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Detalle de la Beca
Becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Convocatoria: Diario Oficial de Galicia

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Polonia. (Rumbo a, 52)
Requisitos: Podrán solicitar estas becas o ser beneficiarios/as de las mismas las personas en las que no concurran ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y siempre que reúnan, además de los requisitos específicos que para cada proyecto se señalan en los anexos de esta resolución, los siguientes requisitos generales, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
b) Estar en posesión de la titulación académica requerida para el proyecto para el cual presente la solicitud. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al término del plazo de presentación de solicitudes, y tener finalizados los estudios conducentes a él en el curso académico 2006-2007 o posterior.
c) Acreditar conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4, excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciado/a en Filología Gallega.
d) No haber sido separado/a del servicio de ninguna Administración o institución a consecuencia
de expediente disciplinario.
e) No desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.
f) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del Consejo de la Cultura Gallega durante un plazo superior a doce meses.
g) No incurrir en alguna de las causas de prohibiciones para ser beneficiario a las que se refiere el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Dotación: La cuantía de las becas será de novecientos diez euros (910,00 euros), con la retención fiscal que corresponda, en los cuales se incluyen los costes de la cuota de la Seguridad Social (cuota patronal y cuota obrera).

Nº Becas: 5

Solicitud: Junto con la solicitud (según el modelo que figura en el anexo V de esta orden) se presentará, además, la siguiente documentación en original o copia:
– Título académico requerido en el anexo correspondiente o, en el caso de no poseerlo,
justificante de pago de los derechos de expedición.
– Certificación académica oficial completa en la que se hará constar la nota media del
expediente académico de la titulación, obtenida de acuerdo con el baremo establecido en
la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG n.º 188, de 30 de septiembre). Los titulados/as que accedieron a estudios de 2º ciclo desde una titulación de 1.er ciclo deberán enviar, además, la certificación de ese 1.er ciclo, igualmente con expresión de la nota media del expediente académico. Los/las solicitantes que hayan cursado sus estudios en universidades no pertenecientes al Sistema Universitario de Galicia y posean certificación académica en un idioma distinto del gallego o del castellano deberán adjuntar la correspondiente traducción jurada. La certificación del expediente académico indicará: la fecha de iniciación y finalización de los estudios, los créditos superados y las calificaciones obtenidas. Deberá ajustarse a los criterios estatales, tanto a los del Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (BOE n.º 224, de 18 de septiembre), como a los que deben incluirse en el suplemento europeo al título (SET), y la nota media del expediente académico se calculará de acuerdo con los parámetros fijados por la ya mencionada Resolución de 15 de septiembre de 2011.
– Currículum vítae, acompañado de la documentación acreditativa de los requisitos específicos y méritos alegados.
– Declaración responsable de las ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad,
de las distintas administraciones públicas competentes, siguiendo el modelo que se
incluye en esta convocatoria como anexo IV.
– Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los supuestos previstos para
la obtención de ayudas en el artículo 10 de la vigente Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, siguiendo el modelo que se incluye en esta convocatoria como anexo VI.
– Declaración responsable de no tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca o
ayuda, cualquiera que sea ésta, o en el caso de tener empleo remunerado o disfrutar de
otra beca, un compromiso expreso de renunciar a ellos con anterioridad al momento de
incorporación a esta beca (incluida también en el anexo VI).

Fecha cierre: 18/05/2012

Duración: La duración de las becas será de siete (7) meses, se iniciarán previsiblemente el 1 de junio de 2012 y finalizarán el 31 de diciembre de 2012. La fecha de incorporación al centro se establecerá en la notificación de la adjudicación de la beca.

Información: Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo V, irán dirigidas al presidente del Consejo de la Cultura Gallega y firmadas por el/la interesado/a.
Los formularios de la solicitud estarán disponibles en la página web del Consejo de la Cultura Gallega http://www.consellodacultura.org

La presentación de las solicitudes se hará en los lugares que se indican:
– En el registro del Consejo de la Cultura Gallega: Pazo de Raxoi, 2.ª planta; Plaza del
Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela.
– En el Registro Único de la Xunta de Galicia, o bien en cualquiera de los centros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para la presentación de instancias.
– En las oficinas de Correos, en sobre abierto, para que sean fechadas y selladas en la cabecera de la primera hoja por el/la empleado/a de Correos antes de que proceda a su certificación postal. No se admitirán como medio de presentación los servicios de mensajería privados. Las solicitudes que provengan del extranjero deberán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
En el caso de presentar la solicitud en un registro que no sea el del Consejo de la Cultura Gallega o de remitirla por correo, la persona interesada deberá comunicar a la institución dicha circunstancia, en el mismo día, a través de fax (al número 981 95 72 05), y remitirá copia de la solicitud con el correspondiente sello de presentación en el plazo establecido en el registro válido.
– Por vía electrónica. El acceso de los/as intensados/as al Registro Electrónico de la Xunta de Galicia estará disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección https://sede.xunta.es de acuerdo con lo estipulado en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos; en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades dependientes de ella, y en el Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En el caso de utilizar la vía electrónica, los/as interesados deberán poseer DNI electrónico o cualquier otro certificado digital en vigor bajo la norma X.509 V3 reconocido por la plataforma de validación y la firma electrónica@firma. Los formularios de solicitud deberán acompañarse de la documentación a la que se hace referencia en la base sexta de la convocatoria, que deberá cumplir los requisitos señalados en el artículo 27 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre. Aquellos documentos no disponibles en formato electrónico y que por su naturaleza no sean susceptibles de presentarse en formato electrónico válido, deberán presentarse a través de las vías previstas en el artículo 38.4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Observaciones: GALICIA. Resolución de 12 de abril de 2012 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria pública de cinco becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega y se anuncia su convocatoria. Diario Oficial de Galicia, 19 de abril de 2012, núm. 75, p. 14264.

Lugar: GALICIA - España

Más información: http://www.xunta.es/doga/index.htm
Hoteles en GALICIA

Dirección Web:  Todalaley.com

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