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| Requisitos: a) Ausencia de fines de lucro.
b) Estar constituida legalmente y, en su caso, constar inscrita en el Registro correspondiente.
c) Que acredite ante el órgano concedente que reúne condiciones de solvencia técnica y eficacia para realizar la actividad que determine la concesión o el disfrute de la ayuda, cumpliendo los requisitos y condiciones necesarias a tal efecto.
d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
e) No estar incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El original firmado de la solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada de la tarjeta de personas jurídicas y entidades establecida en aplicación del Decreto 2423/1975, de 25 de septiembre (código de identificación fiscal).
b) Copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada, de los Estatutos de la Entidad que acrediten que la entidad está constituida legalmente y la inexistencia de ánimo de lucro o, en su caso, fotocopia del diario oficial donde se publiquen.
c) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o del número de identificación de extranjero del representante de la institución.
d) Poder notarial o poder bastanteado por los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid acreditativos de la representación de la persona firmante de la solicitud.
e) Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).
f) Memoria firmada por el representante legal que demuestre que la entidad solicitante reúne condiciones de solvencia y eficacia para realizar la actividad objeto de ayuda. Se señalará en este punto si se han hecho actos, actividades similares a las que solicita la subvención, resultados de las mismas, apoyos, número de asistentes, etcétera.
g) Memoria detallada firmada por el representante legal en la que se concretarán las actividades objeto de subvención, con inclusión del presupuesto de gastos de su elaboración, incluido el IVA, plazo de realización y número de personas o entidades participantes o intervinientes.
En el supuesto de que la actividad ya se hubiera realizado, el presupuesto podrá ser sustituido por una relación de los gastos efectuados.
h) Declaración expresa de no haber solicitado otras ayudas o subvenciones para los mismos actos de la Comunidad de Madrid o de otras Administraciones Públicas, en su caso, o bien declaración expresa de no haber recibido otras ayudas o subvenciones para los mismos actos de la Comunidad de Madrid o de otras Administraciones Públicas, en su caso (en este último caso, si se ha solicitado otra ayuda a la Consejería de Inmigración y Cooperación, o a otros Organismos o Administraciones para el mismo acto, y se desconoce el resultado de dicha solicitud habrá de mencionarse expresamente esta circunstancia).
i) Certificación de la Agencia de Administración Tributaria de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y certificación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social, con validez a fecha de presentación de esta documentación.
El órgano instructor solicitará de oficio certificado acreditativo de que el beneficiario de la subvención no tiene deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid o que, si las tiene, están debidamente garantizadas.
j) Certificación, en su caso, de estar inscritos en el Registro correspondiente.
Fecha inicio: 16/05/2008 Fecha cierre: 26/05/2008 Información: * Las solicitudes para la obtención de las ayudas se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I a esta Orden. Dicho modelo estará disponible en la dirección de Internet www.madrid.org
* Obtención de solicitudes:
- Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Inmigración y Cooperación.
- Oficinas de Atención al Ciudadano.
* Presentación de solicitud y documentación:
Las solicitudes podrán presentarse en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
* Más información:
Consejería de Inmigración y Cooperación.
C/ Los Madrazo, 34
Código Postal: 28014 - Madrid
Distrito: Centro
Tel: 91 720 65 61
Fax: 91 720 66 15
www.madrid.org Observaciones: Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta Orden las entidades sin fines de lucro radicadas en la Comunidad de Madrid que estén legalmente constituidas y que realicen actuaciones dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma que sean subvencionables conforme al artículo 2 de esta Orden, con excepción de las Administraciones Públicas Territoriales previstas en el artículo 2.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lugar: MADRID - España |