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| Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarios y solicitantes de estas subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro (organizaciones empresariales y sindicales, asociaciones privadas sin ánimo de lucro, fundaciones, etc.), empresas radicadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para sus centros de trabajo y trabajadores y trabajadoras ubicados en la misma, así como los alumnos/as con residencia habitual en nuestra Región, que realicen el máster de posgrado universitario en prevención de riesgos laborales, organizado por universidades públicas radicadas en la Región de Murcia, o cursos de coordinador de seguridad y salud laboral en la construcción, de 200 horas de duración como mínimo, según el programa elaborado en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, impartidos por entidades formativas cuyo domicilio social se encuentre en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Dotación: La dotación variará según la subvención o beca de la que se trate. Fecha inicio: 18/03/2010 Fecha cierre: 17/04/2010 Información:
Las solicitudes en el modelo normalizado que figura en el Anexo 1 de la presente Orden y, suscritas por el/la interesado/a o representante legal debidamente acreditado, acompañadas de copia junto a su original o fotocopia debidamente compulsada de la documentación específica establecida para cada uno de los Programas, irán dirigidas al Director del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, y se podrán presentar en el Registro del propio Instituto o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por el procedimiento de ventanilla única en aquellos municipios que dispongan de ella.
Observaciones:
Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 63 Miércoles, 17 de marzo de 2010 (I. Comunidad Autónoma - 1. Disposiciones Generales - Orden de 9 de marzo de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo).
La presente Orden tiene por objeto establecer el régimen jurídico de las bases reguladoras y la convocatoria de concesión de subvenciones y becas, por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia para el año 2010, con la finalidad de fomentar, difundir y promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, en el ámbito geográfico de la Región de Murcia, y siempre que sus beneficios reviertan en la misma, a través de los siguientes Programas:
Programa 1.º: Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para acciones de prevención de riesgos laborales:
Acción A): Subvenciones a la promoción, investigación, innovación, fomento y difusión en materia
de prevención de riesgos laborales, así como a la realización de la primera auditoría externa de la actividad preventiva de servicios de prevención mancomunados, realizada exclusivamente para microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), que en ningún caso tengan obligación de constituir servicio de prevención propio.
El servicio de prevención mancomunado estará constituido por entidad sin ánimo de lucro.
Acción B): Subvenciones a la contratación de técnicos/as de prevención con dedicación efectiva a actividades preventivas, con formación de nivel superior o nivel intermedio en prevención de riesgos laborales, o con titulación de formación profesional de Técnico superior en Prevención de Riesgos Profesionales.
Programa 2.º: Subvenciones a empresas para acciones de prevención de riesgos laborales:
Acción A): Subvenciones a la promoción, investigación, innovación, fomento y difusión en materia de prevención de riesgos laborales, dirigidas a sus trabajadores y trabajadoras, así como la realización de la primera auditoría externa de la actividad preventiva de servicios de prevención mancomunados, realizada exclusivamente para pymes que en ningún caso tengan obligación de constituir servicio de prevención propio, y de los sistemas preventivos de las empresas que tengan constituido un servicio de prevención propio, sin estar legalmente obligadas a ello.
Asimismo, serán subvencionables las auditorías voluntarias, en aquellos casos en que la auditoría externa no sea legalmente exigible, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el art. 33 bis, apartado 3, del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Acción B): Subvenciones a la contratación de técnicos/as de prevención con dedicación efectiva a actividades preventivas, con formación de nivel superior o nivel intermedio en prevención de riesgos laborales, o titulación de formación profesional de Técnico superior en Prevención de Riesgos Profesionales.
Programa 3..º Becas a alumnos/as de másteres oficiales de posgrado universitario sobre prevención de riesgos laborales, y de cursos de coordinador de seguridad y salud laboral en la construcción.
Lugar: MURCIA - España |