Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM)

Becas Colaboración Atención Podológica

Becas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

18/04/202424/04/2024
Finalizada

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Becas Colaboración Atención Podológica: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Colaboración Atención Podológica son convocadas por la Universidad de Castilla La Mancha y tiene la finalidad de que los estudiantes puedan llevar a cabo una formación práctica en dicha universidad. Gracias a estas becas los seleccionados aprenderán sobre tareas de gestión y práctica clínica desarrolladas en el CAP, en especial las relacionadas con los servicios de Quiropodología, Ortopodología y Biomecánica. Además prestarán Soporte y desarrollarán las actividades en relación a formación, prevención, difusión y divulgación del CAP.

Estas becas se llevarán a cabo en el Centro de Atención Podológica en la sede de Talavera de la Reina, de manera que los estudiantes puedan compatibilizarlas con sus estudios.

Las personas que quieran solicitar las Becas Colaboración Atención Podológica, deberán estar matriculados en el Grado de Podología de dicha universidad. Será necesario que el estudiante continúe con sus estudios mientras cursa la beca. Los estudiantes recibirán una cuantía mensual de 320 euros en contraprestación por la realización de sus tareas.

Se valorarán méritos de los aspirantes tales como el expediente académicos o la formación complementaria en podología clínica, a la hora de adjudicar las becas.

Si estás cursando el Grado de Podología en la UCLM, y quieres ampliar tu formación práctica, las Becas Colaboración Atención Podológica seguro que pueden intersarte. Consulta toda la información sobre ellas aquí.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Salud y Biología
Carrera
  • Podología
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado/a en enseñanza oficial de Grado en Podología de la UCLM durante el curso 2023/2024 y 2024/2025, siendo necesario continuar con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. No podrán solicitarla aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado, según proceda, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
  • No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos, la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
  • No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
  • No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
  • No se podrá disfrutar de la beca cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
  • No podrán ser beneficiarios/as de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Dotación

Dotación económica

  1. La presente convocatoria tiene un presupuesto máximo para el ejercicio 2024 de 2.154,13 € (dos mil ciento cincuenta y cuatro euros con trece céntimos) incluidos los 74,13 euros (setenta y cuatro euros con trece céntimos) para atender los costes asociados a las cotizaciones a la seguridad social de esta beca estimados, y para el ejercicio 2025 de 1.492,95 € (mil cuatrocientos noventa y dos euros con noventa y cinco céntimos) incluidos los 52,95 euros (cincuenta y dos euros con noventa y cinco céntimos) para atender los costes asociados a las cotizaciones a la seguridad social de esta beca estimados. Los costes de las mensualidades de la beca se imputarán en ambos años a la aplicación presupuestaria 00760CAPOD/422D/48001 y los costes correspondientes a la seguridad social a la aplicación presupuestaria 00760CAPOD/422D/160, existiendo crédito adecuado y suficiente en ambos conceptos de gasto para cubrir el período de desarrollo de la beca. Este crédito ha sido debidamente retenido con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria.
  2. El importe mensual bruto de la beca es de 320€ (trescientos veinte euros).
  3. Esta ayuda no está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El porcentaje de retención aplicable vendrá determinado por la cuantía de la ayuda, por las circunstancias personales y familiares del interesado/a y por el período de cobro de la citada beca.
  4. Estas becas, dado su carácter formativo en servicios universitarios, quedan expresamente incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (B.O.E. de 27/10/2011) por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Presentación

Las solicitudes, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo III de la presente convocatoria y estarán dirigidas al Vicerrector de Ciencias de la Salud.

Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.

El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 18 de abril de 2024 hasta las 23:59 horas del 24 de abril de 2024.

Más información

Prórroga de la beca

La prórroga de la beca no será posible según lo establecido en esta convocatoria.

Evaluación de las solicitudes

La Comisión evaluará las solicitudes de los aspirantes basándose en los méritos aportados, considerando su adecuación al destino y los requisitos y objetivos previstos. Para ello, se tomarán en cuenta:

  • a. El expediente académico de los candidatos (hasta 3 puntos).
  • b. Formación complementaria en podología clínica (hasta 1 punto por cada 100 horas).
  • c. Otros méritos relacionados con el objeto de la beca (hasta 5 puntos), que incluyen:
    • Calificación obtenida en asignaturas del ámbito de la Quiropodología, Ortopodología, Biomecánica y Patología podológica (hasta 3 puntos).
    • Ser beneficiario de convocatorias de alumnos colaboradores en investigación propias de la Facultad de Ciencias de la Salud (hasta 1 punto).
    • Ser beneficiario de convocatorias de beca de colaboración para el Centro de Atención Podológica (hasta 1 punto).
Si lo considera necesario, la Comisión podrá realizar una entrevista personal para aclarar determinados aspectos de los méritos aportados.

