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| Requisitos: Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con finalidad investigadora legal o estatutaria, personalidad jurídica propia, con capacidad de obrar, que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el estado u otros entes públicos y radicadas en la Comunidad Valenciana. Podrán presentar propuestas, mediante su organismo y como investigadores responsables de su ejecución cientificotécnica, las personas físicas con grado de doctor que ocupen un puesto de trabajo con funciones investigadoras en las entidades mencionadas en el punto anterior. Estas personas tendrán que formar parte de un grupo de investigación, y ser investigadores principales de un proyecto de I+D vigente financiado con fondos públicos. Las solicitudes tendrán que ir avaladas, al menos, por tres investigadores principales de proyectos vigentes de I+D pertenecientes a otros grupos de investigación. Cada investigador sólo podrá suscribir una propuesta, ya sea como investigador principal o como avalador.Dotación: El equipamiento solicitado deberá tener un coste de entre un mínimo de 30.000 y un máximo de 90.000 euros. Las entidades solicitantes tendrán que aportar, como mínimo, el 25% del coste del equipo solicitado. El compromiso de cofinanciación se deberá acreditar documentalmente en el momento de presentación de las solicitudes. Quedan excluidos expresamente de ésta convocatoria: a) La adquisición de ordenadores personales y complementos informáticos para uso exclusivamente administrativo. b) Los gastos financieros derivados de la adquisición de infraestructuras y equipamientos. c) La obra civil de remodelación o mejora de edificios, el mobiliario y los aparatos e instrumentos de uso no científico. Fecha inicio: 20/12/2004 Solicitud: 20/01/2005 Fecha cierre: 20/01/2005 Información: Las solicitudes y el resto de la documentación se presentarán por duplicado ejemplar dirigidas al director general de Investigación y Transferencia Tecnológica en el registro de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de cerrar el sobre para su certificación. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, para la tramitación de los procedimientos previstos en ésta orden será posible la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones de forma telemática. Los modelos de impresos normalizados (solicitudes y el resto de documentación) estarán disponibles para cada ayuda en la dirección de Internet: http://www.gva.es/industria/invest/invest.htm. Sólo se admitirá una solicitud por cada persona física como investigador principal, por cada uno de los tipos de ayuda previstos en los diferentes anexos de ésta convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. La solicitud se acompañará de la documentación exigida para cada tipo de ayuda en los respectivos anexos, y de la siguiente documentación referida a las entidades solicitantes: - Copia de los estatutos o documentación acreditativa de su constitución - Copia del documento acreditativo de la representación legal de la persona que da el visto bueno a la solicitud en nombre de la entidad solicitante. Si la entidad solicitante es una universidad pública valenciana, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas o un organismo público de investigación de la Generalitat Valenciana con personalidad pública propia, no será necesario la presentación de la documentación enumerada. Las solicitudes tendrán que contar con la conformidad del representante legal de la entidad. Esta conformidad implica que el organismo ha comprobado que la documentación presentada es correcta y que se cumplen los requisitos que establece la convocatoria y se ajusta a la normativa del centro. En el caso de la presentación telemática de solicitudes, la conformidad del representante legal de la entidad se acreditará mediante la relación de todas las propuestas que la universidad o entidad pública o privada de investigación presenten. Las solicitudes se tendrán que presentar de acuerdo con lo que especifican las normas generales de procedimiento de esta orden La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos (tanto la solicitud como la documentación requerida son susceptibles de presentación telemática). En otro caso deberán presentarse por duplicado: a) Currículum vítae del investigador principal y de los avalistas b) Factura proforma o presupuesto en la que se consignen las especificaciones técnicas y el precio, del equipo solicitado. c) Memoria de adecuación del equipamiento solicitado a las actividades de I+D+I del organismo solicitante, localización y uso compartido. Si se dispusiera ya del equipo solicitado, deberá indicarse la antigüedad del mismo y las ventajas y utilidad del nuevo equipamiento. d) Fotocopia del DNI del investigador solicitante en caso de no utilizar la vía de presentación telemática con firma electrónica avanzada. Observaciones: El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para la adquisición, renovación o mejora de infraestructuras de investigación a las universidades y a las entidades con finalidad investigadora de titularidad pública o privada, radicadas en la Comunidad Valenciana. Lugar: GENERALIDAD VALENCIANA - España |