Becas Movilidad Convenio Cotutela Dcotorandos UJI
INSCRIPCIONES
Becas Movilidad Convenio Cotutela Dcotorandos UJI: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Movilidad Convenio Cotutela Doctorandos UJI están dirigidas a apoyar la realización de tesis doctorales en modalidad de cotutela internacional. Estas ayudas buscan cubrir parcialmente los gastos de estancia de los doctorandos que desarrollan su investigación bajo un convenio de cotutela, promoviendo la proyección internacional y la calidad de los programas de doctorado de la Universidad Jaume I.
Para la selección de los becarios se valoran aspectos como la matrícula en la UJI, el expediente académico, el nivel de inglés certificado y las publicaciones indexadas durante el periodo de doctorado. También se otorgan puntos por discapacidad o necesidades educativas especiales.
Las Becas Movilidad Convenio Cotutela Doctorandos UJI son incompatibles con otras ayudas para los mismos conceptos. Los beneficiarios deben cumplir con diversas obligaciones, como realizar la estancia de investigación con una duración mínima de seis meses, presentar la documentación requerida en plazo y respetar las condiciones del convenio. Además, es imprescindible contar con seguro médico y justificar correctamente el uso de los fondos.
Las Becas Movilidad Convenio Cotutela Doctorandos UJI representan una oportunidad para fortalecer la internacionalización y la excelencia académica. Son un apoyo clave para los doctorandos que buscan desarrollar su formación en un contexto global y competitivo. Si deseas consultar todos los datos para solicitarlas, aquí te los facilitamos.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Personas beneficiarias y requisitos de los solicitantes de las Becas Movilidad Convenio Cotutela Dcotorandos UJI:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el alumnado de doctorado de la Universidad Jaume I que reúnen los siguientes requisitos:
- a. Podrá solicitar estas ayudas el alumnado de doctorado en activo con matrícula formalizada en la Universidad Jaume I durante el curso 2024/2025 que, en el momento de la solicitud, no haya iniciado el proceso de evaluación de la calidad de la tesis. Además, será necesario que hayan realizado o tengan previsto realizar, durante este mismo curso académico, una estancia de investigación de una duración mínima de seis meses, enmarcada en un convenio de cotutela internacional. En cualquier caso, la estancia objeto de la solicitud debe estar finalizada antes del 31 de diciembre. Se aceptarán tanto las estancias realizadas de forma continuada como aquellas que se hayan llevado a cabo de forma fraccionada, siempre que la suma total de los períodos acredite la duración mínima establecida de seis meses.
- b. En el caso de solicitantes que estén matriculados en la Universidad Jaume I en la segunda anualidad o posteriores, es necesario haber obtenido un informe favorable en la última evaluación disponible en el momento de la baremación.
No pueden obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades incursas en alguna de las circunstancias recogidas en los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- a. Serán excluidas de la convocatoria las solicitudes de las personas que tengan deudas económicas pendientes con la UJI a fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
- b. Serán excluidas de la convocatoria las personas que, en el momento de inicio de presentación de solicitudes, tengan un convenio de cotutela iniciado pero sin formalizar.
La condición de beneficiario de esta ayuda solo podrá ostentarse una vez, independientemente de si la estancia se lleva a cabo de forma fraccionada.
Aspirantes con condición de víctimas de violencia de género Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A tal efecto, las mujeres interesadas deben formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo de «Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género».
Dotación
Contenido y cuantía de las Becas Movilidad Convenio Cotutela Dcotorandos UJI:
Estas ayudas tienen como objetivo sufragar parcialmente los gastos derivados de las estancias realizadas por el alumnado matriculado en un programa de doctorado de la UJI bajo un convenio de cotutela firmado por todas las partes antes de la fecha de publicación de esta convocatoria. Es imprescindible que la estancia no esté financiada por otros medios y que sus fechas se incluyan en el período estipulado por el convenio de cotutela.
La dotación económica individual de estas ayudas, destinada a sufragar parcialmente los gastos de las estancias de cotutela, consistirá en dos ayudas de 2.500 € cada una.
