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| Requisitos:
1.- Podrán acogerse a la presente convocatoria los jóvenes residentes en Cantabria con edades comprendidas entre los dieciséis y los treinta años que cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber reservado la participación en un curso de idiomas en el extranjero.
b) Estar en los umbrales de ingresos por unidad familiar que se establecen a continuación, referidos al último período impositivo del IRPF declarado:
Familias de un miembro: 18.000 euros.
Familias de 2 miembros: 23.000 euros.
Familias de 3 miembros: 27.000 euros.
Familias de 4 miembros: 30.000 euros.
Familias de 5 miembros: 32.000 euros.
Familias de 6 miembros: 34.000 euros.
A partir del séptimo miembro se añadirán 2.000 euros por cada miembro computable.
A los efectos de esta Orden se entenderá por unidad familiar al conjunto de personas unidas por vínculos de parentesco, tanto por consaguinidad como por afinidad, que convivan habitualmente con el solicitante.
Para determinar el umbral de rentas se estará a la base liquidable general sujeta a tributación declarada en el IRPF correspondiente al ejercicio 2007 para las solicitudes presentadas hasta 30 de junio, o a la base liquidable general sujeta a tributación declarada en el IRPF correspondiente al ejercicio 2008 en los demás casos.
2.- No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Dotación: 1. La subvención a conceder será igual a la cuantía solicitada, con los siguientes límites: 1.1. 400 euros.para cursos de dos semanas. 1.2. 600 euros.para cursos de tres semanas. 1.3. 800 euros.para cursos de cuatro semanas o más. 2. “Se establece una cuantía de 100.000 euros para subvencionar las solicitudes presentadas hasta el 30 de abril, de 25.000 euros para subvencionar las presentadas entre el 1 de mayo y el 30 de junio y de 25.000 euros para subvencionar las presentadas desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre”. En caso de no agotarse el crédito establecido para la resolución parcial relativa a las solicitudes presentadas hasta el 30 de abril, el crédito sobrante incrementará al crédito destinado a subvencionar las solicitudes presentadas en el siguiente periodo y así sucesivamente. El órgano concedente deberá acordar expresamente la cuantía a trasladar al siguiente periodo. Fecha inicio: 14/02/2009 Fecha cierre: 30/09/2009 Duración: Estos cursos deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009. Información:
* Dichas solicitudes, que deberán ir dirigidas a la Consejera de Empleo y Bienestar Social, se presentarán en el Registro Delegado de la Dirección General de Juventud (calle Bonifaz, nº 16) o, en el Registro de la Consejería de Empleo y Bienestar Social (calle Castelar, nº 5) sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las solicitudes se realizarán conforme al modelo normalizado que se adjunta como anexo I a la presente Orden.
* Más información:
http://www.boletinesoficiales.com/deleynet/nuevo_portal/navegajs/asp/Doc.aspx?TipoDoc=DeleyBOCT&Archivo=20090213061.pdf
Observaciones:
BOC Viernes, 13 de febrero de 2009 (CONSEJERÍA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL - Orden EMP/27/2009, de 4 de febrero).
Objeto y finalidad:
1. La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases
reguladoras y convocar subvenciones para la participación en cursos de idiomas en el extranjero durante el año 2009 para jóvenes residentes en Cantabria con edades comprendidas entre los dieciséis y los treinta años.
2. Estas subvenciones se destinan exclusivamente a cofinanciar los gastos de la realización de Cursos de Idiomas en el Extranjero.
Lugar: EXTRANJERO - España |