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| Requisitos:
Pueden solicitar estas becas de colaboración las personas que tengan menos de treinta años cuando se cierre el plazo de presentación de solicitudes, y que tengan el perfil para ser adjudicatarias de alguna de las becas que se describen en el anexo 2 de esta Orden, de acuerdo con las condiciones siguientes:
a) Licenciados/as y diplomados/as recientes: tienen que haber alcanzado el 100% de los créditos a partir del 1 de enero de 2007, hecho que tienen que acreditar mediante el título y el certificado del expediente académico o una copia del expediente académico validada por la universidad correspondiente.
b) Estudiantes de licenciatura o diplomatura: tienen que haber superado, cuando se cierre el plazo de presentación de solicitudes, el 85% de los créditos de las titulaciones mencionadas, que tienen que acreditar mediante el certificado del expediente académico o una copia del expediente académico validada por la universidad correspondiente.
Dotación: Cada beca tiene una dotación económica total, para 30 horas semanales de dedicación, de 900 euros mensuales en el caso de estudiantes y de 1.050 euros en el caso de licenciados/as y diplomados/as. Estos importes se harán efectivos mediante pagos parciales, como máximo con carácter bimensual, con las retenciones legales correspondientes y una vez los/las tutores/as correspondientes hayan emitido un certificado favorable. Nº Becas: 8 Fecha inicio: 06/02/2010 Fecha cierre: 25/02/2010 Duración: La colaboración se llevará a cabo en las dependencias del Departamento, se extenderá desde la fecha de adjudicación de la beca hasta el 10 de diciembre de 2010, y se interrumpirá el mes de agosto, que no computará desde el punto de vista económico. Se prevé una dedicación de 30 horas semanales, dentro del horario de trabajo habitual del Departamento. Información:
5.1 Las solicitudes para acogerse a las becas se formalizarán en impreso normalizado que se podrá descargar desde la web www.gencat.cat/dar/ajuts. Estas solicitudes se tienen que dirigir al consejero o consejera de Agricultura, Alimentación y Acción Rural y presentar preferentemente en cualquiera de los centros del DAR, sin perjuicio de hacer uso del resto de medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGC. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite.
5.2 La solicitud de la beca no se tiene que acompañar de documentación acreditativa.
Esta documentación debe aportarse cuando se notifique la concesión.
5.3 El impreso de solicitud, que la persona solicitante ratificará mediante su firma, incluirá:
Que la cuenta donde se tiene que ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud pertenece a la persona beneficiaria de la ayuda.
Declaraciones responsables sobre los aspectos que se recogen en el apartado 2 de estas bases.
Declaración del conocimiento del catalán (nivel C).
Expediente académico.
Breve currículum; con fotografía.
Breve memoria que exponga las razones profesionales, de acuerdo con los conocimientos, aptitudes e intereses, por las que se solicita la beca.
5.4 La presentación de la solicitud de la ayuda por parte de la persona interesada comportará la autorización al DAR para obtener los certificados o verificar los datos necesarios para la tramitación de la beca a emitir para otras administraciones o entidades públicas. Si la persona solicitante deniega expresamente la autorización mencionada, mediante el impreso de solicitud, hará falta que aporte el certificado o los certificados correspondientes.
Observaciones:
Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5561 – 5.2.2010 (DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,
ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL - ORDEN AAR/40/2010, de 28 de enero).
El objeto de esta convocatoria es conceder ocho becas de colaboración para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en Barcelona.
Las becas de colaboración tienen como finalidad mejorar la formación teórico-práctica y la preparación profesional de las personas seleccionadas, mediante la realización de las tareas descritas en el apartado 1.1 y bajo la tutoría de la persona del Departamento que se designe al efecto.
Lugar: BARCELONA - España |