Las ayudas no cubren ningún tipo de seguro médico ni de accidentes. Es responsabilidad exclusiva del beneficiario de la ayuda, garantizar su propia asistencia médica y de accidentes. Por lo tanto, el doctorando o doctoranda debe contar con un seguro médico y/o asistencia sanitaria antes de iniciar la estancia.
Si la estancia todavía no se ha realizado, el doctorando o doctoranda beneficiario puede solicitar un anticipo del 75% del importe de la ayuda. Esta solicitud debe presentarse en la Escuela de Doctorado mediante el Registro Electrónico de la Universidad Jaume I. En caso de solicitar el anticipo, deberá notificarse la incorporación al centro receptor en un plazo de diez días a contar desde la fecha de incorporación. Esta notificación se hará en la Escuela de Doctorado a través del Registro Electrónico de la Universidad Jaume I, mediante el certificado de incorporación firmado por la persona responsable de la estancia en el centro receptor (anexo 5, correspondiente al impreso 4).
Presentación
De acuerdo con el artículo 21.5 del ACUERDO de 28 de enero de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Universidad Jaume I, los miembros de la comunidad universitaria tienen la obligación de presentar los documentos por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud para las Becas Movilidad Convenio Cotutela Dcotorandos UJI se realizará preferentemente por medios electrónicos en la plataforma de la Universidad Jaume I. A la sede electrónica de la UJI se puede acceder a través de la dirección https://www.uji.es/seu. Las solicitudes irán dirigidas a la Escuela de Doctorado.
En todo caso, las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas referidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, será firmada por la persona interesada empleando cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, considerándose presentada a todos los efectos, obteniendo el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que el plazo resulte necesario, la presentación.
Más información
Objeto y finalidad
El objeto de estas bases es, en el marco de la normativa vigente, regular la concesión de ayudas para impulsar la realización de tesis doctorales en modalidad de cotutela internacional. A tal efecto, estas ayudas están diseñadas para cubrir parcialmente los gastos de estancia de los doctorandos y doctorandas que realizan su doctorado bajo convenio de cotutela. De esta forma, buscamos promover la proyección internacional de las tesis doctorales de la Universidad Jaume I y potenciar la internacionalización de nuestros programas de doctorado.
Esta acción se enmarca dentro de la línea 8.5 del Plan Estratégico de Subvenciones 2023/2025, “Impulsar y favorecer la investigación y la transferencia del conocimiento”, concretamente hace referencia a la acción 8.5.a “Promoción de la investigación entre jóvenes investigadores”.
Criterios de valoración/selección
La comisión deberá tener en consideración los siguientes aspectos a la hora de realizar la propuesta de concesión:
Solo se concederán ayudas para la realización de estancias que contribuyan a llevar a cabo los requisitos del convenio de cotutela.
Para la concesión de estas ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración en atención a los méritos alegados y debidamente acreditados por los solicitantes:
- a. Personas solicitantes matriculados en la Universidad Jaume I como Universidad principal y en el convenio de cotutela indique que será la universidad donde tendrá lugar la defensa de la tesis; 20 puntos.
- b. Expediente académico de doctorado: nota media de todos los informes favorables de las anualidades precedentes. La puntuación obtenida sobre el máximo, que es 4, se multiplicará por 10; hasta 40 puntos.
- c. Certificado acreditado de lengua inglesa: Se valorará el nivel de conocimiento de lengua inglesa validado por el Servicio de Lenguas y Terminología (procedimiento para solicitar la validación de certificados de lenguas) según la tabla de equivalencias de idiomas aprobada por el Consejo de Gobierno, con una puntuación; hasta 10 puntos.
- C1 o superior = 10 puntos.
- B2=5 puntos.
