crédito es legalizado por el/la aspirante ante el ICETEX y dicho proceso no se podrá aplazar, es decir, la legalización se deberá realizar en el semestre para el que la Junta Administradora del Fondo adjudicó el crédito condonable.

Presentación

El aspirante a las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX debe ingresar a través del siguiente enlace:

https://solicitudes.icetex.gov.co/solicitudes/ingres.sm a través de la opción “Formulario de solicitud”.

Recuerde que cada aspirante debe contar con un correo electrónico propio y de fácil acceso para el proceso de inscripción y seguimiento al avance de la convocatoria. Para el correcto diligenciamiento del formulario, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Verifique previamente a qué convocatoria se está postulando (Convocatoria FONDO ALIANZA BOGOTÁ 2026-2-0).
  • Todos los campos solicitados en el formulario deben diligenciarse. Recuerde que usted podrá revisar la información las veces que requiera antes de guardar totalmente el formulario. Al seleccionar el botón “Completar solicitud”, se realizará la postulación a la convocatoria y no será posible realizar ningún cambio.
  • El usuario asignado y la contraseña que registre son requeridos para el acceso al diligenciamiento del formulario, por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente.
  • El programa académico para el que aspira financiación debe estar activo en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES). Así mismo, el aspirante debe conocer exactamente el semestre académico que cursará para el período actual de la convocatoria 2026-2.
  • El estrato socioeconómico de residencia y la dirección del domicilio ingresados en el formulario deben coincidir con la información registrada por el aspirante y acorde con la factura de un servicio público domiciliario.
  • Los datos de contacto (teléfonos, correos electrónicos y direcciones) deben estar correctos y vigentes.

Nota:

Por favor verifique que registra todos los campos solicitados y después seleccione el botón “Completar solicitud”. ICETEX no se hace responsable por postulaciones que no queden guardadas, ni por información errónea registrada en el formulario de inscripción.

Presentar los documentos requeridos para la inscripción.

Convocantes Asociados

Más información

Información general

La alianza otorga créditos educativos hasta 100% condonables con cargo al Fondo - Alianza, denominado “BOGOTÁ CIUDAD EDUCADORA - SUMA A TU REGIÓN AGENCIA ATENEA – ICETEX", con los recursos entregados por ATENEA al ICETEX, quien:

  • Administrará los recursos aportados por la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología ATENEA, para financiar los primeros semestres de los beneficiarios, a través del otorgamiento de créditos condonables, que cubrirán los costos de matrícula y apoyarán su sostenimiento.
  • Cofinanciará con sus recursos los semestres restantes, otorgando créditos reembolsables, según las condiciones establecidas en el convenio, políticas y Reglamento de Crédito Educativo del ICETEX, para fomentar el acceso y permanencia en educación superior a nivel profesional universitario a los jóvenes egresados de colegios de Bogotá pertenecientes a estratos 1, 2 y 3.

Beneficiarios del fondo

Los destinatarios de los créditos condonables que se otorgarán en el marco de este FONDO - “ALIANZA BOGOTÁ CIUDAD EDUCADORA - SUMA A TU REGIÓN” serán los egresados del Sistema Educativo de Bogotá para el acceso a un programa académico presencial, virtual o a distancia por beneficiario, en el nivel Profesional Universitario, y que pertenezcan a los estratos 1, 2 o 3.

Niveles educativos financiables

El FONDO - “ALIANZA BOGOTÁ CIUDAD EDUCADORA - SUMA A TU REGIÓN”, a través de esta convocatoria, otorgará créditos educativos condonables para estudios de educación superior de pregrado en Colombia, en nivel de formación profesional universitario.

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

El ICETEX realizará la publicación de resultados a través del siguiente enlace:

https://web.icetex.gov.co/en/creditos/gestion-de-credito/consulta-de-resultados

Mediante este acceso los aspirantes podrán consultar la aprobación por parte del fondo, ingresando el número de identificación.

La agencia ATENEA publicará el listado de calificación de los aspirantes en el enlace del fondo https://agenciaatenea.gov.co/posmedia.

