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| Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los titulares - ya sean personas físicas o jurídicas - de las Galerías de Arte de Cantabria, dadas de alta como tales y
que cumplan los requisitos de la presente convocatoria.
2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:
a. Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
b. Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria
8/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009.
Dotación: La cuantía a conceder a cada beneficiario se corresponderá con el 80% del coste del alquiler del stand en la feria “Artesantander 2009”, hasta agotar el crédito presupuestario disponible. Fecha inicio: 01/07/2009 Fecha cierre: 15/07/2009 Información:
* La solicitud de subvención deberá presentarse firmada por el solicitante o el representante legal de la entidad y acompañada de la documentación requerida y se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de esta Orden.
* Los modelos oficiales serán facilitados por el Servicio de Acción Cultural de la Dirección General de Cultura o podrán descargarse de la página institucional de Gobierno de Cantabria (www.gobcantabria.es) o de las páginas web de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (www.consejeriactdcantabria.com , www.culturadecantabria.com).
La solicitud se dirigirá al consejero de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria, presentándose preferentemente en el Registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Pasaje de Peña, número 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de la Liberación de los Servicios Postales.
Observaciones:
BOC - Número 74 Lunes, 20 de abril de 2009 (CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE - Orden CUL/18/2009, de 2 de abril).
La presente Orden tiene por objeto la promoción y difusión de las Artes Plásticas de Cantabria, facilitando la presencia de Galerías de Arte de Cantabria en la feria “Artesantander 2009”.
Lugar: CANTABRIA - España |