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| Requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España en el momento de solicitar la beca y con dominio de alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Poseer el título de formación profesional de segundo grado, o de técnico superior de los ciclos formativos de grado superior de alguna de las especialidades que se relacionan en la base 3, y obtenerlo con posterioridad al 1 de enero de 2005.
c) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir la realización normal de la actividad formativa objeto de las becas que se convocan.
d) No haber disfrutado de estas becas u otras similares en anteriores convocatorias, durante un período de un año o superior.
e) Haber cursado sus estudios en alguno de los centros públicos o privados sitos en la Comunidad Autónoma gallega.
Dotación: a) Una asignación mensual bruta de 715 euros. b) Seguro de asistencia médica y seguro combinado de accidentes que se imputará a la misma aplicación presupuestaria que las becas. Fecha cierre: 10/09/2010 Duración: La duración de las becas será de veinticuatro (24) meses contados a partir de la fecha de incorporación indicada en la resolución de concesión. Información:
Las solicitudes, en el modelo que se publica como anexo IV a la presente orden, están a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Desarrollo Pesquero y en internet en la dirección http://conselleriamar.xunta.es. Las solicitudes se presentarán en el Registro Único del edificio administrativo San Caetano, 15781, Santiago de Compostela, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992.
Las solicitudes se redactarán en cualquiera de las lenguas oficiales de la comunidad autónoma y a ellas se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI (o documento equivalente en caso de ser extranjero) en el caso de no autorizar la consulta de los datos de identidad en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad del Ministerio de la Presidencia.
b) Fotocopia compulsada del título correspondiente o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición.
c) Certificación académica completa de los estudios
realizados, con detalle de las materias cursadas y las calificaciones obtenidas.
d) Curriculum vitae del solicitante con los documentos acreditativos de los méritos alegados (debidamente relacionados y paginados). No serán computables aquellos méritos alegados que no estén convenientemente justificados.
e) Los documentos presentados serán originales, fotocopias compulsadas o debidamente cotejadas por el funcionario receptor de las mismas y deberán cumplir
los requisitos exigidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones
públicas y del procedimiento administrativo común.
f) Las siguientes declaraciones juradas:
-Declaración jurada del solicitante en la que conste no haber sido beneficiario de estas becas o de otras similares durante un período de un año o superior (anexo V).
-Declaración de todas las becas solicitadas o concedidas para el mismo fin de las administraciones
públicas competentes (anexo V).
-Declaración responsable del solicitante de no estar incurso/a en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a, que se señalan en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (anexo VI).
Observaciones:
DIARIO OFICIAL DE GALICIA Nº 152 Martes, 10 de agosto de 2010 (CONSELLERÍA DEL MAR - Orden de 14 de julio de 2010).
Lugar: GALICIA - España |