La Comisión podrá proponer, en su caso, un listado de suplentes, que conservará vigencia hasta la finalización del período de beca, con el objetivo de cubrir posibles ceses o renuncias de la persona inicialmente becada.

Con todo lo anterior, la Comisión formulará la propuesta provisional de adjudicación, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución provisional de concesión de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión, y dará un plazo de tres días para que los/as interesados/as puedan formular alegaciones.

La resolución provisional se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Vicerrectorado de Ciencias de la Salud.

Una vez terminado el plazo de tres días para alegaciones a la resolución de concesión provisional de la beca se reunirá nuevamente la Comisión de selección para estudiar las alegaciones recibidas, tras lo que emitirá la propuesta definitiva, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión definitiva de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Si no hubiera alegaciones se elevará la resolución provisional a definitiva sin necesidad de que se reúna la comisión.

La resolución definitiva se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Vicerrectorado de Ciencias de la Salud. Asimismo, la resolución de concesión definitiva se comunicará a la base de datos nacional de subvenciones (BDNS).

Obligaciones de la persona beneficiaria

  1. Incorporarse a su actividad en el Centro de Atención Podológica desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
  2. Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
  3. Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  4. La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
  5. Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
  6. Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el/la becario/a, con el visto bueno de su tutor/a, deberá presentar una memoria de la actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.
  7. La persona beneficiaria suscribirá una declaración antes de comenzar a percibir el importe de la beca en la que indique que en ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual (laboral o administrativa), con la UCLM.
Incompatibilidades

Estas becas de colaboración son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda. A dichos efectos, se declara expresamente la incompatibilidad de estas ayudas tanto con las concedidas por las administraciones públicas como con cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio otorgada por la Universidad de Castilla-La Mancha. Son una excepción las ayudas de carácter general convocadas para el curso correspondiente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, las becas en cuyas convocatorias se recoja la compatibilidad con la convocatoria de becas de colaboración de forma expresa o las ayudas por la realización de prácticas académicas retribuidas, siempre que no se mantenga en el tiempo la situación de incompatibilidad; en este último caso, podrá solicitarse una suspensión temporal durante la realización de las prácticas para continuar con la beca de colaboración a su finalización.

No se podrá disfrutar de estas becas de colaboración mientras el/la solicitante mantenga una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o esté trabajando por cuenta propia. No obstante, de generarse esta situación una vez iniciado el disfrute de la beca, podría solicitarse suspensión temporal (con la duración que previamente determine la relación laboral o administrativa) para continuar, a su extinción, con el disfrute de la beca de colaboración.

Enlaces de interés

Podrás consultar el programa formativo y otros datos de interés en el siguiente enlace:

https://www.uclm.es/-/media/Files/A01-Asistencia-Direccion/A01-Vicerrectorado-Ciencias-Salud/Convocatorias/2024_BECA_CAP_MAY/BASES/20240409-CONVOCATORIA-BECA-COLABORACIoN-CAP-2024-MAYO.ashx

Documentación a adjuntar

Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos:

  • a. Currículum Vitae (CV).
  • b. Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.

Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.


Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Colaboración Atención Podológica son convocadas por la Universidad de Castilla La Mancha y tiene la finalidad de que los estudiantes puedan llevar a cabo una formación práctica en dicha universidad. Gracias a estas becas los seleccionados aprenderán sobre tareas de gestión y práctica clínica desarrolladas en el CAP, en especial las relacionadas con los servicios de Quiropodología, Ortopodología y Biomecánica. Además prestarán Soporte y desarrollarán las actividades en relación a formación, prevención, difusión y divulgación del CAP.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Colaboración Atención Podológica" es: desde 18/04/2024 hasta 24/04/2024.

La Beca "Becas Colaboración Atención Podológica" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Colaboración Atención Podológica" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes