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| Requisitos:
1. Los/as solicitantes no tendrán obligación de presentar ningún documento acompañando a la solicitud, debidamente cumplimentada, dirigida al Director General de Patrimonio Cultural, según el modelo que figura en el Anexo I.
2. Sólo en el caso de ser incluidas en la propuesta provisional de concesión de beca, deberán presentar, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de notificación de la citada propuesta provisional de concesión de la beca, en la sede de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía (C/ Trinidad, 8 - 45071 Toledo), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente documentación:
a) Todos los títulos, diplomas, certificaciones y documentos que acrediten la posesión de los méritos alegados, admitiéndose únicamente la presentación de documentos originales o de copias compulsadas, auténticas o autenticadas.
b) Declaración responsable del interesado, en la que se indique que se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (según modelo que figura en el Anexo II), de acuerdo con la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 31 de enero de 2007, de acreditación del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social, en materia de subvenciones.
c) Declaración responsable de los/as interesados/as en la que se indique que no se halla incurso en los supuestos de incompatibilidades regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha (DOCM nº. 43, de 06/10/2003), según modelo que figura en el Anexo III.
d) Declaración responsable de tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
e) Declaración de no haber obtenido otras ayudas, así como de no ejercer ninguna otra actividad pública o privada.
3. La falta de presentación de la mencionada documentación, en el plazo señalado, determinará el desistimiento de los/as interesados/as, previa resolución dictada a tal efecto, de acuerdo con lo que previene el artículo 25.4 del Decreto 21/2008 de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
4. Los/as beneficiarios/as incluidos/as en la propuesta definitiva de concesión de beca, deberán presentar la aceptación por escrito de la beca (según modelo que figura en el Anexo IV), en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de notificación de la citada propuesta definitiva de concesión de la beca. La falta de remisión de la aceptación de la beca en el plazo establecido llevará consigo el desistimiento de la solicitud de la ayuda.
Dotación: La cuantía de la beca se abonará por meses naturales y vencidos por la cuantía de 1.016,66 ¤/mes, sin que quepa realizar pagos anticipados, aplicándose la retención que corresponda a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Nº Becas: 6 Fecha inicio: 11/03/2010 Fecha cierre: 22/03/2010 Información:
Las solicitudes se presentarán cumplimentadas según el modelo del Anexo I, y por cualquiera de los medios que se indican a continuación:
a) En el registro de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, C/ Trinidad, 8, C.P. 45071 Toledo o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten en las oficinas de correos deberán ir selladas en el original de la solicitud, a fin de acreditar la fecha de presentación.
b) Mediante fax a la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía (Dirección General de Patrimonio Cultural), al siguiente número: 925 267574.
c) A través de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
d) O mediante llamada al teléfono 012 si llama desde Castilla-La Mancha o en el 902 267090 si llama desde alguna localidad de la región que tenga prefijo de una provincia perteneciente a otra Comunidad Autónoma.
Observaciones:
Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº48, 10 de marzo de 2010 (III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS, Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, Orden de 23/02/2010).
1. La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria seis becas de formación en materia de museos relacionadas con las competencias de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía. Las becas convocadas tendrán la siguiente distribución geográfica:
- Albacete: 1 (Museo de Albacete).
- Ciudad Real: 1 (Museo de Ciudad Real).
- Cuenca: 2 (1 para el Museo de Cuenca y 1 para el Museo de las Ciencias de Castilla-La Mancha).
- Guadalajara: 1 (Museo de Guadalajara).
- Toledo: 1 (Museo de Santa Cruz).
2. El objeto de las becas convocadas es facilitar a los/as titulados/as una formación especializada de carácter práctico en materias de gestión de museos, incluyendo la conservación, catalogación, exhibición y difusión de fondos de los museos gestionados por la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, con el fin de facilitar su acceso a puestos de trabajo acordes con su formación.
Lugar: CASTILLA LA MANCHA - España |