| Libro recomendado (Publicidad):
|
|
| Requisitos:
Podrán ser benefi ciarios de la beca prevista en la presente Orden las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga procedente de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, durante el período de duración de las convocadas por la presente Orden.
c) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
d) Estar en posesión del título de Ingeniero Industrial o Ingeniero Químico en la fecha de publicación de la presente convocatoria.
e) En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación: El importe de la beca será de mil euros (1.000,00 euros) mensuales, que se recibirán a mes vencido. El becario estará obligado a contratar un seguro de accidentes y enfermedad por el tiempo de duración de la beca. Nº Becas: 1 Fecha inicio: 10/08/2010 Fecha cierre: 29/08/2010 Duración: El período de duración de la beca comenzará el día en que se produzca la incorporación del becario, día que será determinado por la Secretaría General y fi nalizará el 31 de diciembre de 2010. Información:
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOC.
2. Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General de la Consejería de Presidencia y Justicia y se presentarán conforme al modelo que figura en el anexo de la presente Orden, en el Registro del Gobierno de Cantabria (calle Peña Herbosa nº 29, 39003 Santander), o en cualquiera de los lugares previstos al efecto por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I.
b) Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
c) Certificación del expediente académico con calificaciones, o copia compulsada de la misma.
d) Fotocopia compulsada del título correspondiente, o en su defecto, justifi cación del pago de los derechos de expedición.
e) Declaración jurada de renuncia a otras becas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración y organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario.
f) “Curriculum vitae” del solicitante con exposición de los méritos académicos o profesionales que se aleguen, justificados documentalmente.
g) Certifi caciones o copias compulsadas de los documentos acreditativos de todos y cada uno de los méritos alegados.
h) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Observaciones:
B O L E T Í N O F I C I A L D E C A N T A B R I A - LUNES, 9 DE AGOSTO DE 2010 - BOC NÚM. 152 (SUBVENCIONES Y AYUDAS - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA - DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL - Orden PRE/52/2010, de 26 de julio ).
Lugar: CANTABRIA - España |