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| Requisitos:
Pueden optar a las subvenciones reguladas en el presente acuerdo las entidades que se indican en las bases específicas de cada línea de subvenciones.
(Ver:
http://www.boletinesoficiales.com/deleynet/nuevo_portal/navegajs/asp/Doc.aspx?TipoDoc=DeleyBOIB&Archivo=20090110005.pdf ).
Fecha inicio: 16/01/2009 Fecha cierre: 30/10/2009 Información:
Las solicitudes se deben formalizar mediante un formulario que se puede obtener en el propio Registro del Institut Ramon Llull y en internet en la página http://www.llull.cat dirigido al director del Institut Ramon Llull. Las solicitudes se pueden presentar en el Registro de la sede de Barcelona (calle Diputació, 279, bajos, 08007 Barcelona) y en el Registro de la sede de Palma cuando esté operativo o bien en cualquiera de los registros y oficinas que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Observaciones:
BOIB Num. 6, 10-01-2009 (INSTITUT RAMON LLULL - Num. 25365).
Lugar: ESPAÑA Y EXTRANJERO - España |