Becas Colaboración Atención Podológica
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Becas Colaboración Atención Podológica: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Colaboración Atención Podológica son convocadas por la Universidad de Castilla La Mancha y tiene la finalidad de que los estudiantes puedan llevar a cabo una formación práctica en dicha universidad. Gracias a estas becas los seleccionados aprenderán sobre tareas de gestión y práctica clínica desarrolladas en el CAP, en especial las relacionadas con los servicios de Quiropodología, Ortopodología y Biomecánica. Además prestarán Soporte y desarrollarán las actividades en relación a formación, prevención, difusión y divulgación del CAP.
Estas becas se llevarán a cabo en el Centro de Atención Podológica en la sede de Talavera de la Reina, de manera que los estudiantes puedan compatibilizarlas con sus estudios.
Las personas que quieran solicitar las Becas Colaboración Atención Podológica, deberán estar matriculados en el Grado de Podología de dicha universidad. Será necesario que el estudiante continúe con sus estudios mientras cursa la beca. Los estudiantes recibirán una cuantía mensual de 320 euros en contraprestación por la realización de sus tareas.
Se valorarán méritos de los aspirantes tales como el expediente académicos o la formación complementaria en podología clínica, a la hora de adjudicar las becas.
Si estás cursando el Grado de Podología en la UCLM, y quieres ampliar tu formación práctica, las Becas Colaboración Atención Podológica seguro que pueden intersarte. Consulta toda la información sobre ellas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Carrera
- Podología
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculado/a en enseñanza oficial de Grado en Podología de la UCLM durante el curso 2023/2024 y 2024/2025, siendo necesario continuar con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. No podrán solicitarla aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado, según proceda, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
- No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos, la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
- No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
- No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
- No se podrá disfrutar de la beca cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
- No podrán ser beneficiarios/as de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Dotación
Dotación económica
- La presente convocatoria tiene un presupuesto máximo para el ejercicio 2024 de 2.154,13 € (dos mil ciento cincuenta y cuatro euros con trece céntimos) incluidos los 74,13 euros (setenta y cuatro euros con trece céntimos) para atender los costes asociados a las cotizaciones a la seguridad social de esta beca estimados, y para el ejercicio 2025 de 1.492,95 € (mil cuatrocientos noventa y dos euros con noventa y cinco céntimos) incluidos los 52,95 euros (cincuenta y dos euros con noventa y cinco céntimos) para atender los costes asociados a las cotizaciones a la seguridad social de esta beca estimados. Los costes de las mensualidades de la beca se imputarán en ambos años a la aplicación presupuestaria 00760CAPOD/422D/48001 y los costes correspondientes a la seguridad social a la aplicación presupuestaria 00760CAPOD/422D/160, existiendo crédito adecuado y suficiente en ambos conceptos de gasto para cubrir el período de desarrollo de la beca. Este crédito ha sido debidamente retenido con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria.
- El importe mensual bruto de la beca es de 320€ (trescientos veinte euros).
- Esta ayuda no está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El porcentaje de retención aplicable vendrá determinado por la cuantía de la ayuda, por las circunstancias personales y familiares del interesado/a y por el período de cobro de la citada beca.
- Estas becas, dado su carácter formativo en servicios universitarios, quedan expresamente incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (B.O.E. de 27/10/2011) por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
Presentación
Las solicitudes, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo III de la presente convocatoria y estarán dirigidas al Vicerrector de Ciencias de la Salud.
Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.
El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 18 de abril de 2024 hasta las 23:59 horas del 24 de abril de 2024.
Más información
Prórroga de la beca
La prórroga de la beca no será posible según lo establecido en esta convocatoria.
Evaluación de las solicitudes
La Comisión evaluará las solicitudes de los aspirantes basándose en los méritos aportados, considerando su adecuación al destino y los requisitos y objetivos previstos. Para ello, se tomarán en cuenta:
- a. El expediente académico de los candidatos (hasta 3 puntos).
- b. Formación complementaria en podología clínica (hasta 1 punto por cada 100 horas).
- c. Otros méritos relacionados con el objeto de la beca (hasta 5 puntos), que incluyen:
- Calificación obtenida en asignaturas del ámbito de la Quiropodología, Ortopodología, Biomecánica y Patología podológica (hasta 3 puntos).
- Ser beneficiario de convocatorias de alumnos colaboradores en investigación propias de la Facultad de Ciencias de la Salud (hasta 1 punto).
- Ser beneficiario de convocatorias de beca de colaboración para el Centro de Atención Podológica (hasta 1 punto).
- Incorporarse a su actividad en el Centro de Atención Podológica desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
- Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
- Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
- La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
- Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
- Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el/la becario/a, con el visto bueno de su tutor/a, deberá presentar una memoria de la actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.
- La persona beneficiaria suscribirá una declaración antes de comenzar a percibir el importe de la beca en la que indique que en ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual (laboral o administrativa), con la UCLM.
Documentación a adjuntar
Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos:
- a. Currículum Vitae (CV).
- b. Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.
Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.