Obligaciones de los beneficiarios

  1. Conocer y cumplir el Reglamento Operativo del fondo.
  2. Permanecer en el programa de estudios de conformidad con el reglamento académico correspondiente.
  3. Solicitar ante la Agencia ATENEA la autorización para realizar cambio de Institución de Educación Superior o programa de estudios (profesional universitario), por una sola vez, para lo cual debe remitir comunicación escrita y soportes explicando los motivos de la solicitud. La Agencia evaluará la situación, la presentará ante la Junta Administradora del Fondo y comunicará la decisión por escrito al beneficiario, así como notificará el cambio de programa y/o IES al ICETEX.
  4. Informar oportunamente mediante comunicación escrita a la Agencia ATENEA sobre ingresos adicionales por otras fuentes, becas u otra clase de apoyo económico, so pena de ser excluido del fondo y que se realicen las actuaciones correspondientes.
  5. Tomar como mínimo en cada período académico el número de créditos y materias establecidas por el programa de estudios correspondiente, según la modalidad de cada Institución de Educación Superior.
  6. Cumplir con los requisitos exigidos para el otorgamiento del título.
  7. Participar activamente en los programas de apoyo académico que adelantan las Instituciones de Educación Superior.
  8. Asistir a las tutorías o programas de acompañamiento y/o estrategias de la IES con el fin de mejorar el desempeño académico y permanencia en los programas de educación superior.
  9. Participar en las reuniones convocadas por la Agencia ATENEA.
  10. Constituir las garantías para respaldar las obligaciones que adquiere con el ICETEX.
  11. Actualizar, al final de cada período académico, la información personal ante el ICETEX a través de los formularios de renovación.
  12. Renovar el crédito para cada semestre académico dentro de los plazos señalados según el proceso establecido.
  13. Reintegrar al ICETEX dentro de los plazos que establezca, el valor mayor girado respecto al valor autorizado por el Fondo.
  14. Cumplir con los requisitos de condonación del crédito condonable dentro de los plazos establecidos.
  15. Cancelar al ICETEX, de conformidad con el plan de pago establecido, el crédito condonable financiado (capital e intereses), cuando la Junta Administradora determine que no cumplió con los requisitos de condonación dentro del plazo establecido o por la finalización del último período financiado por el ICETEX para los beneficiarios que no terminaron el programa académico, de conformidad con el presente reglamento.
  16. Asumir las obligaciones del crédito condonable, conforme al presente reglamento.
  17. Informar a las partes por escrito y dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su ocurrencia, el retiro o la suspensión temporal o definitiva de los estudios, explicando los motivos que la ocasionaron.
  18. Presentar a la Junta Administradora o a cualquiera de las entidades que conforman la misma, cuando esta(s) lo solicite(n), y sin perjuicio de las obligaciones señaladas en los literales anteriores, la información pertinente al desarrollo del programa que se encuentra realizando y las novedades académicas o administrativas si las hubiere.
  19. Reportar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su ocurrencia, la incapacidad parcial o permanente que le impida continuar con sus estudios temporal o definitivamente.
  20. Informar oportunamente al ICETEX por medio de los canales establecidos los cambios de dirección, teléfono, correo electrónico y cualquier dato personal que permita la comunicación constante e inmediata. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de realizar semestralmente el proceso de actualización de datos a través de la plataforma de ICETEX, suministrando información exacta y veraz.
  21. Solicitar por escrito ante la Agencia ATENEA la condonación del crédito con sus soportes respectivos, dentro de los tiempos establecidos en este Reglamento Operativo.
  22. Inscribir y/o actualizar la cuenta bancaria a través del portal transaccional de la entidad a través del link https://aplicaciones.icetex.gov.co/WebSitePortalTransaccional/crearusuario, este trámite solo podrá realizarse una vez cada seis meses, para aquellos beneficiarios a quienes se les aprobó el rubro de sostenimiento.
  23. Mantener bajo su exclusiva custodia y responsabilidad las credenciales de acceso (usuario y contraseña) para el ingreso a las plataformas digitales del ICETEX, a través de las cuales se realizan trámites, solicitudes o actualizaciones de información personal y del crédito educativo. En este sentido, el beneficiario no podrá divulgar, compartir ni transferir a terceros dichas credenciales, ni permitir el uso de su cuenta por personas distintas a él mismo, bajo ninguna circunstancia.

¡Importante!

