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Becas para la realización de estudios en el Colegio de Europa 2010

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Requisitos:
Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos 18 años y no superar los 30 años de edad, en el momento de presentación de la solicitud.

b) Poseer titulación universitaria superior, o estar en condiciones de obtenerla en el momento de la concesión de la beca, en alguna de las especialidades que requiere el Colegio de Europa. Cuando el Título sea expedido por una universidad extranjera deberá presentarse certificado de homologación de los estudios, o en su defecto, reconocimiento que habilite para el ejercicio de la profesión en España.

c) Tener el nivel de conocimiento, hablado y escrito, de los idiomas francés e inglés que exige el Colegio de Europa para el departamento en el que se pretende cursar estudios.

d) Haber nacido o estar empadronado en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, o haber obtenido el título de licenciado o el título de graduado en una Universidad de esta Comunidad Autónoma.

e) No estar disfrutando o haber disfrutado con anterioridad de una beca para la realización de estudios o prácticas sobre asuntos europeos concedida por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

f) No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Ser aceptado por el Colegio de Europa.

Dotación:
Cada beca tendrá una dotación económica individualizada suficiente para hacer frente al coste de la matrícula, manutención y alojamiento en la residencia del Colegio de Europa y de los gastos de viaje del becario durante su estancia en el curso.
En el supuesto de que se renueve la beca durante un año más mediante la realización de prácticas en la Administración de Castilla y León, la cuantía de la misma tendrá una dotación económica individualizada suficiente para el desarrollo de la formación práctica de los becarios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Fecha inicio: 02/02/2010

Fecha cierre: 18/02/2010

Información:
1.– Las solicitudes se formularán en la forma establecida por la orden de convocatoria de las becas.

2.– Las solicitudes irán dirigidas al Consejero de la Presidencia y podrán presentarse directamente en el Registro General de la Consejería de la Presidencia, así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.– Igualmente podrán presentarse por telefax, en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales y la Orden ADM/637/2009, de 12 de marzo, por la que se hace pública la relación de las Unidades en las que se realiza la función de registro, su ubicación y los días y horario de funcionamiento.

4.– En la medida en que la implantación de medios telemáticos permita la presentación de solicitudes por este sistema, las diferentes convocatorias podrán establecer, de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora de la utilización de técnicas deadministración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, los modelos a utilizar y el resto de requisitos legalmente exigibles.

5.– De conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de Servicios en Castilla y León, se entenderá que el solicitante, al presentar su solicitud, presta su consentimiento para el acceso electrónico por parte de los órganos administrativos competentes a los datos de carácter personal contenidos en documentos cuya aportación no se obliga.

6.– El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria de las becas en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Observaciones:
Boletín Oficial de Castilla y León del 01/02/2010 (ORDEN PRE/52/2010, de 22 de enero).

El objeto de las becas es el impulso de la formación especializada, tanto teórica como práctica, en asuntos europeos de titulados universitarios mediante la realización de estudios durante un curso académico en el Colegio de Europa, en sus sedes de Brujas (Bélgica) y Natolín (Polonia), y, en caso de renovación, la realización de prácticas durante un año en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previa acreditación del aprovechamiento del curso en el Colegio de Europa.

Lugar: BÉLGICA Y POLONIA - España
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