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| Requisitos:
Beneficiarios:
Las personas físicas (particulares) y las entidades sin finalidad lucrativa de las Islas Baleares que hagan un cambio de aparatos domésticos en su vivienda o dependencia y les sustituyan por otros más eficientes del mismo tipo según las características que se explican en el apartado cuarto de esta Resolución.
Fecha inicio: 09/11/2008 Fecha cierre: 08/02/2009 Información:
Solicitudes y documentación:
1. El beneficiario de la ayuda será el encargado de hacer los trámites necesarios para presentar la solicitud juntamente con la documentación exigida, dentro del plazo establecido.
2. Las solicitudes, según el modelo de impreso normalizado que se adjunta como anexo, han de ir dirigidas a la Consejería de Comercio, Industria y Energía.
3. El impreso normalizado se puede conseguir vía Internet en la página web de la Dirección General de Energía (energia.caib.es) o en las dependencias de la Consejería de Comercio, Industria y Energía.
4. Se pueden tramitar las solicitudes de ayuda mediante el siguiente procedimiento:
a). Las solicitudes se han de registrar dentro del plazo establecido en el registro de la Consejería de Comercio, Industria y Energía, en cualquiera de sus delegaciones o en cualquier otro sitio de los que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
b). Juntamente con el impreso de solicitud debidamente rellenado y firmado, donde se han de cumplimentar los datos del beneficiario incluyendo la cuenta corriente de pago (la titularidad de la cual ha de ser del solicitante), y la declaración sellada y firmada por el comercio vendedor de haber aplicado el correspondiente Plan Renovación; los solicitantes han de presentar:
- Copia del DNI o documento que acredite la residencia en las Islas Baleares.
- Copia o duplicado de la factura de compra a nombre del solicitante, donde ha de figurar la marca, modelo y clasificación energética del nuevo aparato con derecho a subvención (en una única factura se pueden incluir todos los aparatos comprados en un mismo comercio).
- En el caso de frigoríficos, combis, heladoras y conservadoras de clase energética A+ o A++ se ha de adjuntar copia de la etiqueta energética o documento
equivalente que acredite la misma.
5). La Consejería de Comercio, Industria y Energía, en cualquier momento, puede solicitar a los interesados la documentación y la información complementaria que considere necesaria para resolver el expediente.
Observaciones:
BOIB Num. 158 08-11-2008 (CONSEJERÍA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ENERGÍA Num. 20880 - Resolución de la Consejera de Comercio, Industria y Energía de 29 de octubre de 2008).
Lugar: ESPAÑA - España |