  • Cualquier gestión, solicitud o modificación realizada a través de su cuenta personal se entenderá como efectuada directamente por el beneficiario y, por tanto, tendrá plena validez y producirá efectos jurídicos vinculantes. No obstante, en aquellos casos en los que el titular informe oportunamente a la entidad sobre un posible uso no autorizado de sus credenciales y se adelante la verificación correspondiente, la entidad podrá evaluar las circunstancias del caso para determinar si la gestión fue producto de una suplantación o acceso indebido, de conformidad con los procedimientos y mecanismos de seguridad establecidos.
  • El beneficiario deberá inscribir un producto financiero a su nombre para la recepción de los recursos, el cual debe corresponder a una cuenta bancaria o a un producto digital de depósito o dispersión de recursos autorizado y vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia (como billeteras electrónicas o depósitos simplificados) con código de compensación asignado por el Banco de la República de Colombia. Dicho producto deberá encontrarse activo y no se aceptarán productos financieros de terceros.

El producto financiero se deberá inscribir a través del portal transaccional de la entidad en el link, una vez suscritas las garantías:

https://aplicaciones.icetex.gov.co/WebSitePortalTransaccional/crearusuario

Si tiene dudas con la inscripción, podrá consultar en el siguiente link un paso a paso para llevar a cabo la inscripción de su cuenta bancaria: https://web.icetex.gov.co/-/videotutoriales-portal-transaccional-configuracion-prensa-icetex

Nota: A continuación, relacionamos tips para que tengas en cuenta si requieres actualizar tus datos personales:

  1. Recuerda que, si deseas actualizar tus datos personales como cambios de dirección, teléfono, correo electrónico, entre otros, este trámite solo puede ser gestionado por el titular del crédito educativo y deberá realizarse únicamente a través de la Ventana Digital o en el Centro de Experiencia Presencial (CEP) más cercano.
  2. Solo podrás solicitar cambio de tu cuenta bancaria una vez cada seis (6) meses, previo cumplimiento de requisitos.

Documentación a adjuntar

En un plazo máximo de 48 horas posteriores al diligenciamiento del formulario de inscripción, recibirá al correo electrónico a través del cual se registró un enlace con su usuario y contraseña que le permitirán acceder a la plataforma de cargue de documentos. Por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente, ya que deberá ingresar de manera recurrente a validar el estado de revisión de los documentos. En este enlace deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato PDF:

  1. Copia del diploma de grado de bachiller o documento que lo acredite.
  2. Copia de la factura de un servicio público domiciliario (agua, energía o gas) de los últimos 6 meses del lugar de residencia del aspirante al crédito condonable, en donde se valide la dirección de residencia registrada y el estrato socioeconómico al que pertenece.
  3. ASPIRANTES A PRIMER SEMESTRE: Copia legible del resultado de la Prueba (ICFES) SABER 11, donde se visualice nombre y apellidos del aspirante, número de identificación, código de la prueba, el cual debe coincidir con el registrado en el formulario de inscripción y el puntaje o puesto obtenido.
  4. ASPIRANTES A SEGUNDO SEMESTRE EN ADELANTE: Certificado de notas del semestre inmediatamente anterior, expedido por la respectiva universidad según aplique, donde se visualice nombre y apellidos del aspirante, número de identificación, nombre de la IES, programa académico, período y el promedio del semestre inmediatamente anterior.

Los certificados de notas deben ser expedidos por la Institución de Educación Superior, no se aceptan pantallazos del sistema.

  1. Formulario de inscripción del aspirante a la respectiva convocatoria, diligenciado en la página del ICETEX de conformidad con los términos de la convocatoria, completo y legible.
  2. Certificado de admisión emitido por la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios técnico-profesionales o tecnológicos, o copia de la orden de matrícula, indicando nombre e identificación del aspirante, programa académico, valor de la matrícula y período académico 2026-2.
  3. SI LA ASPIRANTE ES MUJER MADRE: Registro civil de hijos, para asignación de puntaje diferencial.
  4. Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación del aspirante.
  5. SI EL ASPIRANTE ES MENOR DE EDAD: deberá adjuntar también la cédula del padre, madre o acudiente, igualmente legible y por ambas caras.

¡Importante!

  • El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos o indicaciones de la etapa de inscripción es causal de rechazo de la postulación.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX

Las Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX son convocadas por Atenea en colaboración con ICETEX con el principal propósito de ofrecer créditos 100% condonables a aquellos alumnos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, y que vayan a realizar estudios de Pregrado.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX" es: desde 29/05/2026 hasta 16/06/2026.

La Beca "Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Pregrado

La Beca "Becas Alianza Bogotá Ciudad Educadora ICETEX" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula