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| Requisitos: 1. Además de cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria de cada proceso selectivo, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Haber superado el primer ejercicio de carácter eliminatorio que estén obligados a realizar.
b) Tener concedida una o varias licencias por asuntos propios conforme a lo previsto en el artículo 14 m) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se considerarán únicamente los períodos de la licencia o licencias efectivamente disfrutados.
La licencia se podrá disfrutar para la preparación de cualquiera de los ejercicios del proceso selectivo que haya de realizar el adjudicatario, por lo que podrá referirse a períodos anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes o a periodos posteriores a dicha fecha y todavía no disfrutados.
No se considerarán las licencias disfrutadas con anterioridad a la publicación de la oferta de empleo público para cada año, ni las disfrutadas con posterioridad a la realización del último ejercicio o de aquel que hubiera supuesto la eliminación del adjudicatario de dicho proceso.
2. En el momento de presentar las solicitudes de beca se acompañará la acreditación del disfrute del período de licencia o licencias disfrutados hasta el inicio del plazo de presentación de dichas solicitudes y la autorización del período de licencia y/o licencias cuyo disfrute vaya a ser posterior a esa fecha, así como acreditación de haber aprobado el ejercicio a que se refiere el apartado primero de este precepto.
3. En la solicitud de beca, los aspirantes realizarán una declaración responsable de que cumplen con los requisitos que para obtener la condición de beneficiario se establecen en esta base y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Fecha inicio: 21/07/2008 Solicitud: La solicitud está disponible en: http://www.inap.map.es Fecha cierre: 23/08/2008 Información: * Las solicitudes se dirigirán a la Directora del Instituto Nacional de Administración Pública y serán presentadas en el Registro del Instituto o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Observaciones: Ministerio de Administraciones Públicas (BOE 174 de 19/7/2008) Resolución de 30 de junio de 2008, del Instituto Nacional de Administración Pública.
Objeto.-Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, becas para la participación por el sistema de promoción interna en los procesos selectivos de determinados Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Administraciones Públicas, de acuerdo con la distribución que a continuación se indica:
Dos becas para el acceso al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Dos becas para el acceso al Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.
Ocho becas para el acceso a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
Cuarenta y seis becas para el acceso al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Cuarenta y seis becas para el acceso al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
En el caso de que quedaran becas desiertas en cualquiera de estos procesos selectivos, el montante económico correspondiente pasará a acumularse.
Lugar: ESPAÑA - España |