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| Requisitos: Podrán ser beneficiarios de estas becas, todas aquellas personas residentes en la Región de Murcia que estén en posesión del título de Ingeniero o Licenciado en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión o Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas. Los aspirantes a estas becas deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano de la Unión Europea y residente en la Región de Murcia. b) No percibir ingresos por actividad retribuida o renunciar a ellos en caso de obtener alguna de estas becas. c) Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el momento de la concesión de la beca.Dotación: El importe de estas becas es de 11.257 euros, cada una, que se harán efectivas fraccionada y mensualmente. Nº Becas: 2 Fecha inicio: 21/12/2004 Solicitud: 10/01/2005 Fecha cierre: 10/01/2005 Duración: El disfrute de estas becas se iniciará en el primer trimestre del año 2005 y finalizará el 31 de diciembre del 2005. Información: Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia", en el Registro General de la Consejería de Educación y Cultura (Avda. La Fama, 15. 3006 Murcia), en el Registro de la Presidencia de la Comunidad Autónoma o por cualquiera de los medios establecidos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por el procedimiento de Ventanilla Única, en aquellos municipios que la tengan establecida. Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI. Si no consta letra, deberá acompañarse fotocopia del NIF. b) Certificado del expediente académico y fotocopia compulsada del título universitario. c) Currículum vitae del solicitante, con exposición de los méritos académicos y profesionales que se aleguen, todos ellos justificados documentalmente (original o fotocopia compulsada). d) Declaración jurada de residencia en la Región de Murcia. e) Declaración jurada de no percibir ingresos por actividad retribuida o de estar dispuesto a renunciar a ellos en caso de concesión de la beca. La Consejería de Educación y Cultura, a través de la unidad correspondiente, comprobará si la documentación presentada por los solicitantes es incompleta o defectuosa, en cuyo caso lo notificará al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la omisión o acompañe los documentos preceptivos, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, Archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Observaciones: La presente Orden tiene por objeto convocar dos becas de colaboración informática, en materia de Universidades, así como, establecer las normas por las que se han de regir su solicitud y concesión. Dichas becas tienen como finalidad complementar la formación de los titulados beneficiarios mediante la realización de tareas de apoyo en la Dirección General de Universidades, con el fin de elaborar estudios y trabajos en el ámbito de su gestión competencial. Lugar: MURCIA - España Dirección Web: Todalaley.com |