- d. Publicaciones indexadas. Artículos, capítulos y libros realizados durante el período de matrícula en la Universitat Jaume I la tesis, siempre que el doctorando o doctoranda o alguna de las personas coautoras tengan filiación con la Universitat Jaume I. Se recomienda que estas publicaciones estén recogidas en el Sistema de Datos de Investigación SDI de la UJI. En caso de no estar registradas, la puntuación asignada será la mitad de la máxima posible. Los trabajos científicos en prensa o ya aceptados tendrán que aportar el DOI (Digital Object Identifier) o la acreditación correspondiente para su evaluación, como la carta de aceptación del editor; hasta 20 puntos.
Puntuaciones: Se utilizará la escala de valoración de resultados de la UJI.
- Aportaciones clasificadas en la categoría A+, 10 puntos cada una.
- Aportaciones clasificadas en la categoría A, 5 puntos cada una.
- Aportaciones clasificadas en la categoría B, 3 puntos cada una.
- Aportaciones clasificadas en la categoría C, 1 punto cada una.
- Aportaciones clasificadas en la categoría D, 0,5 puntos cada una.
- Las aportaciones clasificadas en la categoría C y/o D solo pueden sumar un máximo de 3 puntos en el conjunto de ambas.
- e. Criterios de Valoración para alumnado con Discapacidad o Necesidades Educativas Especiales. Dentro de este apartado, se valorará la situación del alumnado de la siguiente forma; hasta 10 puntos:
- 7 puntos para alumnado con discapacidad igual o superior al 33%.
- 3 puntos para alumnado con necesidades educativas especiales, siempre que cuenten con un informe de la Unidad de Diversidad y Discapacidad.
Criterios de desempate por orden de prelación:
Después de la baremación, y en caso de empate en la puntuación, los criterios de desempate se aplicarán en el siguiente orden de prelación:
- a. En caso de empate, tendrán prioridad las solicitudes provenientes de programas de doctorado que tengan menos ayudas concedidas en la presente convocatoria y, si es necesario desempatar, se examinarán las ayudas de la anterior convocatoria.
- b. Fecha de llegada de las solicitudes correctamente presentadas. En caso de solicitudes que hayan requerido subsanación, se considerará la fecha en la que la documentación esté correctamente completada.
Con las puntuaciones conseguidas se confeccionará una lista en orden descendente que conformará la propuesta de resolución.
Los solicitantes que no obtengan la ayuda pasarán a formar parte de una lista de espera por orden descendente para ser requeridos en caso de existir renuncias o no aceptaciones.
Incompatibilidad con otras ayudas
Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otra destinada a sufragar los conceptos contemplados en esta convocatoria.
En caso de incumplimiento, las personas beneficiarias están obligadas a devolver las cantidades recibidas en virtud de esta convocatoria.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Son obligaciones de las personas beneficiarias las siguientes:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
- b. Las personas beneficiarias tienen un plazo de máximo de diez días a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución definitiva de concesión, para aceptar la ayuda y presentar la documentación. La aceptación de la ayuda (anexo 4, correspondiente al impreso 3) se debe enviar a la Escuela de Doctorado mediante el registro electrónico de la Universidad Jaume I. La no aceptación en el plazo establecido se considerará una renuncia.
- c. Es imprescindible que los certificados de idiomas para la baremación, estén validados por el Servicio de Lenguas y Terminología. Aquellos certificados que no hayan sido validados previamente no serán tenidos en cuenta (procedimiento para solicitar la validación de certificados de lenguas).
- d. Es necesario estar dado de alta en base de datos de terceros para poder realizar el abono. En el siguiente enlace puede encontrar el procedimiento para darse de alta o modificar sus datos bancarios: Terceros.
- e. No estar incursos en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2, y, en su caso, en el artículo 13.3 LGS. Por ello, es necesario adjuntar la declaración responsable de las personas beneficiarias de subvenciones y ayudas UJI, disponible en: Certificado de declaración de los beneficiarios y beneficiarias de subvenciones y ayudas de la UJI.
- f. La realización de la estancia de investigación tendrá que tener una duración mínima de seis meses. Esta se podrá realizar tanto en el centro de investigación extranjero del convenio de cotutela como en la Universitat Jaume I, en aquellos casos en los que la defensa de la tesis se efectúe en la universidad extranjera.
