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| Requisitos:
1. Ser residente en Canarias.
2. Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico
o Ingeniero en Informática.
3. No disfrutar ni haber disfrutado con anterioridad de una beca destinada a la realización de trabajos de investigación o de tesis doctoral, excepto las que hayan sido concedidas con cargo a subvenciones para proyectos de investigación o convenios y contratos al amparo del artículo 83 de la LOU. Se exceptúan también de este requisito a los beneficiarios de alguna de las becas de investigación Cajacanarias para postgraduados y para doctores y doctorandos para el Servicio General de Apoyo a la Investigación de la Universidad de La Laguna de las convocatorias de 2008 y 2009, los beneficiarios de las becas subvencionadas por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, cofinanciadas con fondos FEDER para Postgraduados
y los beneficiarios de becas subvencionadas por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, cofinanciadas con fondos
FEDER, para Ingenieros Técnicos e Ingenieros en Informática para el Servicio General de Apoyo Informático a la Investigación de la Universidad de La Laguna convocatoria del año 2009. En todo caso, no podrá solicitarla quien hubiese sido beneficiario por un período superior a 36 meses de una Beca Cajacanarias para doctores y doctorandos para el Servicio General de Apoyo a la Investigación de la Universidad de La Laguna.
Fecha cierre: 17/07/2010 Información:
1. Las solicitudes en modelo normalizado (impreso modelo BS-01) se presentarán en el Registro General de la Universidad de La Laguna o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del Pasaporte.
b.- Certificado acreditativo de residir en Canarias
o copia cotejada del mismo.
c.- Certificación académica personal o fotocopia
cotejada de la misma, en la que figuren las calificaciones obtenidas en los estudios correspondientes a la titulación del solicitante.
En el caso de los estudios realizados parcial o totalmente en el extranjero, el certificado del expediente
académico u otro acompañando al mismo recogerá
cuáles son las calificaciones máxima y mínima dentro del sistema de evaluación correspondiente; del mismo modo, se hará constar cuál es la calificación mínima necesaria para aprobar. En el caso de las certificaciones académicas extendidas en un idioma distinto del español habrán de acompañarla de la correspondiente traducción al castellano acompañada de una declaración jurada del solicitante de que dicha traducción es fiel al contenido del documento original.
d.- Copia cotejada de la titulación del solicitante.
e.- La presentación de la solicitud implica la autorización al Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación para recabar un extracto del expediente del solicitante a la Comisión de
Doctorado.
f.- Méritos del solicitante, en relación con el baremo de la convocatoria, en modelo normalizado (impreso modelo BS-02).
g.- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (impreso modelo BS-01).
h.- El solicitante deberá acreditar mediante declaración responsable que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (impreso modelo BS-01). De acuerdo con el artículo 24 de Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 22 del citado Reglamento.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de
siete días naturales contados a partir de la publicación
de la presente convocatoria en el Boletín Oficial
de Canarias.
3. Se requerirá al solicitante la aportación de la documentación necesaria en el caso de solicitudes incompletas en un plazo de diez días a contar a partir
de la publicación del requerimiento. Transcurrido ese plazo y conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se considerará
que han desistido en su solicitud quienes, tras la correspondiente notificación, no respondan debidamente al requerimiento, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho requerimiento podrá hacerse a través de publicación en la página web de la Universidad de La Laguna
(http://www.ull.es), en los tablones de anuncios del
Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico en Innovación, pudiendo también, complementariamente, comunicarse a la dirección de correo electrónico que el interesado indique en su solicitud.
Observaciones:
Boletín Oficial de Canarias núm. 132 , Miércoles 7 de julio de 2010 (Universidad de La Laguna - RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2010).
El objeto de esta convocatoria es formar especialistas
en el manejo de los grandes equipos informáticos pertenecientes al Servicio General de Apoyo a la Investigación (SEGAI) de la Universidad de La Laguna (ULL).
Estas ayudas están dirigidas al desarrollo y especialización científica y técnica de los beneficiarios, quedando excluidas, por tanto, de la aplicación del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aplica el estatuto del personal investigador en formación.
Lugar: CANARIAS - España |