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| Requisitos:
Pueden solicitar estas becas las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes:
a) Estar en posesión del título de licenciado/a o haberlo obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, se debe disponer de la credencial o el documento justificativo del reconocimiento o de la homologación del título expedido de conformidad con la normativa reguladora de la homologación, la consolidación y el reconocimiento de títulos y estudios extranjeros.
b) Tener el nivel de suficiencia de lengua catalana (C) que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán.
c) Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer conocimientos de lengua castellana de nivel C2 o equivalente.
d) No haber sido becario/a de la Administración de la Generalidad de Cataluña por un periodo acumulado igual o superior a 12 meses.
Dotación: Cada beca tiene una dotación económica de 14.000,00 euros, que se hará efectiva con pagos parciales a meses vencidos con las retenciones legales correspondientes una vez emitido un informe favorable por los tutores de los/las becarios/as. Nº Becas: 4 Fecha inicio: 24/11/2009 Fecha cierre: 12/12/2009 Duración: El periodo de colaboración se iniciará el día 1 de febrero de 2010 y acabará el día 31 de diciembre de 2010, con la condición de que se dispondrá de un mes de descanso no computable a efectos económicos. Se llevará a cabo para todas y cada una de las becas que se concedan en régimen de jornada continuada de 7 horas, en horario de mañana, en la sede del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, en Mollet del Vallès. Información:
* Las solicitudes deben dirigirse al director del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña según el modelo normalizado que se encuentra a disposición de los/las solicitantes en el Registro y en la web del Instituto, http://www.gencat.net/interior/epc. Se deben adjuntar a las solicitudes los documentos siguientes, mediante el original o una fotocopia compulsada:
a) Fotocopia del DNI.
b) Currículum de la persona solicitante.
c) Fotocopia compulsada del expediente académico: título y certificado del expediente académico con calificación ponderada.
d) Memoria de dos páginas, como máximo, donde se expongan las razones por las que se solicita una beca de colaboración.
e) Documentos acreditativos del conocimiento de lengua catalana.
f) Documentos acreditativos del conocimiento de lengua castellana, en el caso de que no tengan la nacionalidad española.
g) Declaración responsable del/de la solicitante de no encontrarse en ningún supuesto de prohibición de los que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
h) Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En relación con estos certificados, el/la solicitante puede autorizar al Instituto de Seguridad Pública de Cataluña para la obtención directa de los datos del organismo o la administración pública que corresponda. En este caso, no será necesaria la aportación de la documentación que se pueda obtener mediante este consentimiento. Esta autorización se puede hacer en el mismo impreso de solicitud.
Será necesario acreditar todos los conocimientos y los méritos mencionados en el currículum, mediante una fotocopia compulsada del certificado correspondiente.
No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados. El Instituto de Seguridad Pública de Cataluña podrá pedir a los solicitantes la aportación de información y documentos complementarios.
* Las solicitudes se pueden presentar a partir del día de la publicación de esta Resolución en el DOGC, en el Registro oficial del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, o bien se pueden enviar a través de cualquiera de los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Cuando la solicitud se presente en las oficinas de correos, se deberá hacer en un sobre abierto, a fin de que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.
Observaciones:
Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5511 – 23.11.2009 (INSTITUTO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE CATALUÑA - RESOLUCIÓN IRP/3227/2009, de 28 de octubre).
Las becas de colaboración tienen por finalidad el aumento de la formación teórico-práctica y la preparación profesional de los/las becarios/as seleccionados/as a través de su participación en tareas de la Subdirección General de Formación que los califica para su futuro profesional más inmediato.
Lugar: CATALUÑA - España |