- En el caso de estancias fraccionadas, la suma total de los períodos acreditados tendrá una duración mínima de seis meses, en el momento de la solicitud.
- g. La estancia debe estar finalizada obligatoriamente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
- h. Es imprescindible que la estancia quede detallada en el convenio de cotutela, que deberá estar debidamente firmado por todas las partes. El doctorando o doctoranda está obligado a defender la tesis doctoral dentro del plazo y condiciones estipuladas y a hacer constar en el documento de tesis que ha recibido una ayuda para la estancia de cotutela financiada por la Escuela de Doctorado de la Universitat Jaume I. En caso de incumplimiento, de esta ayuda se considerará un adelanto y se tendrá que reembolsar la cantidad percibida en su totalidad.
- j. Permanecer en el centro para el que se solicitó la ayuda y cumplir con aprovechamiento el plan de trabajo propuesto. Si por motivos justificados la persona beneficiaria de la ayuda se ve obligada a modificar el período de estancia, se debe solicitar la autorización a la Escuela de Doctorado mediante el registro electrónico de la Universidad Jaume I con indicación de los motivos de la modificación y, en su caso, debe adjuntarse la documentación justificativa. No se admitirán modificaciones del centro de receptor para el que se solicitó la ayuda.
- k. En caso de recibir una ayuda posterior de otro organismo para cubrir la actividad solicitada, esta ayuda se considerará un anticipo y la persona beneficiaria deberá reembolsar la cantidad percibida.
- l. La persona beneficiaria de la ayuda se responsabiliza de tener garantizada la asistencia médica y de accidentes. Por ello, el doctorando o doctoranda debe contar con un seguro médico y/o asistencia sanitaria con carácter previo al inicio de la estancia.
- m. No alterar la finalidad de las subvenciones y cumplir con las obligaciones establecidas en la legislación vigente para la percepción de fondos públicos.
- n. Facilitar la inspección y control del órgano competente para conocer cualquier aspecto de la actividad objeto de la subvención.
- o. Conservar los documentos justificativos de la subvención recibida, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.
- p. Dejar constancia expresa de la condición del programa subvencionado por la UJI en cualquier relación con terceros.
- q. Cualquier otra obligación establecida en estas bases o en la normativa aplicable, en particular, en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en este punto 10.1, la Escuela de Doctorado desestimará la ayuda y se penalizará la solicitud en próximas convocatorias.
Enlaces de interés
https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/DFUA16AC2AZ3UT78EJ8FHIFQ9CBJS8V3
Documentación a adjuntar
A este formulario deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- a. El impreso de solicitud debe incluir las fechas de realización de la estancia, que deben coincidir con las especificadas en el convenio de cotutela, así como el plan de trabajo previsto durante la estancia y su relación específica con el plan de investigación de la tesis doctoral. Esta solicitud deberá estar firmada por el doctorando o doctoranda y por los directores o directoras de tesis, tanto de la Universidad Jaume I como de la otra universidad firmante del convenio (anexo 2, correspondiente al impreso 1).
- b. Declaración jurada en la que se indique que la persona solicitante no ha recibido ninguna ayuda o beca por los mismos conceptos (anexo 3, correspondiente al impreso 2).
Los modelos de los impresos normalizados se pueden obtener en el apartado «Premios, contratos y ayudas» de la página web de la Escuela de Doctorado.
Si estos documentos ya obran en poder de la Universidad, no será necesaria su presentación.
Tanto los requisitos como los méritos deben cumplirse en la fecha final de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.
Con la presentación de la solicitud, las personas que solicitan la beca declaran bajo su responsabilidad solidaria lo siguiente:
- Que acepten las bases de la convocatoria para la que solicitan la beca.
- Que todos los datos incorporados en la solicitud se ajustan a la realidad.
- Que quedan enteradas de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la beca.
- Que la persona solicitante no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.