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Subvenciones para la aportación de datos de interés en la elaboración de programas de economía o coyuntura agroalimentaria, para el año 2009.

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Requisitos:

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES:

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 15 de septiembre de 2008 serán susceptibles de subvención las siguientes actividades:

a) El suministro de información de interés para el Departamento de Agricultura y Alimentación (en adelante el Departamento), necesaria para el cumplimiento del convenio anual sobre estadística e información agraria, pesquera y alimentaria suscrito con el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

b) El suministro de información de interés para aquellos fines que determinen las necesidades del Departamento. El solicitante propondrá libremente el tipo de información de interés que pretende aportar.

2. Para que la actuación pueda ser objeto de subvención la memoria a aportar, de conformidad con el apartado Séptimo de esta orden, deberá contener datos de interés conforme a la definición que de interés contiene el artículo 2 de la Orden de 15 de septiembre de 2008, circunstancia que se verificará por el órgano instructor, bajo criterios técnicos y profesionales.

3. Sólo podrán ser objeto de subvención las actividades realizadas en el ejercicio 2009.

BENEFICIARIOS:

1. Según el artículo 4.1 de la Orden de 15 de septiembre de 2008, podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la presente orden las personas físicas y jurídicas que estén relacionadas con el desarrollo de las actividades subvencionables señaladas en el apartado Segundo de esta orden.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones, de acuerdo con el régimen y el procedimiento previstos en los artículos 8 y 9 del Decreto 2/2007.

3. La acreditación de no estar incurso en las prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario se efectuará mediante la presentación de una declaración responsable otorgada ante la Secretaria General Técnica del Departamento de Agricultura y Alimentación, cumplimentando el Anexo I de esta orden.

4. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social se sustituirá por una declaración responsable, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden de 15 de septiembre de 2008. Esta declaración se formulará también mediante la cumplimentación del Anexo I de esta orden.

5. Salvo denegación expresa del solicitante, la mera presentación de la solicitud implica la autorización de éste para que el órgano concedente pueda comprobar, cuando lo considere oportuno, que el beneficiario cumpla con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de la emisión de certificados telemáticos.

6. La acreditación de no estar incurso en las prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario se comprobará antes de resolver las solicitudes de subvención.

Dotación: La cuantía global máxima estimada para esta convocatoria es de 22.869 euros.

Fecha inicio: 31/10/2008

Fecha cierre: 22/12/2008

Información:

* 1. Las solicitudes de subvención se formularán conforme al modelo que se adjunta como Anexo II a esta orden, e irán acompañadas de la documentación que se establece en el apartado Séptimo.

2. Las solicitudes se presentarán en los Servicios Provinciales de Agricultura y Alimentación, en las Oficinas Comarcales de Agricultura y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

* Más información:
http://www.boletinesoficiales.com/deleynet/nuevo_portal/navegajs/asp/Doc.aspx?TipoDoc=DeleyBOA&Archivo=20081030006.pdf

Observaciones:

Boletín Oficial de Aragón 30/10/2008 (DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN - ORDEN de 15 de octubre de 2008, del Consejero de Agricultura y Alimentación).

La presente orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la aportación de datos de interés en la elaboración de programas de economía o coyuntura agroalimentaria para el año 2009, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura y alimentación («Boletín Oficial de Aragón» nº 9, de 22 de enero de 2007) y en las bases reguladoras previstas en la Orden de 15 de septiembre de 2008, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la aportación de datos de interés en la elaboración de programas de economía o coyuntura agroalimentaria (en adelante Orden de 15 de septiembre de 2008).

Lugar: ARAGON - España
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